Responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad

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06.12.2015 Views

mercedes-benz taba activado. (133) Pero lo que ya constituía una práctica ilegal de carácter represivo, durante el terrorismo de Estado se transformó en una abierta participación en delitos de lesa humanidad. Además de legajos, fueron aportados listas con nombres, fotografías, domicilios, “prontuarios internos” y otros datos que difícilmente podrían haber salido de otra fuente que no fuera el personal jerárquico de Mercedes-Benz. Un expediente policial de aquel tiempo, por ejemplo, contiene copias de las fotografías de las fichas de personal de los obreros de la fábrica. (134) Durante su cautiverio en la Comisaría de Ramos Mejía, Ratto fue interrogado respecto de “la[s] distintas actividades de ciertos empleados de la fábrica, con una lista en mano”. (135) Luján Ramos, esposa de Reimer, señala que uno de los sujetos que secuestró a su marido le comentó que tenían “una lista de gente que eran todos delegados de fábrica”. (136) Si bien fuera del rango de las fechas de secuestros, el mismo directivo Cueva se dirigió a la Policía Federal, en octubre de 1975, durante el conflicto más agudo de aquellos años, para aportar datos de los principales referentes del activismo fabril, nombres, apellidos y domicilios. (137) En su declaración en el Juicio por la Verdad, Cueva hizo referencia a la “subversión interna del gremio”. (138) (133) “Se adjuntan antecedentes obrantes en los legajos respectivos del establecimiento Mercedes-Benz Argentina”, indicaba un informe a fs. 7, en Archivo DIPBA, carpeta 78, mesa B, legajo 1. (134) Informe Tomuschat, op. cit., con referencia a constancias en el marco del Juicio por la Verdad. (135) Declaración testimonial de Héctor Aníbal Ratto, 04/11/2003, cit. (136) Declaración testimonial de María Luján Ramos, prestada el 23/08/2000, en el Juicio por la Verdad, cit.; declaración testimonial de María Luján Ramos prestada el 18/03/1984 ante la Conadep, obrante en la causa “Ratto Héctor Aníbal s/ una privación ilegal de la libertad”, Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Expte. N° 405 M, documentación obrante en la caso 44; En sentido coincidente ver Weber, Gabriela, La conexión alemana, op. cit. (137) Denuncia obrante en la causa “Metz, Heinrich Franz, s/ presunto secuestro extorsivo”. También en Informe Tomuschat, op. cit. (138) Para contextualizar la denuncia, cabe referirnos finalmente a una pregunta que se le hizo en los tribunales de La Plata: ¿por qué la empresa no denunció las desapariciones como sí lo hizo con el secuestro de Metz? La respuesta brindada fue que el hecho no tenía “connotaciones de conocimiento de un delito”, siendo que de las propias actas de reuniones de directorio surge que la empresa conocía bien los secuestros de los operarios siendo informada acerca de ellos. Esto, además, se contradice con lo que había declarado momentos antes acerca de que en esa época “todo el mundo” sabía “como eran las cosas”. Evidentemente la empresa lo sabía de primera mano. Responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad. Represión a trabajadores durante el terrorismo de Estado 519

Zona norte de la provincia de Buenos Aires, Capital Federal y sur de Santa Fe El aporte de domicilios que se ve en este caso parece haber sido clave para consumar los secuestros sin “manchar” a la compañía. Varios de los trabajadores fueron secuestrados en los domicilios figurantes en los legajos de la empresa; son los casos de Ventura, Belmonte y Reimer. (139) Respecto de Ventura, sus captores se dirigieron a la casa vecina, domicilio que figuraba en el legajo. Solo luego de advertido el error, procedieron a secuestrarlo de su casa. (140) Los amigos de Ventura conocían su nuevo domicilio, solo la empresa lo ignoraba. (141) Situación similar sucedió con José Barreiro Bueno, miembro del “grupo de los nueve”, que se salvó de ser secuestrado en mayo de 1976 cuando un grupo de personas encapuchadas irrumpió en el domicilio que registraba ante la empresa, no encontrándolo porque en realidad vivía en otro lado. (142) En los casos de Juan José Martín y de Ratto, fueron secuestrados en la fábrica, pero la situación resulta más que sugerente como contrapunto —más allá de lo que ya sugiere como aporte de información que el hecho se produjera en la fábrica—. En el caso del primero, fue llevado inmediatamente al domicilio registrado en la empresa, sin que él dijera en ningún momento dónde vivía. (143) En el segundo caso, cabe tener presente que Ratto, recientemente casado, no había informado aún el cambio de domicilio a la empresa. (144) A estas evidencias e indicios se agrega el hecho de que —tal como con el aporte de algunos domicilios— en una serie de secuestros aparecen elementos que solo pudieron provenir de la empresa. Según la hermana Infojus - Sistema Argentino de Información Jurídica (139) “Gigena, Alberto, Priv. Ilegal de la libertad”, causa 8071, Juzgado de Primera Instancia en lo Penal N° 6, Departamento Judicial de Morón. De acuerdo con la contestación de un oficio realizada por MBA en la causa “Gigena...” (que permite conocer los domicilios por ella registrados). (140) En la causa “Gigena...”, MBA responde un oficio señalando que la dirección que figuraba registrada en la empresa para Ventura era “Alvarado 356, Florencio Varela, Bs. As.”. Pero Ventura fue secuestrado en la casa vecina, Alvarado 344, luego de que los militares se dirigieran primero a Alvarado 356 y posteriormente advirtieran su error. Concuerda esto con una entrevista con su hermana María Ester Ventura, referida por Gabriela Weber en La industria y los derechos humanos., op. cit.; en el mismo sentido Weber, Gabriela, La conexión alemana…, op. cit., p. 158. (141) Ver Serpaj, La Complicidad del poder…, op. cit., p. 9. (142) Declaración testimonial de José Barreiro Bueno, 21/05/2004, cit. (143) Declaración testimonial de Juan José Martín, prestada el 03/11/2003, en la causa 17.735/02, “N.N. Mercedes-Benz s/ asociación ilícita…”, cit. (144) Archivo Nacional de la Memoria, legajo Conadep 3623, perteneciente a Héctor Aníbal Ratto, y declaraciones de Aníbal Ratto, cit. 520

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taba activado. (133) Pero lo que ya constituía una práctica ilegal <strong>de</strong> carácter<br />

represivo, durante el terrorismo <strong>de</strong> Estado se transformó <strong>en</strong> una abierta<br />

participación <strong>en</strong> <strong><strong>de</strong>litos</strong> <strong>de</strong> <strong>lesa</strong> <strong>humanidad</strong>.<br />

A<strong>de</strong>más <strong>de</strong> legajos, fueron aportados listas con nombres, fotografías,<br />

domicilios, “prontuarios internos” y otros datos que difícilm<strong>en</strong>te podrían<br />

haber salido <strong>de</strong> otra fu<strong>en</strong>te que no fuera el personal jerárquico <strong>de</strong> Merce<strong>de</strong>s-B<strong>en</strong>z.<br />

Un expedi<strong>en</strong>te policial <strong>de</strong> aquel tiempo, por ejemplo, conti<strong>en</strong>e<br />

copias <strong>de</strong> las fotografías <strong>de</strong> las fichas <strong>de</strong> personal <strong>de</strong> los obreros <strong>de</strong> la fábrica.<br />

(134) Durante su cautiverio <strong>en</strong> la Comisaría <strong>de</strong> Ramos Mejía, Ratto fue<br />

interrogado respecto <strong>de</strong> “la[s] distintas activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> ciertos empleados<br />

<strong>de</strong> la fábrica, con una lista <strong>en</strong> mano”. (135) Luján Ramos, esposa <strong>de</strong> Reimer,<br />

señala que uno <strong>de</strong> los sujetos que secuestró a su marido le com<strong>en</strong>tó que<br />

t<strong>en</strong>ían “una lista <strong>de</strong> g<strong>en</strong>te que eran todos <strong>de</strong>legados <strong>de</strong> fábrica”. (136)<br />

Si bi<strong>en</strong> fuera <strong>de</strong>l rango <strong>de</strong> las fechas <strong>de</strong> secuestros, el mismo directivo<br />

Cueva se dirigió a la Policía Fe<strong>de</strong>ral, <strong>en</strong> octubre <strong>de</strong> 1975, durante el conflicto<br />

más agudo <strong>de</strong> aquellos años, para aportar datos <strong>de</strong> los principales<br />

refer<strong>en</strong>tes <strong>de</strong>l activismo fabril, nombres, apellidos y domicilios. (137) En su<br />

<strong>de</strong>claración <strong>en</strong> el Juicio por la Verdad, Cueva hizo refer<strong>en</strong>cia a la “subversión<br />

interna <strong>de</strong>l gremio”. (138)<br />

(133) “Se adjuntan anteced<strong>en</strong>tes obrantes <strong>en</strong> los legajos respectivos <strong>de</strong>l establecimi<strong>en</strong>to<br />

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(134) Informe Tomuschat, op. cit., con refer<strong>en</strong>cia a constancias <strong>en</strong> el marco <strong>de</strong>l Juicio por la<br />

Verdad.<br />

(135) Declaración testimonial <strong>de</strong> Héctor Aníbal Ratto, 04/11/2003, cit.<br />

(136) Declaración testimonial <strong>de</strong> María Luján Ramos, prestada el 23/08/2000, <strong>en</strong> el Juicio<br />

por la Verdad, cit.; <strong>de</strong>claración testimonial <strong>de</strong> María Luján Ramos prestada el 18/03/1984<br />

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obrante <strong>en</strong> la caso 44; En s<strong>en</strong>tido coincid<strong>en</strong>te ver Weber, Gabriela, La conexión alemana,<br />

op. cit.<br />

(137) D<strong>en</strong>uncia obrante <strong>en</strong> la causa “Metz, Heinrich Franz, s/ presunto secuestro extorsivo”.<br />

También <strong>en</strong> Informe Tomuschat, op. cit.<br />

(138) Para contextualizar la d<strong>en</strong>uncia, cabe referirnos finalm<strong>en</strong>te a una pregunta que se le<br />

hizo <strong>en</strong> los tribunales <strong>de</strong> La Plata: ¿por qué la empresa no d<strong>en</strong>unció las <strong>de</strong>sapariciones como<br />

sí lo hizo con el secuestro <strong>de</strong> Metz? La respuesta brindada fue que el hecho no t<strong>en</strong>ía “connotaciones<br />

<strong>de</strong> conocimi<strong>en</strong>to <strong>de</strong> un <strong>de</strong>lito”, si<strong>en</strong>do que <strong>de</strong> las propias actas <strong>de</strong> reuniones <strong>de</strong><br />

directorio surge que la empresa conocía bi<strong>en</strong> los secuestros <strong>de</strong> los operarios si<strong>en</strong>do informada<br />

acerca <strong>de</strong> ellos. Esto, a<strong>de</strong>más, se contradice con lo que había <strong>de</strong>clarado mom<strong>en</strong>tos antes<br />

acerca <strong>de</strong> que <strong>en</strong> esa época “todo el mundo” sabía “como eran las cosas”. Evid<strong>en</strong>tem<strong>en</strong>te<br />

la empresa lo sabía <strong>de</strong> primera mano.<br />

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