1_Guia Elementos web-elementos basicos del estado colombiano
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
62 | Rama legislativa - Unidad 3 Departamento Nacional de Planeación | 63<br />
Función constitucional<br />
Trámite de un proyecto de acto legislativo<br />
Las principales características que debe cumplir un proyecto de Acto Legislativo para que pueda<br />
debatirse y, de ser el caso, modificar la Constitución, se exponen a continuación.<br />
El Congreso tiene<br />
la atribución<br />
de modificar la<br />
Constitución por<br />
medio de un acto<br />
legislativo que debe<br />
cumplir un trámite<br />
y unos requisitos<br />
constitucionales.<br />
Iniciativa<br />
Pueden presentar proyectos de Acto<br />
Legislativo:<br />
• El Gobierno Nacional<br />
• Diez (10) miembros <strong>del</strong> Congreso<br />
• Un número de ciudadanos<br />
equivalente, por lo menos, al 5%<br />
<strong>del</strong> censo electoral.<br />
• Un 20% de los Diputados o<br />
Concejales <strong>del</strong> país.<br />
Trámite<br />
El trámite <strong>del</strong> proyecto se realiza en dos períodos de sesiones<br />
ordinarias consecutivas. Sí el proyecto es aprobado en el<br />
primer período, por mayoría simple, éste será publicado por<br />
el Gobierno.<br />
Para que el proyecto sea aprobado se requiere que, en el<br />
segundo período de sesiones ordinarias, la mayoría absoluta,<br />
tanto en el Senado como en la Cámara, den su voto favorable<br />
al proyecto, con base, exclusivamente, en las iniciativas que<br />
se presentaron en el primer período de sesiones.<br />
¿Dónde dice?<br />
Constitución Política de 1991, artículo 375, Ley 5 de 1992 artículo 223.<br />
Palabras claves<br />
Proyecto de Acto<br />
Legislativo<br />
(por iniciativa <strong>del</strong><br />
Gobierno Nacional, el<br />
Congreso, el pueblo, los<br />
diputados o los concejales)<br />
Aprobado en el<br />
1er. período de<br />
sesiones ordinarias<br />
(por la mayoría de<br />
los asistentes a las<br />
votaciones)<br />
Publicación<br />
<strong>del</strong> proyecto<br />
aprobado<br />
(por el Gobierno<br />
Nacional)<br />
Aprobado en el<br />
2do. período de<br />
sesiones ordinarias<br />
(por la mayoría de<br />
los miembros <strong>del</strong><br />
Congreso)<br />
Acto<br />
Legislativo<br />
(Acto que<br />
reforma la<br />
Constitución)<br />
• Censo electoral: Es el conjunto registrado de las personas que han adquirido la<br />
ciudadanía, la cual se ejerce a partir de los 18 años, y que por no pertenecer a la<br />
fuerza pública (ejército, armada, fuerza aérea y policía) pueden votar.<br />
• Mayoría simple: Es la mayoría de los votos de los asistentes a las votaciones.<br />
• Mayoría absoluta: Es la mayoría de los miembros <strong>del</strong> Congreso.<br />
• Leyes: Normas escritas que se aplican con carácter general en todo el territorio<br />
<strong>colombiano</strong>.