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Fondo Jurídico<br />

importante la rotundidad con la que<br />

está redactado el precepto del Reglamento<br />

General de Minería citado.<br />

Esta relación aparece reiterada en<br />

otros pronunciamientos jurisprudenciales<br />

que amparan en las competencias<br />

ambientales de los Entes Locales<br />

medidas que, directa o indirectamente,<br />

tutelan el paisaje. Recientemente,<br />

se está produciendo una intensa actividad<br />

contenciosa en relación con<br />

el despliegue de antenas de telefonía<br />

móvil, una de las actividades potencialmente<br />

más contaminadoras del<br />

paisaje 47 , cuestionándose las potestades<br />

locales para ordenar su despliegue.<br />

Aunque no puede apreciarse aun<br />

un criterio jurisprudencial constante y<br />

uniforme, pueden mencionarse algunos<br />

pronunciamientos que vinculan<br />

la potestad de ordenanza municipal<br />

para regular la instalación de antenas<br />

de telefonía con las competencias urbanísticas<br />

y/o de medio ambiente:<br />

- La STS de 24 de mayo de<br />

47 Vid., por todos, A. Molina Jiménez, Las antenas<br />

de Telefonía Móvil. Régimen Jurídico. Análisis de los<br />

impactos visuales y radioeléctricos en las comunicaciones<br />

móviles, Aranzadi 2002.<br />

2005 48 confirma la potestad local<br />

de planeamiento, de ordenanza y<br />

reglamentarias como aptas para<br />

establecer las condiciones de instalación<br />

de antenas y redes de telecomunicaciones<br />

en orden a preservar<br />

los intereses municipales en<br />

materia de protección del medio<br />

ambiente, entre otros;<br />

- La STSJ Castilla La Mancha,<br />

de 24 de noviembre de 2006 49 ,<br />

confirma asimismo una ordenanza<br />

municipal reguladora del despliegue<br />

y funcionamiento de instalaciones<br />

de telecomunicación justificándola<br />

en razones urbanísticas,<br />

medioambientales o paisajísticas;<br />

- La STSJ Navarra de 18 de<br />

mayo 2006 50 y la STSJ Castilla La<br />

Mancha de 10 de julio de 2006 51 ,<br />

confirman también una ordenanza<br />

municipal reguladora de instalaciones<br />

radioeléctricas en base a<br />

las competencias municipales en<br />

materia urbanística y medioambiental.<br />

Otra actividad con un directísimo<br />

impacto sobre el paisaje es la de<br />

transporte de energía eléctrica a través<br />

de tendidos aéreos 52 , respecto de<br />

la que aparece también involucrado<br />

el alcance de las competencias locales<br />

en materia de medio ambiente.<br />

La STSJ de Castilla y León de 15 de<br />

marzo de 2006 confirma la competencia<br />

municipal para exigir licencia de<br />

actividad a la instalación de una red<br />

de transporte de energía previamente<br />

autorizada por las autoridades autonómicas.<br />

Se desestima la impugnación<br />

del Decreto de la Alcaldía prohibiendo<br />

los trabajos preparatorios<br />

en tanto no se cumplimentaran las<br />

obligaciones municipales (entre ellas<br />

la imposición de eventuales medidas<br />

correctoras), y se declara que:<br />

“aun siendo verdad que las competencias<br />

en materia de protección del<br />

48 RJ 2005\4413.<br />

49 RJCA 2006\343.<br />

50 RJCA 2006\445.<br />

51 RJCA 2006\704.<br />

52 La regulación del transporte de energía eléctrica<br />

es, desde la perspectiva de las licencias locales,<br />

ciertamente compleja y equívoca desde 2003. Estudié<br />

esta cuestión en mi trabajo “Aspectos constitucionales<br />

y ambientales de las licencias locales. El<br />

transporte de energía eléctrica”, en El Derecho<br />

Urbanístico del siglo XXI. Libro Homenaje al Prof.<br />

Martín Bassols Coma, Ed. Reus – Colegio de Registradores<br />

de España, 2008.<br />

medio ambiente son fundamentalmente<br />

autonómicas, no lo es menos<br />

que también en ese ámbito las Corporaciones<br />

Locales tienen “algo que<br />

decir” y prueba de ello es que, cuando<br />

se trata de actividades clasificadas –y<br />

entre ellas la producción, transporte y<br />

distribución de energía eléctrica- …<br />

es previa a la licencia urbanística la<br />

de actividad”.<br />

Procede por último recordar que el<br />

artículo 84 de la LBRL ha sido objeto<br />

de una última reforma en 2011, que<br />

añade el artículo 84 bis: este artículo,<br />

después de afirmar un principio general<br />

de libertad para el ejercicio de actividades,<br />

y por lo tanto la no sujeción<br />

a licencia, deja a salvo la exigibilidad<br />

de licencia a actividades que afecten<br />

a la protección del medio ambiente,<br />

entre otros supuestos.<br />

3.3 Exenciones de intervención local:<br />

previsiones legales y declaraciones<br />

gubernativas<br />

La exigibilidad de licencias locales<br />

puede venir excepcionada –como se<br />

ha visto con referencia a la Ley de<br />

Puertos de 1992- por dos grupos legislativos:<br />

la legislación sectorial y<br />

la legislación urbanística, previendo<br />

esta última supuestos de hecho cuya<br />

concurrencia será apreciada por resolución<br />

gubernativa declarando la concurrencia<br />

de “interés general”, “interés<br />

público autonómico”, “razones de<br />

excepcional urgencia” y conceptos<br />

similares.<br />

En primer lugar, respecto a la legislación<br />

sectorial, las previsiones<br />

correspondientes encontrarían apoyatura<br />

en el artículo 84.3 LBRL que,<br />

como se dijo, afirma la exigencia de<br />

licencias locales cuando concurran<br />

autorizaciones otorgadas por otras<br />

Administraciones Públicas “respetándose<br />

en todo caso lo dispuesto en las<br />

correspondientes leyes sectoriales”.<br />

En este sentido, procede mencionar,<br />

entre las vigentes, las siguientes 53 :<br />

- las obras de nueva construcción,<br />

reparación y conservación<br />

que se realicen en el ámbito de un<br />

aeropuerto y su zona de servicio<br />

por el ente público “Aeropuertos<br />

53 Tomo los datos de esta enumeración del comentario<br />

al artículo 84 LBRL en Código de Leyes Administrativas,<br />

L. Marín Rebollo, 12ª ed., Septiembre 2006.<br />

SALA DE TOGAS<br />

ABRIL 2012<br />

Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería 29

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