1_Guia Elementos web-elementos basicos del estado colombiano
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114 | La rama ejecutiva o administrativa en el orden nacional - Unidad 4 Departamento Nacional de Planeación | 115<br />
Continuación<br />
¿Quién integra la rama ejecutiva? / Organización<br />
de la administración pública nacional<br />
Organización<br />
Establecimientos públicos<br />
Los establecimientos públicos, junto con las empresas<br />
industriales y comerciales <strong>del</strong> Estado y las sociedades de<br />
economía mixta conforman el grupo de las llamadas entidades<br />
descentralizadas, las cuales son una expresión de la descentralización<br />
especializada o por servicios, en la cual, como se expuso en el capítulo 2, el<br />
poder central se entrega por mandato legal a una persona jurídica pública<br />
creada para el efecto, con el objetivo que atienda exclusivamente el servicio<br />
y se especialice en su prestación.<br />
Los establecimientos públicos están conformados por una dirección, a cargo<br />
de un director quien es el representante legal de la entidad, y una Junta<br />
o Consejo Directivo el cual es un órgano colegiado y <strong>del</strong>iberante que se encuentra<br />
en cabeza <strong>del</strong> establecimiento; el presidente de la Junta es el Ministro o Director de<br />
Departamento Administrativo al cual está adscrito.<br />
Con base en Rodríguez (2009), en el siguiente organigrama se ilustra la estructura mo<strong>del</strong>o<br />
de un establecimiento público:<br />
Órganos<br />
de asesoría y<br />
coordinación<br />
Junta o Consejo Directivo<br />
Despacho <strong>del</strong> Gerente, Director o Presidente<br />
Definición<br />
Comités y<br />
Comisiones<br />
Oficina Jurídica<br />
Secretaría General<br />
Oficina de Planeación<br />
Oficina de Control Interno<br />
Los establecimientos públicos son organismos<br />
encargados principalmente de atender funciones<br />
administrativas y de prestar servicios públicos<br />
conforme a las reglas de derecho público, que reúnen las<br />
Subgerencia o Subdirección<br />
Subgerencia o Subdirección<br />
siguientes características:<br />
Divisiones<br />
Divisiones<br />
Personería Jurídica: sujeto de derechos y obligaciones.<br />
Autonomía administrativa: facultad para manejarse<br />
a sí misma, en el marco de la Constitución y la ley.<br />
Regionales<br />
Patrimonio independiente: constituido con bienes o<br />
fondos públicos comunes o con el producto de impuestos,<br />
tasas o contribuciones de destinación especial.<br />
Gerencia o Dirección Regional<br />
Gerencia o Dirección Regional<br />
¿Dónde dice?<br />
Rodríguez R., Libardo (2009). “Estructura <strong>del</strong> Poder Público en<br />
Colombia”. 11a. edición, Editorial TEMIS, Bogotá D.C.<br />
¿Dónde dice?<br />
Ley 489 de 1998, artículo 70.<br />
Grupos de Trabajo<br />
Fuente: Elaboración DNP-DDTS-GGPT (2009), con base en Rodríguez (2009, p. 99 y ss).<br />
Grupos de Trabajo