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246 | La organización electoral - Unidad 8 Departamento Nacional de Planeación | 247<br />

La Registraduría<br />

Nacional <strong>del</strong> Estado Civil<br />

La Registraduría Nacional es un órgano de<br />

Es dirigida por el Registrador<br />

rango constitucional previsto en el artículo<br />

General <strong>del</strong> Estado Civil, quien<br />

120 de la Carta Política como parte<br />

es escogido por los presidentes de<br />

integrante de la organización electoral.<br />

Su responsabilidad consiste en dirigir<br />

y organizar las elecciones y todo lo<br />

referente al registro civil y a la identidad<br />

de las personas (art. 266, C.P.).<br />

la Corte Constitucional, la Corte<br />

Suprema de Justicia y el Consejo<br />

de Estado, mediante concurso<br />

de méritos, para un período de<br />

cuatro años.<br />

Para ser Registrador Nacional se<br />

requieren las mismas calidades que<br />

para ser magistrado de la Corte<br />

Suprema de Justicia y no haber<br />

ejercido funciones en cargos directivos<br />

El Registrador puede ser reelegido por<br />

una sola vez y ejercer las funciones que<br />

establece la ley, incluida la dirección<br />

y organización de las elecciones, el<br />

registro civil y la identificación de<br />

en partidos o movimientos políticos<br />

las personas, así como la de celebrar<br />

dentro <strong>del</strong> año inmediatamente<br />

contratos en nombre de la nación, en<br />

anterior a su elección.<br />

los casos que esta última disponga.<br />

Orden central:<br />

Orden desconcentrado:<br />

• Despacho <strong>del</strong> Registrador Nacional <strong>del</strong><br />

• Delegaciones Departamentales<br />

Organización interna<br />

Estado Civil.<br />

de la Registraduría.<br />

• Secretaría General.<br />

• Registradurías Distritales y<br />

• Registraduría Delegada en lo Electoral.<br />

Municipales.<br />

• Registraduría Delegada para el Registro<br />

• Registradurías Auxiliares 1 .<br />

Civil y la Identificación.<br />

• Registraduría <strong>del</strong> Distrito<br />

• Gerencias: de Informática,<br />

Capital.<br />

Administrativa y Financiera, <strong>del</strong><br />

Talento Humano.<br />

• Órganos de asesoría y coordinación (Comité Directivo, Comisión<br />

de Personal, Comité de Coordinación de Control Interno).<br />

• Fondos (Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional <strong>del</strong> Estado<br />

Para saber más<br />

• Las Registradurías Delegadas nacionales son<br />

dependencias que forman parte integral <strong>del</strong> nivel<br />

directivo de la Registraduría Nacional, y tienen<br />

por objeto contribuir de forma inmediata con el<br />

Registrador Nacional en la orientación y conducción<br />

institucional, así como a la formulación de las<br />

políticas de los servicios a su cargo y garantizar la<br />

prestación de los mismos.<br />

1. Aunque sus funciones no están claramente<br />

definidas, a partir de lo dispuesto en el Decreto Ley<br />

1010 de 2000 se interpreta que tienen asignadas<br />

funciones generales, de apoyo, en asuntos<br />

electorales, registro civil e identificación.<br />

Notas claves<br />

En relación con el nivel desconcentrado de la Registraduría<br />

Nacional, es evidente la existencia de registradurías en<br />

el orden territorial (<strong>del</strong>egaciones departamentales,<br />

registradurías distritales y municipales, y la<br />

Registraduría <strong>del</strong> Distrito Capital de Bogotá). En<br />

general, las registradurías a escala territorial son<br />

dependencias desconcentradas de la Registraduría Nacional<br />

<strong>del</strong> Estado Civil, que tienen a su cargo la responsabilidad<br />

y vigilancia de la organización electoral dentro de su<br />

jurisdicción; así mismo, se encargan de la identificación<br />

de las personas en su territorio y de la organización de los<br />

procesos electorales dentro <strong>del</strong> mismo.<br />

Civil, Fondo Social de Vivienda de la Registraduría Nacional <strong>del</strong><br />

Estado Civil).

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