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personas expertas que trabajan con el tema de protección a periodistas en México y Colombia 247 . En su<br />

informe, el Grupo hizo un análisis del contexto brasileño de la violencia contra periodistas y documentó 321<br />

casos de crímenes cometidos contra comunicadores relacionados con el ejercicio de su derecho a la libertad<br />

de expresión entre 2009 y febrero de 2014. Ante este escenario, el Grupo recomendó a los distintos órganos<br />

del Estado, entre otras cosas: ampliar el Sistema Nacional de Protección para incluir a periodistas que sufren<br />

amenazas, a través de un Mecanismo de Protección a Comunicadores, considerando eventuales<br />

especificidades necesarias en su protección, e incluir periodistas y organizaciones de la sociedad civil en la<br />

Coordinación Nacional del Programa de Protección; crear un observatorio de violencia contra comunicadores<br />

[Observatório da Violência contra Comunicadores] para registrar y monitorear los casos de violencia y su<br />

status, integrado al flujo del Sistema Nacional de Protección; elaborar un protocolo estandarizado de<br />

actuación de la fuerza pública en manifestaciones; y aprobar las iniciativas de ley que buscan la mejora del<br />

sistema de federalización de las investigaciones de delitos contra la libertad de expresión en casos de<br />

omisión, ineficiencia, incumplimiento de plazos razonables o sospecha de involucramiento de autoridades<br />

locales en los delitos 248 .<br />

132. El 23 de abril de 2014 fue promulgada la ley 12.965/2014, también conocida como “Marco<br />

Civil da Internet”. La ley es producto de una iniciativa liderada por el Ministerio de Justicia y el Centro de<br />

Tecnología y Sociedad de la Fundación Getulio Vargas [Centro de Tecnologia e Sociedade da Fundação Getulio<br />

Vargas], en el marco de la cual se realizaron consultas amplias y públicas con la sociedad brasileña 249 . La ley<br />

establece la libertad de expresión y la protección de la privacidad como principios de la regulación en materia<br />

de Internet y contiene importantes garantías para salvaguardar dichos derechos, así como el acceso de las<br />

personas a Internet 250 . En este sentido, la ley garantiza la inviolabilidad de las comunicaciones en línea, las<br />

cuales solamente podrán ser reveladas a terceros mediante una orden judicial y prohíbe la suspensión de la<br />

conexión de usuarios, salvo por falta de pago del servicio 251 . La ley también garantiza el principio de la<br />

neutralidad de la red 252 y determina que los intermediarios, en general, no podrán ser responsabilizados por<br />

daños causados por el contenido generado por terceros siempre y cuando tomen las providencias necesarias<br />

dentro de sus capacidades técnicas para tornar indisponible el contenido considerado dañoso por una orden<br />

judicial específica 253 . Asimismo, la ley contiene disposiciones sobre la promoción del acceso a Internet y la<br />

247<br />

CIDH. Informe Anual 2013. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo II (Evaluación sobre el<br />

estado de la Libertad de Expresión en el Hemisferio). OEA/Ser.L/V/II.149. Doc. 50. 31 de diciembre de 2013. Párr. 92; Comunicación del<br />

Estado de Brasil a la Secretaría Ejecutiva de la CIDH y la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. No. 129. 29 de mayo de 2013.<br />

Disponible en: Archivo de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión; Comunicación del Estado de Brasil a la Comisión<br />

Interamericana de Derechos Humanos. No. 301. 11 de noviembre de 2013. Anexo XIV. Grupo de Trabalho “Direitos Humanos dos<br />

Profissionais de Comunicação no Brasil” criado pela Resolução n° 07/2012 – Relatório Parcial. Disponible en: Archivo de la Relatoría<br />

Especial para la Libertad de Expresión; Secretaria de Direitos Humanos. Conselho de Defesa dos Direitos da Pessoa Humana. Grupo de<br />

Trabalho “Direitos Humanos dos Profissionais de Comunicação no Brasil” criado pela Resolução n° 07/2012. Relatório Final; Secretaria<br />

de Direitos Humanos da Presidência da República. 11 de marzo de 2014. GT Comunicadores apresenta relatório final e propõe a criação de<br />

observatório.<br />

248<br />

Secretaria de Direitos Humanos. Conselho de Defesa dos Direitos da Pessoa Humana. Grupo de Trabalho “Direitos Humanos<br />

dos Profissionais de Comunicação no Brasil” criado pela Resolução n° 07/2012. Relatório Final.<br />

249<br />

CIDH. Informe Anual 2013. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo II (Evaluación sobre el<br />

estado de la Libertad de Expresión en el Hemisferio). OEA/Ser.L/V/II.149. Doc. 50. 31 de diciembre de 2013. Párr. 99; Fundação Getulio<br />

Vargas. 27 de septiembre de 2011. Civil Rights Framework for Internet in Brazil; IFEX/Article 19. 20 de septiembre de 2013. Internet bill<br />

in Brazil would guarantee network neutrality; Knight Center for Journalism in the Americas. 7 de octubre de 2013. Nuevo proyecto de ley<br />

en Brasil podría generar tanto protecciones como riesgos a la privacidad; Presidência da República. Lei No. 12.965, de 23 de abril de 2014.<br />

250<br />

Presidência da República. Lei No. 12.965, de 23 de abril de 2014. Artículo 3.<br />

251<br />

Presidência da República. Lei No. 12.965, de 23 de abril de 2014. Artículo 7.<br />

252<br />

Presidência da República. Lei No. 12.965, de 23 de abril de 2014. Artículo 9. El artículo 9 de la ley determina: “Art. 9º: El<br />

responsable por la transmisión, conmutación o enrutamiento tiene el deber de tratar de manera igualitaria cualquier paquete de datos,<br />

sin distinción de contenido, origen y destino, servicio, terminal o aplicación. § 1 o :La discriminación o degradación del tráfico será<br />

reglamentada en los términos de las atribuciones privativas del Presidente de la República previstas en el incido IV del art. 84 de la<br />

Constitución Federal, para la fiel ejecución de esta Ley, en consulta con el Comité Gestor de Internet y la Agencia Nacional de<br />

Telecomunicaciones y solamente podrá resultar de: I – requisitos técnicos indispensables a la prestación adecuada de los servicios y<br />

aplicaciones; y II – la priorización de los servicios de emergencia”.<br />

253<br />

Presidência da República. Lei No. 12.965, de 23 de abril de 2014. Artículo 19. Es importante señalar que dicha disposición<br />

legal no se aplica a contenidos relativos al derecho del autor. En este sentido, el artículo 19 determina: “Art. 19: Con la intención de<br />

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