1_Guia Elementos web-elementos basicos del estado colombiano
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170 | La rama ejecutiva o administrativa en el orden territorial - Unidad 5 Departamento Nacional de Planeación | 171<br />
Distritos<br />
Los distritos son entidades territoriales que pueden tener un<br />
régimen administrativo especial, acorde con la magnitud de su<br />
población y sus características especiales de su economía, su<br />
cultura, su turismo y sus realidades geográficas.<br />
Definición y creación<br />
Competencias y funciones<br />
La existencia de los distritos obedece<br />
a la existencia en el país de núcleos<br />
urbanísticos que exceden la dimensión<br />
y el concepto de municipio, lo cual ha<br />
generado un nuevo concepto y una nueva<br />
realidad sociopolítica: las conurbaciones,<br />
la cual exige un mo<strong>del</strong>o de administración<br />
y gestión pública distinta a la de los<br />
municipios: el distrito.<br />
¿Dónde dice?<br />
Constitución Política de Colombia,<br />
(artículos 322 y 238)<br />
Los Distritos tienen simultáneamente las competencias asignadas<br />
por la Constitución y la ley a los departamentos y municipios,<br />
excepto aquellas relacionadas con la función de intermediación<br />
con los municipios y la Nación.<br />
La organización y funcionamiento de los distritos está regulada<br />
por un régimen especial de orden constitucional y legal, cuyas<br />
principales características se presentan en las siguientes páginas.<br />
¿Dónde dice?<br />
Ley 715 de 2001, artículo 75.<br />
Desde el punto de vista administrativo y<br />
jurídico el distrito es una entidad territorial<br />
<strong>del</strong> orden local, creada por la Constitución,<br />
con un régimen peculiar en materia política,<br />
fiscal y administrativa.<br />
Distritos<br />
¿Cuáles son los distritos?<br />
Actualmente existen cinco distritos en el país: el Distrito Distrito Capital de Bogotá,<br />
el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias; el Distrito Turístico, Cultural e<br />
Histórico de Santa Marta; el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla y el<br />
Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura.<br />
Originalmente, la Constitución de 1991 previó los distritos de Bogotá, Cartagena y<br />
Santa Marta. Sin embargo, mediante actos legislativos se crearon los nuevos distritos de<br />
Barranquilla y Buenaventura.<br />
Por medio <strong>del</strong> Acto Legislativo 02 de 2007 se crearon seis nuevos distritos: Turbo,<br />
Buenaventura, Tumaco, Popayán, Tunja y Cúcuta; sin embargo, un fallo de la Corte<br />
Constitucional –mediante Sentencia C-033/2009– dejó en firme únicamente la creación<br />
<strong>del</strong> distrito de Buenaventura.<br />
Su período es de<br />
cuatro (4) años,<br />
sin posibilidad<br />
de reelección<br />
inmediata.