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222 | La rama judicial - Unidad 6 Departamento Nacional de Planeación | 223 Continuación Integrantes de la rama judicial Consejo Superior de la Judicatura Salas del Consejo Superior de la Judicatura Sala Integrantes Principales temas de su competencia Como órgano, administrativo y disciplinario de la Rama Judicial, el Consejo Superior y los Consejos Seccionales de la Judicatura son los encargados de la administración, gestión y control de la rama judicial. El Consejo Superior de la Judicatura es: “el máximo órgano encargado de la administración de la rama judicial y de ejercer la función disciplinaria en relación con los funcionarios, empleados judiciales y abogados en ejercicio”. ¿Dónde dice? En la Ley 270 de 1996, artículo 79, que lo establece. Administrativa • 6 magistrados • Elegidos para un periodo de 8 años, así: − 1 por la Corte Constitucional, − 2 por la Corte Suprema de Justicia, − 3 por el Consejo de Estado. • Elaborar el proyecto de presupuesto del Consejo. • Elaborar el proyecto del plan de desarrollo de la rama judicial. • Fijar la división del territorio nacional para efectos judiciales. • Reglamentar y administrar la carrera judicial. • Regular, organizar y llevar el registro nacional de abogados y expedir la tarjeta profesional. • Fijar los días y horas de servicio de los despachos judiciales. ¿Dónde dice? A partir de lo señalado en los artículos 254 a 257 de la Constitución Política, y de acuerdo con lo establecido en la Ley Estatutaria de Justicia (Ley 276 de 1996). ¿Dónde dice? Estructura del Poder Público en Colombia, de Libardo Rodríguez R. (2009), 11a. edición, Bogotá D.C.: Temis, p. 158. Jurisdiccional Disciplinaria • 7 magistrados • El Congreso los elige para un periodo de ocho años, a partir de ternas enviadas por el Gobierno Nacional. • Dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre las diferentes jurisdicciones que administran justicia. • Conocer los procesos disciplinarios que se adelantan, entre otros, contra los magistrados de los tribunales y Consejos Seccionales de la Judicatura, y contra el Vicefiscal. Composición ¿Dónde dice? EL Consejo está conformado por 13 magistrados. Los eligen: • la Corte Suprema de Justicia, A partir de lo establecido en el Artículo 254 de la Constitución y en lo dispuesto por la Ley Estatutaria de Justicia. ¿Dónde dice? Ley 270 de 1996, artículo 112. • la Corte Constitucional, • el Consejo de Estado y • el Congreso de la República. ¿Dónde dice? La elección se hace a partir de ternas enviadas por el Gobierno Nacional. ¿Dónde dice? Ley 270 de 1996, artículo 85; Ley 1285 de 2009, artículo 17. DNP-DDTS-GGPT (2009), Manual de Oferta Institucional del Gobierno Nacional hacia las Entidades Territoriales, Bogotá D.C.: Imprenta Nacional de Colombia Tabla elaborada con base en Rodríguez (2009, p. 143-146) y en la Ley 270 de 1996.

222 | La rama judicial - Unidad 6 Departamento Nacional de Planeación | 223<br />

Continuación<br />

Integrantes de la rama judicial<br />

Consejo Superior de la Judicatura<br />

Salas <strong>del</strong> Consejo Superior de la Judicatura<br />

Sala Integrantes Principales temas de su competencia<br />

Como órgano, administrativo y disciplinario de la<br />

Rama Judicial, el Consejo Superior y los Consejos<br />

Seccionales de la Judicatura son los encargados de<br />

la administración, gestión y control de la rama<br />

judicial.<br />

El Consejo Superior de la Judicatura es: “el máximo órgano<br />

encargado de la administración de la rama judicial y de<br />

ejercer la función disciplinaria en relación con los funcionarios,<br />

empleados judiciales y abogados en ejercicio”.<br />

¿Dónde dice?<br />

En la Ley 270 de 1996, artículo 79, que lo<br />

establece.<br />

Administrativa<br />

• 6 magistrados<br />

• Elegidos para un periodo<br />

de 8 años, así:<br />

− 1 por la Corte<br />

Constitucional,<br />

− 2 por la Corte<br />

Suprema de Justicia,<br />

− 3 por el Consejo de<br />

Estado.<br />

• Elaborar el proyecto de presupuesto <strong>del</strong> Consejo.<br />

• Elaborar el proyecto <strong>del</strong> plan de desarrollo de la rama<br />

judicial.<br />

• Fijar la división <strong>del</strong> territorio nacional para efectos<br />

judiciales.<br />

• Reglamentar y administrar la carrera judicial.<br />

• Regular, organizar y llevar el registro nacional de<br />

abogados y expedir la tarjeta profesional.<br />

• Fijar los días y horas de servicio de los despachos<br />

judiciales.<br />

¿Dónde dice?<br />

A partir de lo señalado en los artículos 254 a 257 de la<br />

Constitución Política, y de acuerdo con lo establecido<br />

en la Ley Estatutaria de Justicia (Ley 276 de 1996).<br />

¿Dónde dice?<br />

Estructura <strong>del</strong> Poder Público en Colombia,<br />

de Libardo Rodríguez R. (2009), 11a.<br />

edición, Bogotá D.C.: Temis, p. 158.<br />

Jurisdiccional<br />

Disciplinaria<br />

• 7 magistrados<br />

• El Congreso los elige para<br />

un periodo de ocho<br />

años, a partir de ternas<br />

enviadas por el Gobierno<br />

Nacional.<br />

• Dirimir los conflictos de competencia que<br />

ocurran entre las diferentes jurisdicciones que<br />

administran justicia.<br />

• Conocer los procesos disciplinarios que se<br />

a<strong>del</strong>antan, entre otros, contra los magistrados<br />

de los tribunales y Consejos Seccionales de la<br />

Judicatura, y contra el Vicefiscal.<br />

Composición<br />

¿Dónde dice?<br />

EL Consejo está conformado por 13 magistrados.<br />

Los eligen:<br />

• la Corte Suprema de Justicia,<br />

A partir de lo establecido en el Artículo 254<br />

de la Constitución y en lo dispuesto por la<br />

Ley Estatutaria de Justicia.<br />

¿Dónde dice?<br />

Ley 270 de 1996, artículo 112.<br />

• la Corte Constitucional,<br />

• el Consejo de Estado y<br />

• el Congreso de la República.<br />

¿Dónde dice?<br />

La elección se hace a partir de ternas enviadas por el<br />

Gobierno Nacional.<br />

¿Dónde dice?<br />

Ley 270 de 1996, artículo 85; Ley 1285 de<br />

2009, artículo 17.<br />

DNP-DDTS-GGPT (2009), Manual de Oferta Institucional <strong>del</strong><br />

Gobierno Nacional hacia las Entidades Territoriales, Bogotá D.C.:<br />

Imprenta Nacional de Colombia Tabla elaborada con base en<br />

Rodríguez (2009, p. 143-146) y en la Ley 270 de 1996.

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