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90 | La rama ejecutiva o administrativa en el orden nacional - Unidad 4 Departamento Nacional de Planeación | 91<br />

¿Quién integra la rama ejecutiva?<br />

En esta sección se presentan los organismos que constituyen<br />

la rama ejecutiva en Colombia y sus principales funciones.<br />

La actual organización (a octubre de 2009) de<br />

la rama ejecutiva o administrativa está prevista<br />

en la Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas<br />

sobre la organización y funcionamiento de las entidades<br />

<strong>del</strong> orden nacional. En dicha ley se diferencia entre la<br />

organización de la rama ejecutiva en el orden nacional<br />

y la estructura de la administración pública tanto en el<br />

orden nacional como territorial.<br />

Integración de la rama ejecutiva en el orden nacional<br />

De acuerdo con la Ley 489 de 1998, artículo 38, la rama ejecutiva <strong>del</strong> poder público en el orden<br />

nacional, está integrada por los organismos y entidades que se indican en el siguiente cuadro:<br />

Sector central<br />

Sector descentralizado por sectores<br />

• Los establecimientos públicos.<br />

• La Presidencia de la República.<br />

• La Vicepresidencia de la República.<br />

• Los Consejos Superiores de la<br />

administración (p. ej. El Consejo<br />

de Ministros, el Consejo de Política<br />

Económica y Social –CONPES-).<br />

• Los ministerios y Departamentos<br />

Administrativos.<br />

• Las Superintendencias y Unidades<br />

Administrativas Especiales sin<br />

personería jurídica.<br />

• Las Empresas Industriales y comerciales <strong>del</strong> Estado.<br />

• Las Superintendencias y las Unidades<br />

Administrativas Especiales con personería jurídica.<br />

• Las Empresas Sociales <strong>del</strong> Estado y las Empresas<br />

Oficiales de Servicios Públicos Domiciliarios.<br />

• Los Institutos Científicos y Tecnológicos.<br />

• Las Sociedades Públicas y las Sociedades de<br />

Economía Mixta.<br />

• Las demás entidades administrativas nacionales con<br />

personería jurídica que cree, organice o autorice la<br />

ley para que formen parte de la rama ejecutiva <strong>del</strong><br />

Poder Público.<br />

Palabras claves<br />

Diferencia entre “rama ejecutiva” y “administración pública”<br />

De acuerdo con el artículo 39 de la Ley 489 de 1998: “La administración Pública se integra por los organismos<br />

que conforman la Rama Ejecutiva <strong>del</strong> Poder Público y por todos los demás organismos y entidades de naturaleza<br />

pública que de manera permanente tienen a su cargo el ejercicio de las actividades y funciones administrativas o la<br />

prestación de servicios públicos <strong>del</strong> Estado <strong>colombiano</strong>”. Con base en lo anterior, es claro que la Ley diferencia entre<br />

la rama ejecutiva como una de las ramas <strong>del</strong> poder público, y la Administración Pública como un concepto más<br />

amplio que hace relación tanto al conjunto de organismos y entidades que hacen parte de la rama ejecutiva como<br />

aquellos que ejercen funciones administrativas.<br />

¿Dónde dice?<br />

Elaboración DNP-DDTS-GGPT (2009), con base en el artículo 38<br />

de la Ley 489 de 1998.

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