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el vínculo de la libertad de expresión y la protección y promoción de los derechos de distintos grupos que<br />

sufren o han sufrido discriminación (niñas y niños, mujeres, pueblos originarios, población LGBTI, personas<br />

con discapacidad, etc.). En este caso la Relatoría Especial promoverá que los Estados adopten obligaciones<br />

positivas para revertir o cambiar situaciones discriminatorias existentes y que estos grupos puedan ejercer<br />

de manera plena la libertad de expresión y la protección de sus derechos frente a expresiones abiertamente<br />

discriminatorias.<br />

107. Libertad de expresión e Internet. La vigencia y protección de la libertad de expresión en el<br />

mundo on line es una precondición que concierne y beneficia a todas las personas. La Relatoría Especial ha<br />

incorporado el fenómeno de Internet desde la perspectiva de los derechos humanos. Entre esas prioridades,<br />

es clave velar y promover el acceso universal a este notable espacio para la educación, el acceso a la<br />

información, la expresión personal y el entretenimiento. Dado que la Internet aumentó dramáticamente la<br />

posibilidad de recibir, investigar e impartir información, el acceso a Internet es un desafío que guarda<br />

relación también con la igualdad y la equidad. La Relatoría Especial ha respondido en su reciente informe<br />

sobre Libertad de Expresión e Internet 43 a la pregunta sobre cómo garantizar la libertad de expresión y el<br />

acceso a la información en el espacio on line frente a nuevas formas de censura que se diseminan en la web, el<br />

papel de los intermediarios en la diseminación de información, la gobernanza de la red, las garantías a la<br />

privacidad como contracara de las libertades informativas, los riesgos del fenómeno de la vigilancia masiva a<br />

través de Internet y otros medios digitales y la vinculación entre derecho a la información y los derechos de la<br />

propiedad intelectual. La Relatoría Especial requerirá aumentar sus capacidades para profundizar en los<br />

temas abordados en el primer informe, al tiempo de promover en el sistema los primeros casos que<br />

involucran situaciones conflictivas vinculadas a la libertad de expresión en Internet.<br />

108. Acceso a la información pública. Buena parte de los Estados de América Latina y el Caribe han<br />

adoptado leyes de acceso a la información pública, pero aún no está garantizada ni implementada plenamente<br />

una cultura de la transparencia. La Relatoría Especial puede jugar un papel importante en el seguimiento de<br />

los procesos de implementación de las leyes de acceso a la información, al tiempo de explorar nuevos campos<br />

para este derecho, como el de las obligaciones de los Estados en materia de información para garantizar<br />

derechos. Corresponde promover el uso del derecho de acceso a la información pública como mecanismo<br />

para la protección de los derechos económicos, sociales y culturales con el fin de extender su utilización en la<br />

región y vincular la información pública con el cumplimiento de los derechos sociales.<br />

43<br />

CIDH. Informe Anual 2013. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo IV (Libertad de<br />

Expresión e Internet). OEA/Ser.L/V/II.149. Doc. 50. 31 de diciembre de 2013.<br />

31

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