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200 | La rama judicial - Unidad 6 Departamento Nacional de Planeación | 201<br />

Continuación<br />

Integrantes de la rama judicial / Jurisdicción ordinaria<br />

Corte Suprema de Justicia<br />

Es el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria.<br />

La Corte Suprema de Justicia es la más alta instancia de la rama<br />

judicial y le corresponde ser el tribunal de última instancia en el<br />

juzgamiento <strong>del</strong> presidente y los altos funcionarios <strong>del</strong> Ejecutivo,<br />

así como los miembros <strong>del</strong> Congreso.<br />

Atribuciones<br />

• Actuar como Tribunal de Casación.<br />

• Juzgar al Presidente de la República y a los altos funcionarios<br />

de que trata el artículo 174, por cualquier hecho punible que se le imparte.<br />

• Investigar y juzgar a los miembros <strong>del</strong> Congreso.<br />

• Juzgar, previa acusación por hechos punibles<br />

que se les imputen, a…<br />

• Fiscal General de la Nación,<br />

• Ministros <strong>del</strong> despacho,<br />

• Procurador General,<br />

• Defensor <strong>del</strong> Pueblo,<br />

• Agentes <strong>del</strong> Ministerio Público ante la Corte, ante el Consejo de Estado y<br />

ante los tribunales;<br />

• Directores de Departamentos Administrativos,<br />

• Contralor General de la República,<br />

• Embajadores y jefes de la misión diplomática o consular,<br />

• Gobernadores,<br />

• Magistrados de Tribunales,<br />

• Generales, almirantes de la fuerza pública.<br />

• Conocer de todos los negocios contenciosos de los agentes<br />

diplomáticos acreditados ante el gobierno de la Nación, en los casos<br />

previstos por el Derecho Internacional.<br />

• Darse su propio reglamento.<br />

• Las demás atribuciones que señale la ley.<br />

¿Dónde dice?<br />

Artículo 235 de la Constitución Política.<br />

Notas claves<br />

Artículo 174 de la Constitución Política: Corresponde al Senado de la República<br />

conocer de las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra el<br />

Presidente de la República o quien haga sus veces; contra los Magistrados de la Corte<br />

Constitucional, los miembros <strong>del</strong> Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal General de<br />

la Nación, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos. En este caso, conocerá<br />

por hechos y omisiones ocurridos en el desempeño de los mismos.

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