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12. En varios países de la región ya existe una legislación general sobre radiodifusión, y en<br />

cuanto cumpla con los requerimientos planteados, la normativa técnica, decretos o resoluciones<br />

gubernamentales o de la autoridad reguladora que deban ser aprobados para regular la transición a la<br />

televisión digital, no deben excederla. Por el contrario, de no existir un marco legal general compatible con los<br />

estándares en radiodifusión y libertad de expresión, o que no permitan cumplir con la meta de asegurar la<br />

mayor diversidad y pluralidad posible, “los Estados deberían establecer mecanismos legales específicos para<br />

llevar adelante la transición a los servicios de radiodifusión digitales” 1910 o modificar sustancialmente el<br />

marco normativo existente en materia de servicios audiovisuales de forma de adecuarlo a los requerimientos<br />

democráticos y en consonancia con la Convención Americana.<br />

13. En el hemisferio, hasta el momento, la adopción de mecanismos para gobernar la televisión<br />

digital ha sido establecida a nivel legal y supra legal. Así, por ejemplo, Estados Unidos aprobó la Ley de<br />

Transición a la Televisión Digital y Seguridad Pública en 2005 1911 , mientras que la regulación sobre televisión<br />

digital en Chile fue establecida mediante una ley específica aprobada por el Congreso Nacional en 2014 1912 .<br />

En el resto de la región, algunos países han aprobado decretos gubernamentales sobre el tema, como Brasil<br />

en 2003 1913 y 2006 1914 , Argentina en 2009 1915 , México en 2010 1916 , y Uruguay en 2012 1917 . Asimismo, algunos<br />

Estados han reglamentado el tema por medio de normativas de las autoridades regulatorias, como por<br />

ejemplo Perú en 2010 1918 , México en 2004 y 2012 1919 , y Colombia en 2012 1920 .<br />

14. Como se ha señalado, la regulación estatal sobre radiodifusión, en general, y sobre televisión<br />

digital en particular, debería tener como uno de sus objetivos “garantizar, proteger y promover el derecho a la<br />

libertad de expresión en condiciones de igualdad y sin discriminación, así como garantizar el derecho de la<br />

sociedad a conocer todo tipo de informaciones e ideas” 1921 . En este sentido, en la “Declaración Conjunta sobre<br />

Protección de la Libertad de Expresión y la Diversidad en la Transición Digital Terrestre”, adoptada en el<br />

2013, el Relator Especial de las Naciones Unidas (ONU) para la Libertad de Opinión y de Expresión, la<br />

Representante para la Libertad de los Medios de Comunicación de la Organización para la Seguridad y la<br />

1910<br />

CIDH. Informe Anual 2009. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo VI (Libertad de<br />

expresión y radiodifusión). OEA/Ser.L/V/II. Doc. 51. 30 de diciembre de 2009. Párr. 80.<br />

1911<br />

United States of America. Public law 109–171. 8 de febrero de 2006. Title III—Digital Television Transition and Public<br />

Safety. Sec. 3005.<br />

1912<br />

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. Ley Núm. 20.750. Permite la introducción de la televisión digital terrestre. 6 de<br />

mayo de 2014.<br />

1913<br />

Presidência da República. Decreto N° 4.901 de 26 de noviembre de 2003. Institui o Sistema Brasileiro de Televisão Digital -<br />

SBTVD, e dá outras providências.<br />

1914<br />

Presidência da República. Decreto N° 5.820 de 29 de junio de 2006. Dispõe sobre a implantação do SBTVD-T, estabelece<br />

diretrizes para a transição do sistema de transmissão analógica para o sistema de transmissão digital do serviço de radiodifusão de sons<br />

e imagens e do serviço de retransmissão de televisão, e dá outras providências.<br />

1915<br />

InfoLeg. Decreto N° 1148 de 2009. Créase el Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre.<br />

1916<br />

Diario Oficial de la Federación. Decreto por el que se establecen las acciones que deberán llevarse a cabo por la<br />

Administración Pública Federal para concretar la transición a la Televisión Digital Terrestre. 2 de septiembre de 2010.<br />

1917<br />

IMPO. Centro de Información Oficial. Decreto N°153/012. 11 de mayo de 2012. Reglaméntanse los procedimientos para<br />

conceder autorización para brindar servicios de radiodifusión de televisión digital, de acceso abierto y gratuito, asociada a la asignación<br />

de espectro radioeléctrico para su prestación.<br />

1918<br />

El Peruano. Decreto Supremo 017-2010-MTC. Decreto Supremo que aprueba el Plan Maestro para la implementación de la<br />

Televisión Digital Terrestre en el Perú y modifica el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-<br />

2005-MTC.<br />

1919<br />

Comisión Federal de Telecomunicaciones. ACUERDO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones<br />

del Acuerdo por el que se adopta el estándar tecnológico de televisión digital terrestre y se establece la política para la transición a la<br />

televisión digital terrestre en México. 4 de mayo de 2012.<br />

1920<br />

Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión. Acuerdo 002, 04 de abril de 2012. Por medio del cual se establece y<br />

reglamenta la prestación del servicio público de televisión abierta radiodifundida digital terrestre –TDT.<br />

1921<br />

CIDH. Informe Anual 2009. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo VI (Libertad de<br />

expresión y radiodifusión). OEA/Ser.L/V/II. Doc. 51. 30 de diciembre de 2009. Párr. 12.<br />

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