26.12.2015 Views

GJGgLZ

GJGgLZ

GJGgLZ

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

164. La Relatoría Especial recibió información de que el 28 de agosto el Tribunal de Justicia del<br />

Estado de São Paulo revirtió una decisión de primera instancia que condenaba al estado de São Paulo a<br />

indemnizar al fotoperiodista Alexandro Wagner Oliveira da Silveira por la pérdida de la visión en su ojo<br />

izquierdo mientras cubría una protesta en el año 2000. El Tribunal encontró que la herida al reportero<br />

Silveira probablemente había sido causada por una bala de goma disparada por un policía. Sin embargo,<br />

consideró que la policía había actuado en estricto cumplimiento de su deber legal al reprimir la<br />

manifestación, tomando en cuenta el cierre de la calle por los manifestantes y el lanzamiento de objetos en<br />

contra de los policías. En este contexto, el Tribunal afirmó que, no obstante el hecho de que el fotógrafo no<br />

hacía parte de la manifestación, el daño causado al periodista por la bala de goma habría sido de su “culpa<br />

exclusiva”, ya que se encontraba en el local de la manifestación documentando el evento y, al no dejar la<br />

manifestación durante “la confusión” entre policías y manifestantes, “se puso en situación de riesgo o<br />

peligro” 349 . Se habría interpuesto recurso en contra de la decisión 350 .<br />

165. En comunicación del 6 de noviembre, el Estado informó que la Policía Militar del Estado de<br />

Río de Janeiro y el Ministerio Público habían recibido denuncias sobre casos de presuntas agresiones contra<br />

periodistas durante manifestaciones ocurridas en el contexto de la Copa Mundial de la FIFA 2014. Asimismo,<br />

el 21 de julio, la Veeduría Nacional de Derechos Humanos [Ouvidoria Nacional dos Direitos Humanos] (ONDH)<br />

también recibió denuncias de agresiones contra periodistas en Río de Janeiro, las cuales habían sido<br />

reenviadas a la Contraloría Unificada de la Policía de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Río de<br />

Janeiro [Corregedoria Unificada de Polícia da Secretaria de Segurança Pública do Estado do Rio de Janeiro] y<br />

para el Núcleo de Control Externo de la Actividad Policial del Ministerio Público del Estado de Río de Janeiro<br />

[Núcleo de Controle Externo da Atividade Policial do Ministério Público do Rio de Janeiro]. Según el Estado, la<br />

Policía Militar del Río de Janeiro ha pautado su técnica de control de multitudes “[c]on base en instrumentos<br />

legales, según recomendaciones de la ONU, […] y solamente utiliza materiales no letales, autorizados,<br />

reglamentados y fiscalizados por el Ejército brasileñ[o]” y que todos los policías militares “son orientados a<br />

brindar la protección necesaria para el perfecto desempeño de la actividad de la prensa” 351 .<br />

166. Adicionalmente, el Estado informó que en junio de 2014 el Ministerio Público del Trabajo de<br />

São Paulo emitió una recomendación dirigida a los medios de comunicación para que adoptaran medidas de<br />

protección, salud y seguridad a sus trabajadores. Según el documento, “los profesionales de comunicación<br />

necesitan tener toda la infraestructura, apoyo y equipo de seguridad que les permitan hacer su trabajo sin<br />

perjuicio a su salud” 352 .<br />

167. En la Declaración Conjunta sobre violencia contra los y las periodistas en el marco de<br />

manifestaciones sociales, adoptada en 2013, se indica que en el contexto de manifestaciones y situaciones de<br />

alta conflictividad social, el trabajo de periodistas y comunicadores/as y el libre flujo de información “es<br />

fundamental para mantener informada a la población sobre los acontecimientos, a la vez que cumple un<br />

importante rol al reportar sobre la actuación del Estado […] previniendo el uso desproporcionado de la fuerza<br />

BH marca o dia que teve 5 jornalistas feridos; Terra. 13 de junio de 2014. Fotógrafo atingido em protesto tem traumatismo craniano leve.<br />

349<br />

Tribunal de Justiça do Estado de São Paulo. Proceso No. 0108144-93.2008.8.26.0000. Decisión del 28 de agosto de 2014.<br />

Disponible para consulta en: http://ponte.org/wp-content/uploads/2014/09/Ac%C3%B3rd%C3%A3o-Apela%C3%A7%C3%A3o.pdf<br />

Ver también: https://esaj.tjsp.jus.br/cpo/sg/show.do?processo.foro=990&processo.codigo=RMZ011UX90000; Artigo 19. 9 de<br />

septiembre de 2014. Caso Alex Silveira: um risco para a cobertura de protestos; G1. 6 de septiembre de 2014. Fotógrafo diz ser 'absurda'<br />

decisão que o culpa por ferimento em protesto. Sindicato dos Jornalistas Profissionais no Estado do Espírito Santo. 17 de septiembre de<br />

2014. TJSP culpa repórter fotográfico atingido por bala de borracha.<br />

350<br />

Tribunal de Justiça do Estado de São Paulo. Proceso No. 010814-93.208.8.26.0000. Disponible para consulta en:<br />

https://esaj.tjsp.jus.br/cpo/sg/show.do?processo.foro=990&processo.codigo=RMZ011UX90000<br />

351<br />

Comunicación de la Misión Permanente de Brasil ante la OEA de 6 de noviembre de 2014. No. 301. Informação sobre a<br />

situação dos direitos humanos durante protestos no Rio de Janeiro. Anexo III: Corregedoria Geral Unificada. Ref. Oficio SUPDH No.<br />

315/2014 de 10 de agosto de 2014. Disponible en: Archivo de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión.<br />

352<br />

Comunicación de la Misión Permanente de Brasil ante la OEA de 6 de noviembre de 2014. No. 301. Informação sobre a<br />

situação dos direitos humanos durante protestos no Rio de Janeiro. Anexo IV: Ministério Público do Trabalho de São Paulo.<br />

Recomendação No. 38471.2014. 13 de junio de 2014. Disponible en: Archivo de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión.<br />

81

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!