26.12.2015 Views

GJGgLZ

GJGgLZ

GJGgLZ

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

1118. La CIDH observa que la jurisprudencia y doctrina interamericana en la materia 1801<br />

determinan que la imposición de sanciones por el abuso de la libertad de expresión bajo el cargo de incitación<br />

a la violencia (entendida como la incitación a la comisión de crímenes, a la ruptura del orden público o de la<br />

seguridad nacional) debe tener como presupuesto la prueba actual, cierta, objetiva y contundente de que la<br />

persona no estaba simplemente manifestando una opinión (por dura, injusta o perturbadora que ésta sea),<br />

sino que tenía la clara intención de cometer un crimen y la posibilidad actual, real y efectiva de lograr sus<br />

objetivos. Si no fuera así, se estaría admitiendo la posibilidad de sancionar opiniones, y todos los Estados<br />

estarían habilitados para suprimir cualquier pensamiento u expresión crítica de las autoridades que, como el<br />

anarquismo o las opiniones radicalmente contrarias al orden establecido, cuestionan incluso, la propia<br />

existencia de las instituciones vigentes.<br />

1119. Asimismo, la jurisprudencia y doctrina interamericana ha precisado que las leyes que<br />

establecen las limitaciones a la libertad de expresión deben estar redactadas en los términos más claros y<br />

precisos posibles, ya que el marco legal debe proveer seguridad jurídica a los ciudadanos 1802 . Este requisito<br />

adquiere mayor importancia cuando se trata de limitaciones a la libertad de expresión impuestas por el<br />

derecho penal. Al respecto, la Corte Interamericana ha señalado que este tipo de limitaciones deben satisfacer<br />

adicionalmente las exigencias propias del principio de estricta legalidad, conforme al artículo 9 de la<br />

Convención Americana: “Si la restricción o limitación proviene del derecho penal, es preciso observar los<br />

estrictos requerimientos característicos de la tipificación penal para satisfacer en este ámbito el principio de<br />

legalidad” 1803 . Lo anterior se concreta en la necesidad de “utilizar términos estrictos y unívocos, que acoten<br />

claramente las conductas punibles” 1804 , lo cual implica “una clara definición de la conducta incriminada, la<br />

fijación de sus elementos y el deslinde de comportamientos no punibles o conductas ilícitas sancionables con<br />

medidas no penales” 1805 .<br />

F. Escasez de papel prensa<br />

1120. La Comisión fue informada de que como consecuencia de la escasez de papel prensa<br />

presuntamente ocasionada por el proceso necesario para solicitar divisas para la importación de éste, al<br />

menos diez diarios regionales habrían dejado de circular y otros 31 medios habrían tenido que reducir su<br />

paginación 1806 .<br />

1121. Desde agosto de 2013 habrían dejado de circular de manera temporal o definitiva los diarios<br />

Caribe y La Hora (estado Nueva Esparta), Versión Final (Zulia), Los Llanos (Barinas), Diario de Sucre (Sucre),<br />

Antorcha (Anzoátegui), El Sol de Maturín (Monagas), El Guayanés y El Expreso (Bolívar), Primera Hora en<br />

Caracas 1807 .<br />

@Hiipolita.<br />

1801<br />

CIDH. Informe Anual 2009. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo III (Marco Jurídico<br />

Interamericano del Derecho a la Libertad de Expresión). OEA/Ser.L/V/II. Doc. 51. 30 de diciembre de 2009. Párr. 59.<br />

1802<br />

CIDH. Informe Anual 2009. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo III (Marco Jurídico<br />

Interamericano del Derecho a la Libertad de Expresión). OEA/Ser.L/V/II. Doc. 51. 30 de diciembre de 2009. Párr. 70.<br />

1803<br />

Corte I.D.H., Caso Usón Ramírez Vs Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de<br />

noviembre de 2009. Serie C No. 207. Párr. 55.<br />

1804<br />

Corte I.D.H., Caso Usón Ramírez Vs Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de<br />

noviembre de 2009. Serie C No. 207. Párr. 55.<br />

1805<br />

Corte I.D.H., Caso Usón Ramírez Vs Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de<br />

noviembre de 2009. Serie C No. 207. Párr. 55.<br />

1806<br />

CIDH. 150 Periodo de Sesiones. Audiencia Situación del derecho a la libertad de expresión e información en Venezuela. 28<br />

de marzo de 2014. Disponible para consulta en: http://www.oas.org/es/cidh/multimedia/sesiones/150/default.asp; Espacio Público. 24<br />

de marzo de 2014. Periódicos sin materia prima. Disponible en: Archivo de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión.<br />

1807<br />

Espacio Público. 24 de marzo de 2014. Periódicos sin materia prima. Disponible en: Archivo de la Relatoría Especial para la<br />

Libertad de Expresión; Infobae. 12 de febrero de 2014. La falta de papel lleva al cierre a cinco diarios en Venezuela; Colegio Nacional de<br />

Periodistas 2 de abril de 2014. Crisis de diarios venezolanos continúa empeorando; Emol. 8 de mayo de 2014. La prensa venezolana en<br />

cuenta regresiva; El Impulso. 6 de marzo de 2014. Diario Primera Hora deja de circular por falta de papel #SinPapelNOhayperiodico.<br />

342

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!