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propietarios de bancos, de medios de comunicación y empresarios. Los hombres, que secuestran a la<br />

“libertad” en contra de su voluntad, le piden que “recapacite” y le reprochan, entre otras cosas, que las cosas<br />

“están yendo demasiado lejos”. El representante de los medios de comunicación, por ejemplo, le dice a la<br />

mujer en tono amenazante: “Imagínate no poder decirle asesino o ladrón a alguien en nuestros medios. En mi<br />

radio, canal o periódico yo decido qué digo y qué callo” 755 .<br />

416. El 10 de noviembre la estación televisiva Ecuavisa habría manifestado, a través de un<br />

comunicado publicado después de emitir la pieza audiovisual, su desacuerdo con la emisión del producto,<br />

argumentando que consistiría en una propaganda gubernamental que “intenta polarizar a la opinión pública<br />

estigmatizando negativa y deliberadamente a varios sectores de la sociedad” 756 . El 11 de noviembre el canal<br />

de televisión Teleamazonas también habría expresado su desacuerdo con la transmisión del contenido<br />

audiovisual 757 .<br />

417. Como en sus informes anuales anteriores, la Relatoría Especial reitera la importancia de<br />

crear un clima de respeto y tolerancia hacia todas las ideas y opiniones. La Relatoría Especial recuerda que la<br />

diversidad, el pluralismo y el respeto por la difusión de todas las ideas y opiniones, son condiciones<br />

fundamentales en cualquier sociedad democrática. En consecuencia, las autoridades deben contribuir<br />

decisivamente a la construcción de un clima de tolerancia y respeto en el cual todas las personas puedan<br />

expresar su pensamiento y opiniones sin miedo a ser agredidas, sancionadas o estigmatizadas por ello.<br />

Asimismo, el deber del Estado de crear las condiciones que permitan que todas las ideas u opiniones puedan<br />

ser libremente difundidas, incluye la obligación de investigar y sancionar adecuadamente, a quienes usan la<br />

violencia para silenciar a los comunicadores o a los medios de comunicación 758 . Igualmente, la Relatoría<br />

recuerda que la libertad de expresión debe garantizarse no sólo en cuanto a la difusión de ideas e<br />

informaciones recibidas favorablemente o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también en cuanto a<br />

las que ofenden, chocan, inquietan, resultan ingratas o perturban al Estado o a cualquier sector de la<br />

población 759 .<br />

418. Asimismo, la Relatoría Especial recuerda que los funcionarios públicos tienen el deber de<br />

asegurarse que con sus pronunciamientos no están lesionando los derechos de quienes contribuyen a la<br />

deliberación pública mediante la expresión y difusión de su pensamiento, tales como periodistas, medios de<br />

comunicación y organizaciones defensoras de derechos humanos, y deben atender al contexto en el cual se<br />

expresan para asegurarse que sus expresiones no constituyan, en palabras de la Corte, “formas de injerencia<br />

directa o indirecta o presión lesiva en los derechos de quienes pretenden contribuir a la deliberación pública<br />

mediante la expresión y difusión de su pensamiento” 760 .<br />

755<br />

El Pasado No Volverá/You Tube. 10 de noviembre de 2014. La Verdadera Libertad #ElPasadoNoVolverá.<br />

756<br />

Infobae. 11 de noviembre de 2014. Ecuavisa declara la guerra a Correa por un video "que polariza"; Ecuavisa. 12 de<br />

noviembre de 2014. Sobre la cadena de la Secom; Fundamedios. 11 de noviembre de 2014. Cadena del Gobierno provoca el rechazo de<br />

canal de TV obligado a difundirla.<br />

757<br />

El Comercio. 11 de noviembre de 2014. Teleamazonas también protesta por la cadena de la Secom; El Mercurio. 13 de<br />

noviembre de 2014. Ecuavisa y Teleamazonas se rebelan a cadenas del Gobierno; Fundamedios. 12 de noviembre de 2014. Teleamazonas<br />

también rechaza cadena de gobierno, Cordicom la defiende.<br />

758<br />

CIDH. Informe Anual 2010. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo II (Evaluación sobre el<br />

Estado de la Libertad de Expresión en el Hemisferio). OEA/Ser.L/V/II. Doc. 5. 7 de marzo de 2011. Párr. 206-207; CIDH. Informe Anual<br />

2009. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo II (Evaluación sobre el Estado de la Libertad de Expresión<br />

en el Hemisferio). OEA/Ser.L/V/II. Doc. 51. 30 de diciembre de 2009. Párr. 156 y 206.<br />

759<br />

CIDH. Informe Anual 2009. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo III (Marco Jurídico<br />

Interamericano del Derecho a la Libertad de Expresión). OEA/Ser.L/V/II. Doc. 51. 30 de diciembre de 2009. Párr. 32.<br />

760<br />

Corte IDH. Caso Ríos y otros Vs. Venezuela. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de enero<br />

de 2009. Serie C No. 194. Párr. 139; Corte IDH. Caso Perozo y otros Vs. Venezuela. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas.<br />

Sentencia de 28 de enero de 2009. Serie C No. 195. Párr. 151.<br />

152

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