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473. Por otra parte, la reforma califica como “información confidencial”, “las actividades de<br />

naturaleza privada, personal o familiar, de los miembros, dirigentes, precandidatos y candidatos a cargos de<br />

elección popular de los partidos políticos”. Asimismo, la reforma consagra como “información confidencial”<br />

aquella sobre “los donantes, miembros, dirigentes y precandidatos a cargos de elección popular, que contenga<br />

datos personales sensibles, entendiendo por estos, aquellos que corresponden a una persona en lo referente<br />

al credo, religión, origen étnico, filiación o ideologías políticas, afiliación sindical, preferencias sexuales, salud<br />

física y mental, situación moral y familiar y otras informaciones íntimas de similar naturaleza o que pudieran<br />

afectar el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen o el entorno laboral de una<br />

persona. Con respecto a los candidatos y candidatas a cargos de elección popular, únicamente será<br />

considerada confidencial la información que se refiera a su origen étnico, preferencias sexuales, situación<br />

moral y familiar”. A su vez, se califica como información “reservada” la relativa a “los procesos deliberativos<br />

de los órganos internos de los partidos político; la correspondiente a sus estrategias políticas y de campañas<br />

electorales; la contienda en todo tipo de encuestas por ellos ordenadas. Así mismo, la información relativa a<br />

los procesos en curso de cualquier naturaleza que lleve el Tribunal Supremo Electoral, en que los partidos<br />

políticos sean parte, hasta que se encuentren resueltos en forma definitiva” 845 .<br />

474. El Juzgado 1° de Instrucción de San Salvador habría decretado la reserva total en el proceso<br />

penal por los delitos de peculado, enriquecimiento ilícito y desobediencia de particulares en contra del ex<br />

presidente de El Salvador Francisco Guillermo Flores Pérez 846 . Varias organizaciones civiles presentaron un<br />

recurso de amparo contra la decisión por considerar que vulnera el derecho de acceder a la información<br />

pública 847 . La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió el recurso y emitió una medida<br />

cautelar levantando la reserva del proceso, indicando que se debían tomar las medidas necesarias para que<br />

los peticionarios puedan acceder al expediente judicial 848 . Posteriormente, el Procurador para la Defensa de<br />

los Derechos Humanos, David Morales, emitió una resolución en la que declara “la violación de los derechos al<br />

debido proceso judicial, por violación al principio de publicidad procesal, al derecho de acceso a la justicia, a<br />

la libertad de expresión, a la información, y al derecho de participación ciudadana” por parte del Juez Primero<br />

de Instrucción. El Procurador recomendó al Juez que dé “plena observancia a los principios del debido<br />

proceso, especialmente bajo una óptica de respeto a los derechos humanos y a la debida transparencia que<br />

amerita el caso por su especial trascendencia” 849 .<br />

475. El principio 4 de la Declaración de Principios de la CIDH afirma que “[e]l acceso a la<br />

información en poder del Estado es un derecho fundamental de los individuos. Los Estados están obligados a<br />

garantizar el ejercicio de este derecho. Este principio sólo admite limitaciones excepcionales que deben estar<br />

establecidas previamente por la ley para el caso que exista un peligro real e inminente que amenace la<br />

seguridad nacional en sociedades democráticas”.<br />

D. Radios comunitarias<br />

476. La Asociación de Radios y Programas Participativos de El Salvador (ARPAS) habría<br />

exhortado a los diputados de la Asamblea Legislativa a aprobar las iniciativas de Ley de Radiodifusión<br />

Comunitaria y la Ley de Medios Públicos que se encuentran en estudio del Parlamento. La Asociación sostiene<br />

que los anteproyectos de ley, el primero presentado por ellos junto a otras organizaciones, y el segundo por el<br />

Poder Ejecutivo, contribuirán a mejorar la democratización y pluralidad de los medios de comunicación del<br />

país 850 . Según ARPAS debido a las dificultades para acceder a las frecuencias, más de 20 radios comunitarias<br />

845<br />

Asamblea Legislativa de El Salvador. 30 de octubre de 2014. Se aprueban reformas a la Ley de Partidos Políticos.<br />

846<br />

Asociación de Periodistas de El Salvador (Apes). 29 de mayo de 2014. Comunicado de prensa.<br />

847<br />

Corte Suprema de Justicia. Sala de lo Constitucional. Sentencia 506-2014. 13 de junio de 2014.<br />

848<br />

La Prensa Gráfica. 13 de junio de 2014. Sala ordena levantar reserva a caso de expdte. Flores; Transparencia Activa. 13 de<br />

junio de 2014. Corte Suprema levanta la reserva total del caso Flores.<br />

849<br />

Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. 30 de junio de 2014. Procurador emite resolución sobre reserva<br />

total en el proceso judicial en contra del ex Presidente Francisco Flores por el destino de fondos donados por Taiwan; Transparencia Activa.<br />

1 de julio de 2014. Reserva total en caso expresidente Flores restringe derechos civiles y humanos de la población.<br />

850<br />

Transparencia activa. 24 de abril de 2014. Exhortan a diputados aprobar iniciativas de leyes de medios públicos y<br />

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