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208 | La rama judicial - Unidad 6 Departamento Nacional de Planeación | 209 Continuación Integrantes de la rama judicial /Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo Creados por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. Principales atribuciones Consejo de Estado Composición Es el máximo organismo de lo contencioso-administrativo y actúa como órgano consultivo del Gobierno nacional en asuntos administrativos. Salas del Consejo de Estado Sala Consejeros (Nº) Principales temas de su competencia • Desempeñar las funciones de tribunal supremo de lo contenciosoadministrativo. • Conocer las acciones de nulidad por inconstitucionalidad de los decretos dictados por el Gobierno Nacional, cuya competencia no corresponda a la Corte Constitucional. • Actuar como cuerpo supremo consultivo del Gobierno en asuntos administrativos. Debe ser oído en aquellos casos que la Constitución y las leyes determinen (ejemplos: tránsito de tropas extranjeras por el territorio nacional, o estación o tránsito de buques o aeronaves extranjeras de guerra por el país). • El Consejo de Estado está compuesto por el número impar de magistrados que determine la ley (31 consejeros, a octubre de 2009). • Se divide en salas y secciones para separar las funciones jurisdiccionales de las demás que le asignen la Constitución y la ley. ¿Dónde dice? Constitución Nacional, artículo 236. Plena 31 De lo contenciosoadministrativo 27 • Expedir el reglamento del Consejo; • Elegir Consejeros y Magistrados de los Tribunales Administrativos; • Elegir al Auditor General de la República; • Elegir el reemplazo temporal del Contralor General de la República; • Elegir a los miembros de las ternas para la elección de: magistrados de la Corte Constitucional, Procurador General de la Nación y Contralor General de la República. Sección Consejeros (Nº) Temas que trata Primera 4 Los no asignados a las demás secciones Segunda 6 Laborales Tercera 9 Procesos contractuales y de responsabilidad estatal • Preparar y presentar proyectos de actos reformatorios de la Constitución y proyectos de ley. • Conocer los casos de pérdida de investidura de los congresistas. • Darse su propio reglamento y ejercer la demás funciones que determine la ley. ¿Dónde dice? DNP-DDTS-GGPT (2009). Manual de Oferta Institucional del Gobierno Nacional hacia las Entidades Territoriales, Bogotá D.C.: Imprenta Nacional de Colombia. Tabla elaborada con base en la Ley 270 de 1996 y en Libardo Rodríguez R., (2009). “Estructura del Poder Público en Colombia”. 11a. edición, Bogotá D.C.: Temis. De consulta y servicio civil 4 Cuarta 4 Quinta 4 Asuntos tributarios y de derecho económico Procesos electorales y relativos a la jurisdicción coactiva • Absolver consultas jurídicas que le formule el Gobierno Nacional; • Preparar proyectos de ley y de códigos sobre los temas de interés del Consejo; • Verificar si los candidatos a la Presidencia de la República cumplen con los requisitos constitucionales y expedir la correspondiente certificación; ¿Dónde dice? Constitución Nacional, artículo 237. ¿Dónde dice? Acuerdo 55 de 2003 del Consejo de Estado. De gobierno Presidente y Vicepresidente del Consejo (elegidos por la corporación) y Presidentes de las salas y secciones • Desempeñar las funciones que establezca el reglamento (referentes a los asuntos administrativos internos del Consejo).
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208 | La rama judicial - Unidad 6 Departamento Nacional de Planeación | 209<br />
Continuación<br />
Integrantes de la rama judicial /Jurisdicción<br />
de lo Contencioso-Administrativo<br />
Creados por la Sala Administrativa <strong>del</strong> Consejo Superior de la Judicatura.<br />
Principales atribuciones<br />
Consejo de Estado<br />
Composición<br />
Es el máximo organismo de lo contencioso-administrativo<br />
y actúa como órgano consultivo <strong>del</strong> Gobierno nacional<br />
en asuntos administrativos.<br />
Salas <strong>del</strong> Consejo de Estado<br />
Sala Consejeros (Nº) Principales temas de su competencia<br />
• Desempeñar las funciones de<br />
tribunal supremo de lo contenciosoadministrativo.<br />
• Conocer las acciones de nulidad por<br />
inconstitucionalidad de los decretos<br />
dictados por el Gobierno Nacional, cuya<br />
competencia no corresponda a la Corte<br />
Constitucional.<br />
• Actuar como cuerpo supremo<br />
consultivo <strong>del</strong> Gobierno en asuntos<br />
administrativos. Debe ser oído en aquellos<br />
casos que la Constitución y las leyes<br />
determinen (ejemplos: tránsito de tropas<br />
extranjeras por el territorio nacional, o<br />
estación o tránsito de buques o aeronaves<br />
extranjeras de guerra por el país).<br />
• El Consejo de Estado está compuesto por<br />
el número impar de magistrados que<br />
determine la ley (31 consejeros, a octubre de<br />
2009).<br />
• Se divide en salas y secciones para separar<br />
las funciones jurisdiccionales de las demás<br />
que le asignen la Constitución y la ley.<br />
¿Dónde dice?<br />
Constitución Nacional, artículo 236.<br />
Plena 31<br />
De lo contenciosoadministrativo<br />
27<br />
• Expedir el reglamento <strong>del</strong> Consejo;<br />
• Elegir Consejeros y Magistrados de los Tribunales<br />
Administrativos;<br />
• Elegir al Auditor General de la República;<br />
• Elegir el reemplazo temporal <strong>del</strong> Contralor General de la<br />
República;<br />
• Elegir a los miembros de las ternas para la elección de:<br />
magistrados de la Corte Constitucional, Procurador<br />
General de la Nación y Contralor General de la<br />
República.<br />
Sección<br />
Consejeros<br />
(Nº)<br />
Temas que trata<br />
Primera 4<br />
Los no asignados a las demás<br />
secciones<br />
Segunda 6 Laborales<br />
Tercera 9<br />
Procesos contractuales y de<br />
responsabilidad estatal<br />
• Preparar y presentar proyectos de<br />
actos reformatorios de la Constitución<br />
y proyectos de ley.<br />
• Conocer los casos de pérdida de<br />
investidura de los congresistas.<br />
• Darse su propio reglamento y ejercer la<br />
demás funciones que determine la ley.<br />
¿Dónde dice?<br />
DNP-DDTS-GGPT (2009). Manual de Oferta Institucional <strong>del</strong><br />
Gobierno Nacional hacia las Entidades Territoriales, Bogotá D.C.:<br />
Imprenta Nacional de Colombia.<br />
Tabla elaborada con base en la Ley 270 de 1996 y en Libardo<br />
Rodríguez R., (2009). “Estructura <strong>del</strong> Poder Público en Colombia”.<br />
11a. edición, Bogotá D.C.: Temis.<br />
De consulta<br />
y servicio civil<br />
4<br />
Cuarta 4<br />
Quinta 4<br />
Asuntos tributarios y de<br />
derecho económico<br />
Procesos electorales y<br />
relativos a la jurisdicción<br />
coactiva<br />
• Absolver consultas jurídicas que le formule el Gobierno<br />
Nacional;<br />
• Preparar proyectos de ley y de códigos sobre los temas de<br />
interés <strong>del</strong> Consejo;<br />
• Verificar si los candidatos a la Presidencia de la<br />
República cumplen con los requisitos constitucionales y<br />
expedir la correspondiente certificación;<br />
¿Dónde dice?<br />
Constitución Nacional, artículo 237.<br />
¿Dónde dice?<br />
Acuerdo 55 de 2003 <strong>del</strong> Consejo de Estado.<br />
De gobierno<br />
Presidente y<br />
Vicepresidente <strong>del</strong> Consejo<br />
(elegidos por<br />
la corporación) y Presidentes de<br />
las salas y secciones<br />
• Desempeñar las funciones que establezca el reglamento<br />
(referentes a los asuntos administrativos internos <strong>del</strong><br />
Consejo).