26.12.2015 Views

GJGgLZ

GJGgLZ

GJGgLZ

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

situaciones de alta conflictividad social, el trabajo de periodistas y comunicadores/as y el libre flujo de<br />

información “es fundamental para mantener informada a la población sobre los acontecimientos, a la vez que<br />

cumple un importante rol al reportar sobre la actuación del Estado […] previniendo el uso desproporcionado<br />

de la fuerza y el abuso de autoridad”. Por esta razón, las autoridades deben otorgar a los y las periodistas el<br />

máximo grado de garantías para que cumplan su función. En ese sentido, debe garantizar que los y las<br />

periodistas no sean detenidos/as, amenazados/as ni agredidos/as y que sus derechos no sean restringidos en<br />

ninguna forma por estar ejerciendo su profesión en el marco de una manifestación pública. El Estado no debe<br />

prohibir ni criminalizar las trasmisiones en directo de los hechos y debe abstenerse de imponer medidas que<br />

regulen o limiten la libre circulación de información. Los y las periodistas no deben ser citados/as como<br />

testigos por los órganos de Justicia y las autoridades deben respetar el derecho a la reserva de sus fuentes de<br />

información. Asimismo, sus materiales y herramientas de trabajo no deben ser destruidos ni confiscados 1293 .<br />

F. Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y<br />

Periodistas<br />

766. La CIDH y su Relatoría Especial han valorado positivamente la creación del Mecanismo de<br />

Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas en el país como una manifestación<br />

de compromiso del Estado por proteger a defensores, defensoras y periodistas que se encuentran en riesgo.<br />

767. Durante la audiencia Estado ‘Política pública en derechos humanos y buenas prácticas en<br />

México’ solicitada por el Estado y realizada el 27 de marzo durante el 150 periodo de sesiones de la CIDH, el<br />

Estado informó que el mecanismo contaría con importantes asignaciones presupuestales y con el<br />

acompañamiento técnico de entidades internacionales especializadas en libertad de expresión como Freedom<br />

House. Adicionalmente informó que se han recibido 165 solicitudes de incorporación al mecanismo, se han<br />

celebrado convenios con 31 Estados de la República a efectos de proveer colaboración y coordinación con las<br />

medidas de protección y se han dictado 211 medidas con las cuales se han protegido 238 personas 1294 .<br />

768. No obstante, la CIDH y su Relatoría Especial han recibido información que da cuenta de las<br />

falencias que estaría presentando el mecanismo en su funcionamiento. Dichas falencias estarían relacionadas<br />

con deficiencias estructurales, ausencia de transparencia y rendición de cuentas y una presunta ausencia de<br />

una política pública dirigida a cumplir con las obligaciones del Estado. Así por ejemplo, se recibió información<br />

que indica que el 70 por ciento de los casos que habrían llegado al mecanismo presentaría retrasos en su<br />

procesamiento 1295 . También se recibió información sobre que la evaluación de riesgo e identificación de las<br />

medidas a adoptar sería muy lenta y que el personal encargado de la evaluación de riesgo sería escaso.<br />

Tampoco existirían protocolos que aseguraran una reacción inmediata en casos de nuevas agresiones, ni una<br />

metodología adecuada de seguimiento de casos. En esta línea, se recibió información que indicaba que<br />

durante los primeros meses del año se habrían documentado por lo menos 10 casos de periodistas y medios<br />

de comunicación que vuelven a ser blanco de ataques o amenazas a pesar de contar con medidas de<br />

protección del país o denuncias penales abiertas por las agresiones sufridas en años anteriores 1296 .<br />

1293<br />

Relator Especial de las Naciones Unidas (ONU) para la Protección y Promoción del Derecho a la Libertad de Opinión y de<br />

Expresión y Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA. 13 de<br />

septiembre de 2013. Declaración conjunta sobre violencia contra periodistas y comunicadores en el marco de manifestaciones sociales<br />

(2013).<br />

1294<br />

CIDH. 150 Periodo de Sesiones. Audiencia Política pública en derechos humanos y buenas prácticas en México. 27 de<br />

marzo de 2014. Disponible para consulta en: http://www.oas.org/es/cidh/multimedia/sesiones/150/default.asp<br />

1295<br />

Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia. 27 de marzo de 2014. OSC exigen al Secretario de Gobernación<br />

atender los problemas estructurales de Mecanismo de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; WOLA. 3 de<br />

abril de 2014. Preocupación sobre el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas en México;<br />

Artículo 19. Asunto: Información urgente sobre la simulación del Mecanismo para la protección de personas defensoras de derechos<br />

humanos y periodistas. Comunicación enviada a la Secretaría Ejecutiva de la CIDH. 31 de marzo de 2014. Disponible en: Archivo de la<br />

Relatoría Especial para la Libertad de Expresión.<br />

1296<br />

CIDH. Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Carta al Estado de México: Mecanismo de protección para Personas<br />

Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas en México. 17 de abril de 2014. Disponible en: Archivo de la Relatoría Especial para la<br />

Libertad de Expresión.<br />

249

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!