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234. La Relatoría Especial ha reconocido la importancia de que los órganos de supervisión tengan<br />

el mandato específico y preciso de resolver controversias respecto a la aplicación de las leyes en la materia<br />

para así lograr la satisfacción efectiva del derecho 452 . La experiencia y la práctica comparada han demostrado<br />

la importancia de que existan este tipo de autoridades independientes y especializadas en los distintos<br />

ordenamientos jurídicos para evitar que se diluyan los esfuerzos en el cumplimiento de las leyes de acceso a<br />

la información pública. Todo lo anterior, naturalmente, sin perjuicio del control judicial oportuno respecto de<br />

las decisiones que niegan el acceso a la información 453 .<br />

235. La Corte Constitucional mediante sentencia de revisión de fecha 30 de abril resolvió denegar<br />

una acción de tutela instaurada contra la decisión de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia<br />

que absolvió en 2013 al periodista Luis Agustín González, director del periódico Cundinamarca Democrática.<br />

La Corte Constitucional indicó que no se observaba “la existencia de alguna causal específica de prosperidad<br />

de la acción de tutela contra providencias judiciales” por lo cual resolvió denegar el amparo solicitado 454 . El<br />

periodista había sido demandado por el delito de injuria y calumnia por la ex gobernadora de Cundinamarca,<br />

quien habría considerado como una afectación a su honra y buen nombre un editorial publicado en 2008, en<br />

el que se criticaba su gestión como gobernadora y se cuestionaba su candidatura al Senado 455 . En 2013, la<br />

Corte Suprema de Justicia absolvió al periodista Luis Agustín González de la condena por el delito de injuria<br />

de 18 meses de prisión y el pago de 17,77 salarios mínimos impuesta el 29 de febrero de 2012 por la Sala<br />

Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca 456 .<br />

236. Este año la Corte Constitucional hizo pública una sentencia en la que protegió al medio de<br />

comunicación Noticias Uno y la columnista Cecilia Orozco. El 20 de enero de 2013, Noticias Uno divulgó un<br />

video en el que ilustraban la denuncia formulada por algunos residentes del edificio contiguo a la casa de la<br />

Contralora General de la República. Los residentes denunciaron estar afectados por “el excesivo ruido”<br />

procedente de la casa de dicha funcionara. En el video aparecían imágenes de 4 niños que jugaban en la<br />

cancha de fútbol de la casa. Con posterioridad a la divulgación de las imágenes, la periodista Cecilia Orozco<br />

publicó 2 columnas de prensa en el diario El Espectador en las que “criticaba el manejo dado por la Contralora<br />

a los cuestionamientos de la prensa y a los reclamos de sus vecinos”. En este contexto, la Contralora en<br />

representación de su hijo y los representantes de los otros tres niños interpusieron una acción de tutela<br />

contra Iván Serrano (reportero de Noticias Uno), Cecilia Orozco (periodista de El Espectador) y Canal Uno –<br />

Noticias Uno – La Red Independiente 457 .<br />

237. La Corte Constitucional, ordenó editar el video de tal manera que se eliminaran las imágenes<br />

en las que se muestra la figura de los niños involucrados, así como otros datos que eventualmente podrían<br />

452<br />

CIDH. Informe Anual 2011. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo III (El derecho al Acceso<br />

a la información Pública en las Américas). OEA/Ser.L/V/II. Doc. 69. 30 de diciembre de 2011. Párr. 208. En el mismo sentido, Consejo<br />

Permanente de la OEA. Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos. Comentarios y Guía de Implementación para la Ley Modelo<br />

Interamericana sobre Acceso a la Información. OEA/Ser.G. CP/CAJP-2841/10. 23 abril 2010. Pág. 14.<br />

453<br />

CIDH. Informe Anual 2013. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo V (El Derecho de Acceso<br />

a la Información Pública en las Américas: Estándares interamericanos y resoluciones relevantes de órganos especializados). OEA/Ser.<br />

L/V/II. 149. Doc. 50. 31 de diciembre de 2013. Párr. 35.<br />

454<br />

Corte Constitucional. Sentencia T-265/2014. 30 de abril de 2014.<br />

455<br />

Corte Constitucional. Sentencia T-265/2014. 30 de abril de 2014; Cundinamarca Democrática/Fundación para la Libertad<br />

de Prensa (FLIP). 2008. Editorial ¡No más!. Edición 44.<br />

456<br />

CIDH. Informe Anual 2013. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo II (Evaluación sobre el<br />

Estado de la Libertad de Expresión en el Hemisferio). OEA/Ser. L/V/II. 149. Doc. 50. 31 de diciembre de 2013. Párr. 162. Corte Suprema<br />

de Justicia. Sala de Casación Penal. 10 de julio de 2013. Casación sistema acusatorio Nº.38.909. Disponible para consulta en:<br />

http://190.24.134.69/busquedadoc/; Ver también, Sentencia Corte Suprema de Justicia. Casación sistema acusatorio Nº.38.909.<br />

Disponible para consulta en: http://flip.org.co/resources/documents/c4ab6f8aa7b923cc81bf7d99e4da4e93.pdf; Fundación para la<br />

Libertad de Prensa (FLIP). 16 de julio de 2013. Corte Suprema de Justicia absuelve al periodista Luis Agustín González por el delito de<br />

injuria; El Universal. 16 de julio de 2013. Corte Suprema absuelve al periodista Luis Agustín González por delito de injuria; El Colombiano.<br />

15 de julio de 2013. "Uno no puede autocensurarse por intimidaciones": Luis Agustín González.<br />

457<br />

Corte Constitucional. Sentencia T- 904/13. 3 de diciembre de 2013. Ver también, Fundación para la libertad de Pres a (Flip).<br />

1 de julio de 2014. Corte Constitucional produce dos sentencias en las que la libertad de prensa le gana al acoso judicial de funcionarios<br />

públicos y políticos.<br />

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