1_Guia Elementos web-elementos basicos del estado colombiano
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168 | La rama ejecutiva o administrativa en el orden territorial - Unidad 5 Departamento Nacional de Planeación | 169<br />
Continuación<br />
Quién integra la Rama Ejecutiva en el Orden Territorial /<br />
Municipios / Autoridades municipales / Alcalde<br />
Revocatoria <strong>del</strong> mandato<br />
Los alcaldes, al igual que los gobernadores, pueden perder su cargo al ser<br />
objeto de la revocatoria <strong>del</strong> mandato, de acuerdo con lo estipulado en las leyes<br />
131 y 134 de 1994, que legislaron el voto programático y los mecanismos de<br />
participación ciudadana, respectivamente.<br />
Estas leyes establecen los requisitos y procedimientos para que, mediante<br />
votación popular, se le pueda revocar el mandato al gobernante local que<br />
no cumpla con los programas de desarrollo económico y social descritos en su<br />
programa de gobierno, que es el insumo esencial para la elaboración <strong>del</strong> Plan<br />
de Desarrollo Municipal.<br />
Palabras claves<br />
• Plan de desarrollo. Es el instrumento de planeación que deben<br />
elaborar el Gobierno Nacional y los gobiernos de las entidades<br />
territoriales para orientar el desarrollo de sus respectivos territorios.<br />
¿Dónde dice?<br />
Constitución Política de Colombia, artículos 339 a 344 y<br />
Ley Orgánica <strong>del</strong> Plan de Desarrollo (Ley 152 de 1994).<br />
Para saber más<br />
En relación con la falta absoluta <strong>del</strong> alcalde, la Constitución<br />
establece que si la falta absoluta se presenta a más de 18 meses de la<br />
terminación <strong>del</strong> período constitucional, se elegirá popularmente un<br />
nuevo alcalde para cumplir con el tiempo que reste.<br />
En caso de que la falta absoluta se presente a menos de 18 meses<br />
de terminar su período constitucional, el gobernador designará un<br />
alcalde para lo que reste <strong>del</strong> período, respetando el partido, grupo<br />
político o coalición por el cual fue inscrito el alcalde elegido.<br />
¿Dónde dice?<br />
Constitución Política de Colombia, artículo 314,<br />
modificado por el Acto Legislativo 02 de 2002.<br />
Para saber más<br />
Sobre la elaboración <strong>del</strong> Plan de desarrollo consultar la guía “Planeación para el desarrollo integral en las<br />
entidades territoriales. El plan de desarrollo 2012-2015” elaborada bajo la coordinación editorial <strong>del</strong> DNP y<br />
publicada en la serie de Guías para la Gestión Pública Territorial (2011).