Responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad
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Ingenio Ledesma sindicato de obreros y empleados de Calilegua y se encontraba signado como “comunista”. Permaneció detenido en el penal de Villa Gorriti en la capital jujeña durante más de dos años y luego fue puesto a disposición del Poder Ejecutivo nacional y trasladado a la Unidad 9 de La Plata. Recuperó la libertad recién en agosto de 1981. En diciembre de 1977 se lo condenó a tres años de prisión, pena que ya había cumplido, pero su sentencia fue revisada. Como relataremos, su esposa y sus dos hijos también sufrieron la represión. Carlos Alberto Díaz había entrado a trabajar en la empresa como tornero en 1971. Vivía junto a su madre en una vivienda de la empresa. Fue trasladado también a Villa Gorriti. Durante más de tres años de reclusión fue absuelto y vuelto a condenar. Cuando se lo trasladó el 11 de marzo de 1978 para cumplimentar su libertad, fue desaparecido. (49) Colautti y Álvarez, por su parte, fueron condenados en diciembre de 1977, pese a que el cese de su detención bajo PEN se había dictado meses atrás; meses más tarde fueron condenados a siete años de prisión, pena que se redujo posteriormente a seis años. Fueron luego liberados. A Donato Garnica, como nos explayaremos más adelante, la empresa lo acusaba de comunista y fue quien lo hizo meter preso. (50) El 16 de octubre de 1974 fueron detenidos Jorge Weisz y su esposa Dora Rebecchi, quien ejercía la docencia. Tiempo antes, por medio de una denuncia anónima, en noviembre de 1973, en la que se lo acusaba de “comunista maldito” y de tener explosivos en su domicilio, se les había allanado la casa e iniciado una causa penal. Ahora, nuevamente el matrimonio cayó preso a raíz de acusaciones anónimas por presuntas actividades subversivas. Pese a la solidaridad de los compañeros y los pedidos para que sean liberados, son trasladados a la unidad penitenciaria de Villa Gorriti. En diciembre del 1976 Weisz fue trasladado y desaparecido. Rebecchi recuperó la libertad y debió exiliarse. (49) No podemos aquí detallar el tortuoso itinerario penal de estas víctimas, sin embargo es importante llamar la atención sobre el rol del Poder Judicial durante el terrorismo de Estado al avalar la persecución y los delitos mencionados. En el caso de Díaz, el 03/01/1977 el Ejército comunicó a la justicia el cese de su arresto y un año después el juez federal Carlos Magnus Topp decidió absolverlo, disponiendo su inmediata libertad. Sin embargo, la sentencia fue recurrida y la causa volvió al comienzo, y en agosto de 1978 Díaz fue condenado a tres años de prisión como autor del delito de atentado contra el orden público. A pesar de que la condena estaba cumplida, el cómputo se realizó recién el 10 de octubre de ese año. Se desconoce cuándo fue desaparecido. (50) Testimonio de Donato Garnica, en Nelli, Ricardo, op. cit., p. 118. Responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad. Represión a trabajadores durante el terrorismo de Estado 129
Zona noroeste argentino El 21 de marzo de 1975, en paralelo a los sucesos de Villa Constitución (cuando también se producían numerosas detenciones y secuestros en Dálmine-Siderca de Campana y en los ingenios tucumanos), fue finalmente intervenido el sindicato de Ledesma. Ese día, Melitón Vázquez y Carlos Figueroa fueron citados a la empresa, donde tuvieron un encuentro con representantes del ingenio y del Ministerio de Trabajo. Desde allí fueron llevados a la delegación jujeña de la Policía Federal, donde se les leyó la resolución de la cartera laboral que disponía su cese de labores gremiales y la de Víctor Arias. Luego fueron trasladados nuevamente a Libertador, donde ya se encontraba establecido en el sindicato el interventor, oficial militar Oscar César Ciardulli. (51) Una vez allí, Vázquez se dirigió a sus compañeros, que se encontraban en estado de alarma, mientras Figueroa y Arias eran conducidos por razones de seguridad en vehículo policial a la seccional N° 24 donde se firmó el acta de entrega del sindicato y luego quedaron detenidos. La inquietud ganó entonces el ánimo de los obreros, que comenzaron a agruparse, incluso los trabajadores de los lotes. La respuesta represiva no se hizo esperar. Recuerda un trabajador: Cuando estoy en la casa de mi hermano, escucho un montón de vehículos que venían, es decir los carros de asalto: venia la Federal. Se había corrido la bola de que a Melitón lo habían pillado y la gente se ha alzado (…) Entonces la gente se ha largado toda ya: mujeres, chicos, grandes, con palos, botellas, piedras, de todo han metido, porque habían escuchado que ha Melitón lo han metido preso. (52) Infojus - Sistema Argentino de Información Jurídica Ledesma fue literalmente ocupada por las fuerzas de seguridad. Se establecieron patrullajes en rutas y puestos de control en los accesos a la ciudad. La manzana donde se encontraba el sindicato había sido rodeada por policías. Se tiraron gases lacrimógenos, hubo heridos y detenidos. La empresa prestó sus vehículos para que actuaran las fuerzas represivas. David Rogoza, jefe del Servicio de Higiene y Seguridad de la empresa, al ver que grupos de obreros se agrupaban frente al ingenio para repudiar la intervención, se entrevistó personalmente con el encargado de las fuerzas (51) Testimonio de Melitón Vázquez y de Máximo Arancibia, en Nelli, Ricardo, op. cit., pp. 94 y 104. (52) Testimonio de Liborio Maza, ibid., p. 89. 130
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(49) Colautti y Álvarez, por su parte, fueron cond<strong>en</strong>ados <strong>en</strong> diciembre<br />
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A Donato Garnica, como nos explayaremos más a<strong>de</strong>lante, la empresa lo<br />
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El 16 <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong> 1974 fueron <strong>de</strong>t<strong>en</strong>idos Jorge Weisz y su esposa Dora<br />
Rebecchi, qui<strong>en</strong> ejercía la doc<strong>en</strong>cia. Tiempo antes, por medio <strong>de</strong> una d<strong>en</strong>uncia<br />
anónima, <strong>en</strong> noviembre <strong>de</strong> 1973, <strong>en</strong> la que se lo acusaba <strong>de</strong> “comunista<br />
maldito” y <strong>de</strong> t<strong>en</strong>er explosivos <strong>en</strong> su domicilio, se les había allanado<br />
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preso a raíz <strong>de</strong> acusaciones anónimas por presuntas activida<strong>de</strong>s subversivas.<br />
Pese a la solidaridad <strong>de</strong> los compañeros y los pedidos para que sean<br />
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<strong>de</strong>l 1976 Weisz fue trasladado y <strong>de</strong>saparecido. Rebecchi recuperó<br />
la libertad y <strong>de</strong>bió exiliarse.<br />
(49) No po<strong>de</strong>mos aquí <strong>de</strong>tallar el tortuoso itinerario p<strong>en</strong>al <strong>de</strong> estas víctimas, sin embargo es<br />
importante llamar la at<strong>en</strong>ción sobre el rol <strong>de</strong>l Po<strong>de</strong>r Judicial durante el terrorismo <strong>de</strong> Estado<br />
al avalar la persecución y los <strong><strong>de</strong>litos</strong> m<strong>en</strong>cionados. En el caso <strong>de</strong> Díaz, el 03/01/1977 el<br />
Ejército comunicó a la justicia el cese <strong>de</strong> su arresto y un año <strong>de</strong>spués el juez fe<strong>de</strong>ral Carlos<br />
Magnus Topp <strong>de</strong>cidió absolverlo, disponi<strong>en</strong>do su inmediata libertad. Sin embargo, la s<strong>en</strong>t<strong>en</strong>cia<br />
fue recurrida y la causa volvió al comi<strong>en</strong>zo, y <strong>en</strong> agosto <strong>de</strong> 1978 Díaz fue cond<strong>en</strong>ado a<br />
tres años <strong>de</strong> prisión como autor <strong>de</strong>l <strong>de</strong>lito <strong>de</strong> at<strong>en</strong>tado contra el ord<strong>en</strong> público. A pesar <strong>de</strong><br />
que la cond<strong>en</strong>a estaba cumplida, el cómputo se realizó recién el 10 <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong> ese año.<br />
Se <strong>de</strong>sconoce cuándo fue <strong>de</strong>saparecido.<br />
(50) Testimonio <strong>de</strong> Donato Garnica, <strong>en</strong> Nelli, Ricardo, op. cit., p. 118.<br />
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