Responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad

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06.12.2015 Views

grafa y grafanor portería los motivos del rechazo, se le explicó que tenía malos antecedentes y se le sugirió que no buscara trabajo por ninguna parte. (153) Los familiares de José Patrocinio Luna, detenido y luego exiliado, sufrieron también la persecución política y sindical, siendo su hermano Ramón Nicolás obligado a renunciar a Grafanor. Cuando se presentara al poco tiempo una situación recesiva para la industria textil, la empresa estuvo en mejores condiciones para enfrentar el nuevo escenario ajustando sobre un colectivo obrero “descabezado” y amenazado, que mal pudo sobrellevar las suspensiones y los cierres temporales y hasta definitivos de las fábricas desde 1978 en adelante. Por último, debemos pensar la situación planteada respecto de cierto beneficio obtenido por Grafa en Tucumán al apropiarse de un terreno público, cuya cesión se consolidó en tiempos de dictadura. En 1970, la compañía adquirió dos predios donde proyectaba la instalación de su planta en Famaillá. Dichos terrenos estaban divididos por un largo camino de unos 800 metros de largo, que comunicaba a un barrio entero con la Escuela Nº 298 “José Hernández” y otro sector del pueblo, cruzando la ex ruta 38. Dicho terreno fue de inmediato cerrado por la empresa para unificar los terrenos y la prerrogativa auto-adjudicada fue oficialmente cedida en los últimos tiempos de la dictadura de Agustín Lanusse. Este era el conflicto entre la empresa y la comunidad al que se refirió en su testimonio Oscar Santucho y sobre el cual se explayó al presentar documentación relativa a los dominios de aquellos terrenos. En efecto, en septiembre de 1980, todavía los vecinos se quejaban por la actitud de Grafanor y se dirigían en carta, representados por Juan Antonio Rueda, al intendente Francisco Hugo Caro. (154) En dicho memorándum, comentaban los vecinos la historia del predio desde 1952 cuando la ex Compañía Azucarera Tucumana, de la firma Torquinst SA, vendió todas sus tierras a distintos compradores. Estos terrenos fueron comprados por dos vecinos y divididos por un camino vecinal de 800 metros, y luego comprados por Grafanor en febrero de 1970. A fines de 1972, Grafanor lo cerró con mallas metálicas y ordenó el total desmantelamiento del alambrado que dividía la tierra pública de la privada, no obstante lo cual los vecinos siguieron utilizándolo. Para paliar la (153) Denuncia de José Fernando Rodríguez, 15/06/2006, legajo SDH 3631, José Fernando Rodríguez, sobreviviente. (154) Carta de Juan Antonio Rueda a Francisco Hugo Caro, 12/09/1980, en legajo SDH 3618, Orlando Héctor Santucho. Responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad. Represión a trabajadores durante el terrorismo de Estado 591

Zona norte de la provincia de Buenos Aires, Capital Federal y sur de Santa Fe situación, Grafanor construyó otro camino a unos 500 metros de distancia, lo que obligaba a un desvío de, al menos, 1 km. “Ante esta maniobra silenciosa de Grafanor, la gran mayoría de los vecinos del lugar comenzaron por hacer reuniones para tratar sobre esta cuestión”, historizaban los denunciantes. Unas 50 personas se entrevistaron con el entonces intendente Gerardo Santiago Coria, con quien tuvieron enfrentamientos verbales cada vez más intensos. Hacia noviembre de 1972, la empresa ordenó a sus operarios cubrir el terreno con agua putrefacta, para volverlo intransitable por su estado fangoso, pero como los pobladores siguieron utilizándolo, lo cerró de forma definitiva. Nada impidió que los vecinos insistieran, cortando los alambres y refaccionando el camino, pero ninguna autoridad provincial revió la medida dictada por Coria ni atendió el pedido de enripiar el camino original. (155) Se comentaba en el memorándum: Producido el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976, el nuevo intendente, interventor militar en la municipalidad, mayor don Miguel Alfredo Paz, que alcanzó a permanecer desde fines de marzo hasta mediados de abril de 1976, ante su requerimiento de los vecinos en un pedido que le formulamos en audiencia concedida, nos hizo atender enripiando totalmente el camino, que por esa misma vía de acceso en litigio circularon los efectivos policiales y de las Fuerzas Armadas en la época de la Subversión (…) Todos los intendentes que se sucedieron a excepción del mayor Paz y de Ud. Sr. Intendente Caro, no hacen más que reafirmar lo sustentado por la firma textil Grafanor. Infojus - Sistema Argentino de Información Jurídica 592 Lo interesante de lo mencionado hasta el momento es que el conflicto entre la empresa y los vecinos derivó en el uso de un camino concedido por el municipio a Grafa para la acción represiva. La empresa que se mantenía hasta entonces firme en su postura de vedar el camino al uso público, al parecer permitió a la primera autoridad militar durante el golpe de Estado a acceder al reclamo vecinal, pero en beneficio de la propia represión. Con posterioridad, la empresa volvería a hacerse del camino. En efecto, el 29 de diciembre de 1978, por escritura pública Nº 521, firmada por Carlos Alberto Martínez Santamarina, en nombre del municipio, y por Floreal Alberto Perotti, en representación de Grafanor, se concretó un contrato de (155) Memorándum, petitorio dirigido al intendente Francisco Hugo Caro, 15/09/1980. La medida a la que se aludía, dictada por Coria, había sido oficializada el 20/02/1973 y autorizaba a “sancionar y promulgar una ordenanza mediante la cual se aprueba el plano de mensura, unificación y división de las distintas fracciones de terreno propiedad de Grafanor”, ibid.

grafa y grafanor<br />

portería los motivos <strong>de</strong>l rechazo, se le explicó que t<strong>en</strong>ía malos anteced<strong>en</strong>tes<br />

y se le sugirió que no buscara trabajo por ninguna parte. (153) Los<br />

familiares <strong>de</strong> José Patrocinio Luna, <strong>de</strong>t<strong>en</strong>ido y luego exiliado, sufrieron<br />

también la persecución política y sindical, si<strong>en</strong>do su hermano Ramón<br />

Nicolás obligado a r<strong>en</strong>unciar a Grafanor. Cuando se pres<strong>en</strong>tara al poco<br />

tiempo una situación recesiva para la industria textil, la empresa estuvo <strong>en</strong><br />

mejores condiciones para <strong>en</strong>fr<strong>en</strong>tar el nuevo esc<strong>en</strong>ario ajustando sobre un<br />

colectivo obrero “<strong>de</strong>scabezado” y am<strong>en</strong>azado, que mal pudo sobrellevar<br />

las susp<strong>en</strong>siones y los cierres temporales y hasta <strong>de</strong>finitivos <strong>de</strong> las fábricas<br />

<strong>de</strong>s<strong>de</strong> 1978 <strong>en</strong> a<strong>de</strong>lante.<br />

Por último, <strong>de</strong>bemos p<strong>en</strong>sar la situación planteada respecto <strong>de</strong> cierto b<strong>en</strong>eficio<br />

obt<strong>en</strong>ido por Grafa <strong>en</strong> Tucumán al apropiarse <strong>de</strong> un terr<strong>en</strong>o público,<br />

cuya cesión se consolidó <strong>en</strong> tiempos <strong>de</strong> dictadura. En 1970, la compañía<br />

adquirió dos predios don<strong>de</strong> proyectaba la instalación <strong>de</strong> su planta <strong>en</strong><br />

Famaillá. Dichos terr<strong>en</strong>os estaban divididos por un largo camino <strong>de</strong> unos<br />

800 metros <strong>de</strong> largo, que comunicaba a un barrio <strong>en</strong>tero con la Escuela<br />

Nº 298 “José Hernán<strong>de</strong>z” y otro sector <strong>de</strong>l pueblo, cruzando la ex ruta 38.<br />

Dicho terr<strong>en</strong>o fue <strong>de</strong> inmediato cerrado por la empresa para unificar los<br />

terr<strong>en</strong>os y la prerrogativa auto-adjudicada fue oficialm<strong>en</strong>te cedida <strong>en</strong> los<br />

últimos tiempos <strong>de</strong> la dictadura <strong>de</strong> Agustín Lanusse. Este era el conflicto<br />

<strong>en</strong>tre la empresa y la comunidad al que se refirió <strong>en</strong> su testimonio Oscar<br />

Santucho y sobre el cual se explayó al pres<strong>en</strong>tar docum<strong>en</strong>tación relativa<br />

a los dominios <strong>de</strong> aquellos terr<strong>en</strong>os. En efecto, <strong>en</strong> septiembre <strong>de</strong> 1980,<br />

todavía los vecinos se quejaban por la actitud <strong>de</strong> Grafanor y se dirigían<br />

<strong>en</strong> carta, repres<strong>en</strong>tados por Juan Antonio Rueda, al int<strong>en</strong>d<strong>en</strong>te Francisco<br />

Hugo Caro. (154) En dicho memorándum, com<strong>en</strong>taban los vecinos la historia<br />

<strong>de</strong>l predio <strong>de</strong>s<strong>de</strong> 1952 cuando la ex Compañía Azucarera Tucumana, <strong>de</strong> la<br />

firma Torquinst SA, v<strong>en</strong>dió todas sus tierras a distintos compradores. Estos<br />

terr<strong>en</strong>os fueron comprados por dos vecinos y divididos por un camino vecinal<br />

<strong>de</strong> 800 metros, y luego comprados por Grafanor <strong>en</strong> febrero <strong>de</strong> 1970.<br />

A fines <strong>de</strong> 1972, Grafanor lo cerró con mallas metálicas y ord<strong>en</strong>ó el total<br />

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no obstante lo cual los vecinos siguieron utilizándolo. Para paliar la<br />

(153) D<strong>en</strong>uncia <strong>de</strong> José Fernando Rodríguez, 15/06/2006, legajo SDH 3631, José Fernando<br />

Rodríguez, sobrevivi<strong>en</strong>te.<br />

(154) Carta <strong>de</strong> Juan Antonio Rueda a Francisco Hugo Caro, 12/09/1980, <strong>en</strong> legajo SDH 3618,<br />

Orlando Héctor Santucho.<br />

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