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Entrevista<br />
están, en todo caso, supervisadas o<br />
autorizadas por el Juzgado de Vigilancia.<br />
Son, en definitiva, una garantía<br />
para los reclusos y para el propio<br />
Sistema Penitenciario.<br />
tud de respeto y consideración con<br />
sus compañeros y funcionarios<br />
es una obligación de todo<br />
interno. Por otra parte,<br />
la normativa y la práctica<br />
penitenciarias<br />
valoran muy positivamente<br />
la buena<br />
conducta mediante<br />
actos expresos administrativos<br />
de reconocimiento,<br />
propios del<br />
régimen disciplinario en<br />
su vertiente positiva. También,<br />
la participación productiva en<br />
las actividades programadas de carácter<br />
formativo, educativo, laboral<br />
y de tratamiento así como la colaboración<br />
activa en la consecución de<br />
una convivencia ordenada, además<br />
de los efectos positivos que tienen<br />
para el desarrollo personal del interno,<br />
llevan consigo la positiva evolución<br />
en su programa de tratamiento<br />
y el acceso a los permisos de salida,<br />
las progresiones de grado de tratamiento<br />
y los beneficios penitenciarios.<br />
Por lo tanto, la participación<br />
activa del interno en las actividades<br />
programadas constituye el elemento<br />
más importante para su promoción<br />
personal y su futura libertad.<br />
P.- El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria:<br />
un avance<br />
garantista.<br />
R.- Uno de los<br />
“<br />
Hay muchas infracciones<br />
que con la inmediatez<br />
de la resolución judicial<br />
serían más ejemplares<br />
de lo que son”<br />
avances más<br />
importantes de<br />
la legislación<br />
penitenciaria<br />
fue la creación,<br />
a parir del año<br />
1979, de los<br />
Juzgados de Vigilancia<br />
Penitenciaria.<br />
Con esta novedad<br />
se judicializó la ejecución<br />
de las penas privativas de libertad<br />
dejando de ser “cosa” exclusiva de<br />
la Administración Penitenciaria. De<br />
esta forma, las prisiones son instrumentos<br />
al servicio de los jueces para<br />
el cumplimiento de las penas de prisión.<br />
Son éstos Juzgados el garante<br />
de la legalidad en la ejecución de las<br />
penas y del respeto de los derechos<br />
de los internos, además de los controles<br />
que al efecto efectúa la propia<br />
Administración Penitenciaria.<br />
Realmente estos Juzgados son pieza<br />
clave y, hoy día, insustituible para el<br />
buen funcionamiento de las prisiones.<br />
Las decisiones más importantes<br />
que se adoptan sobre los internos<br />
P.- ¿La ejecución de las penas privativas<br />
de libertad es competencia<br />
exclusiva de la prisión?<br />
R.- En absoluto. Como he citado anteriormente,<br />
la prisión por sí sola no<br />
puede hacer frente al importante reto<br />
de la reinserción social de los condenados<br />
a la pena de prisión. Afortunadamente<br />
el colectivo social y el resto<br />
de Instituciones del Estado español<br />
se muestran interesados en el logro<br />
de este reto y colaboran con nosotros<br />
de manera muy estrecha. En Almería<br />
contamos con el apoyo de diversas<br />
organizaciones no gubernamentales,<br />
con las Instituciones del Estado, autonómicas<br />
y locales que constituyen,<br />
hoy día, un complemento ineludible<br />
en nuestra labor. De la misma forma<br />
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad<br />
del Estado, la Guardia Civil y<br />
la Policía Nacional, colaboran con<br />
nosotros de manera muy estrecha y<br />
eficiente.<br />
P.- A lo largo de la entrevista hemos<br />
utilizado, principalmente el<br />
entrevistador, los términos “cárcel”,<br />
“prisión”, “centro penitenciario”,<br />
al tiempo que también<br />
pueden utilizarse términos como<br />
“trena” o “trullo”, pero... ¿cuál es<br />
el políticamente correcto?.<br />
R.- Bueno, de alguna forma, el uso<br />
de cualquiera de los términos empleados,<br />
dependiendo del contexto<br />
en el que se utilicen, son válidos.<br />
El término “trena” o “truyo”, utilizado<br />
coloquialmente o en las películas,<br />
no está mal. Sin embargo,<br />
la terminología precisa puede ser la<br />
de cárcel, prisión o, como me gusta<br />
decir a mi, centro o establecimiento<br />
penitenciario.<br />
Lo dicho, Señor De la Cruz Márquez,<br />
gracias por abrirnos las puertas<br />
del Centro Penitenciario “El<br />
Acebuche” de Almería, considere<br />
las del Ilustre Colegio de Abogados<br />
de Almería como suyas. •<br />
SALA DE TOGAS<br />
ABRIL 2012<br />
Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería 41