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Opinión<br />
La reforma laboral<br />
¿Un golpe a los sindicatos?<br />
No pretende este trabajo<br />
realizar un análisis<br />
de los efectos,<br />
perjudiciales o no, que la<br />
reforma va a producir con<br />
respecto a los trabajadores<br />
y las garantías jurídico-procesales,<br />
que sin duda se han<br />
visto menoscabados; quiero<br />
centrarme, si así me lo permite el consejo de<br />
redacción de la revista, en los efectos que esta<br />
norma tiene con respecto a los sindicatos y a su<br />
política de acción sindical.<br />
Es mi opinión, esta reforma supone, amén de<br />
una evidente relajación de los requisitos formales<br />
y de justificaciones administrativas, para la<br />
adopción, por parte de los empresarios, de decisiones<br />
que pueden alterar de manera gravosa<br />
el estatus jurídico-laboral de los trabajadores, un ataque<br />
frontal y directo a los Sindicatos y a su papel en el mundo<br />
de las relaciones laborales.<br />
En la confrontación mantenida entre la patronal y sindicatos,<br />
a fin de que prevaleciera, en la labor legislativa<br />
del Gobierno, las tesis que cada una de las partes<br />
mantienen legítimamente sobre como<br />
debía ser planteada la reforma, sin duda<br />
ha triunfado la patronal, pero, no sólo<br />
por haber conseguido que el Gobierno,<br />
a través del Real Decreto, haya<br />
hecho desaparecer los salarios de<br />
tramitación, ni por la creación de<br />
un periodo de prueba brutal y desproporcionadamente<br />
largo, ni tan<br />
siquiera con el abaratamiento de<br />
la indemnización por despido. En<br />
lo que realmente han triunfado los<br />
empresarios, con la inapreciable ayuda<br />
del Gobierno, ha sido en la modificación<br />
radical del sistema de negociación de los convenios<br />
colectivos; el gobierno, tras analizar la actual es-<br />
José Manuel Castañeda Fábrega<br />
ABOGADO (Colegiado 1.184)<br />
Exdecano del Ilustre Colegio Provincial<br />
de Graduados Sociales<br />
Profesor de Derecho Público<br />
en la Escuela de Graduados Sociales<br />
“<br />
Exxxxx”<br />
tructura organizativa de los<br />
sindicatos y la política sindical<br />
que venían realizando<br />
hasta ahora, ha cambiado<br />
las reglas del juego y con<br />
ello ha dejado a los sindicatos<br />
descolocados; van a ser,<br />
las debilidades estructurales<br />
de los sindicatos y sus<br />
propios errores en la concepción de la política<br />
de acción sindical las razones por las que, los<br />
sindicatos resulten heridos de gravedad con esta<br />
reforma, produciéndose, sin lugar a dudas, un<br />
deterioro en el papel que los sindicatos deben<br />
jugar para la defensa de los derechos colectivos<br />
e individuales de los trabajadores.<br />
El Real Decreto va a obligar a que los sindicatos<br />
varíen su errada política de acción sindical<br />
y su propia organización y estructura, y no sé si podrán<br />
hacerlo con la rapidez y eficacia que el mundo del derecho<br />
del trabajo desea y los trabajadores necesitan; los<br />
sindicatos se han dado cuenta del problema que se les<br />
viene encima, y de ahí la necesidad de mostrar su arma<br />
de presión más contundente, la huelga general,<br />
aunque saben que no es el mejor momento<br />
para ello y que, del éxito o del relativo<br />
fracaso de la misma pueden verse,<br />
aún más peligrosamente, cerca del<br />
abismo.<br />
Voy a intentar, espero conseguirlo,<br />
desmenuzar y razonar con<br />
la mayor claridad posible las afirmaciones<br />
que acabo de hacer.<br />
Hay un punto esencial, dentro<br />
de la Reforma que me lleva a plantear<br />
la cuestión tal y como lo estoy<br />
haciendo; el texto normativo cuando<br />
modifica los artículos 40 y 41 del Estatuto<br />
de los Trabajadores (movilidad geográfica<br />
y modificación sustancial de las condiciones de<br />
8<br />
ABRIL 2012<br />
SALA DE TOGAS<br />
Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería