GACETA MUNICIPAL
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />
suscripción del contrato por parte del contratista.<br />
DECIMA SEGUNDA: INTERVENTORÍA, VIGILANCIA Y<br />
CUMPLIMIENTO: La Supervisión, vigilancia,<br />
instalación y verificación del funcionamiento de los<br />
equipos objeto del presente contrato, estará a cargo<br />
de la SECRETARIA DE PLANEACION a través del<br />
funcionario DIEGO DUQUE adscrito a la Oficina de<br />
Sistemas DECIMA TERCERA: TERMINACIÓN Y<br />
LIQUIDACIÓN: El presente contrato se dará por<br />
terminado en los siguientes eventos: 1) Por extinción<br />
del plazo pactado para la ejecución;2) Por acuerdo de<br />
las partes. 3) Por caso fortuito o de fuerza mayor<br />
debidamente comprobados. Terminado el contrato se<br />
procederá a su liquidación en el término de 30 días o de<br />
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley<br />
1150 del 2007. DECIMA CUARTA. PUBLICACIÓN: El<br />
presente contrato se entenderá publicado con el recibo<br />
de pago de la Gaceta Municipal. DECIMA QUINTA.-<br />
PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente<br />
contrato, para su perfeccionamiento, requiere la firma de<br />
los representantes legales de cada una de las partes, y<br />
para su ejecución, que EL CONTRATISTA haya<br />
presentado la póliza de garantía única, la Resolución<br />
aprobatoria de la misma por parte de la Oficina Jurídica,<br />
el Recibo de Pago de la Publicación en el Gaceta<br />
Municipal y los certificados de Disponibilidad y Registro<br />
Presupuestal. DECIMA SEXTA.- DOMICILIO: Para todos<br />
los efectos del presente contrato, la partes fijan como<br />
domicilio la ciudad de Guadalajara de Buga,<br />
Departamento del Valle del Cauca.<br />
Para constancia se firma en el Municipio de Guadalajara<br />
de Buga, a los 25 días del mes de julio de dos mil ocho<br />
(2008).<br />
POR EL MUNICIPIO<br />
FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO<br />
Alcalde Municipal<br />
CONTRATISTA<br />
LAURENCE LARA GÓMEZ<br />
CONTRATO DE APOYO A LA GESTION No. SAF- 014<br />
-2.008<br />
Entre los suscritos a saber. FREDY HERNANDO<br />
LIBREROS HENAO, mayor de edad, vecino de<br />
Guadalajara de Buga, identificado con la cédula de<br />
ciudadanía 14.883.632 expedida en Buga (Valle),<br />
Alcalde del Municipio de Guadalajara de Buga, según<br />
acta de posesión del 31 de Diciembre de 2007, de la<br />
Notaria 2ª del circulo de Buga. MARTHA LILIANA COBO<br />
VALENS, identificada con la cédula de ciudadanía No<br />
38.865.735 expedida en Buga (Valle), quien desempeña<br />
el cargo de Secretaria de Agricultura y Fomento<br />
quienes se denominarán el CONTRATANTE y JULIO<br />
CESAR CAMELO CARDONA identificado con la cédula<br />
de ciudadanía No 70.081.321 de Medellín, quien en<br />
adelante se denominará el CONTRATISTA, hemos<br />
celebrado la presente contrato de apoyo a la gestión que<br />
se regirá por la siguientes cláusulas. CLÁUSULA<br />
PRIMERA.- OBJETO: Realizar en el Municipio de<br />
Guadalajara de Buga el servicio de guadañada corte y<br />
recogido de césped en el Lineal de la Policía, separador<br />
calle 1ª carrera 17, portales del río, Lineal de la Merced,<br />
Parque Bolívar, Glorieta y Triangulo Cra 16 Calle 1ª sur,<br />
Separador de Conalvidrios, Separador calle 2 Cra 18 y<br />
19, y AV. Los Cauchos. CLÁUSULA SEGUNDA.-<br />
PLAZO: El plazo para desarrollar las actividades<br />
mencionadas en el presente contrato de apoyo a la<br />
gestión será de Quince (15) días, después de la firma y<br />
perfeccionamiento de la misma. CLÁUSULA TERCERA.-<br />
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 1º) Cumplir<br />
eficazmente las actividades objeto del presente contrato<br />
de apoyo a la gestión y las que se generen de acuerdo<br />
con la naturaleza de estos servicios. 2º) Conservar su<br />
autonomía e iniciativa en las gestiones profesionales y/o<br />
actividades encomendadas. 3º) Cumplir con las demás<br />
obligaciones inherentes a la naturaleza del contrato. 4.)<br />
Se obliga al CONTRATISTA presentar al Municipio<br />
certificación sobre sus afiliaciones a seguridad social<br />
(Salud, Riesgos Profesionales y A.R.P) como Requisito<br />
de procedimiento de este contrato en cumplimiento al<br />
artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. CLÁUSULA<br />
CUARTA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: 1º)<br />
El Municipio deberá suministrar la información necesaria<br />
que ayude a la coordinación y ejecución de actividades<br />
que lo requieran. CLAUSULA QUINTA.- VALOR: El<br />
presente contrato de apoyo a la gestión tendrá un valor<br />
de Un Millón cuatrocientos mil pesos ($ 1.400.000),<br />
dineros que serán cancelados una vez el contratista<br />
cumpla con las actividades programadas en el período y<br />
sustentadas con los informes presentados a la Secretaría<br />
de Agricultura y Fomento previo visto bueno del<br />
interventor del contrato de apoyo a la gestión.<br />
CLÁUSULA SEXTA: RELACIÓN LABORAL: La<br />
celebración de este contrato de apoyo a la gestión no<br />
constituye para ninguna de las partes vinculación laboral<br />
alguna. CLÁUSULA SEPTIMA: INTERVENTORIA: El<br />
presente contrato de apoyo a la gestión será objeto de<br />
Supervisión por parte de la Secretaria de Agricultura y<br />
fomento Municipal, o su delegada que será la<br />
Doctora ROSE MARIE GARCIA AYALA Técnica ( E )<br />
de parques y zonas verdes, o quien ejecute sus<br />
funciones reservándose el derecho de proceder en<br />
dicha interventora durante la ejecución de las<br />
actividades y/o al concluir las actividades por parte del<br />
contrato, o darlas por terminadas en cualquier momento<br />
por incumplimiento en la ejecución del contrato por<br />
parte del contratista. CLÁUSULA OCTAVA.-<br />
95