GACETA MUNICIPAL
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
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<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />
el señor JUAN MIGUEL ZULUAGA GOMEZ, mayor de<br />
edad, identificado con la cédula de Ciudadanía<br />
No,75036767 expedida en Anserma (Caldas), quien se<br />
denominará EL CONTRATISTA, hemos celebrado el<br />
presente contrato, que se regirá por las siguientes<br />
cláusulas: PRIMERA.- OBJETO: la Previsora SA se<br />
compromete para con el Municipio a suministrar los<br />
seguros obligatorios para los siguientes vehículos: OOC<br />
001, OOC 002, NI 0358, ON 5432, IVQ 84, TNT 26A,<br />
OOC 039, GVS 50A, según cotización presentada.<br />
SEGUNDA.- VALOR: el presente contrato de Compra<br />
venta tendrá un valor de DOS MILLONES<br />
NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL<br />
DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE (2.954.289.oo)<br />
PESOS MCTE, los cuales serán cancelados a la entrega<br />
de las pólizas de seguros obligatorios objeto de este<br />
contrato, previa certificación de recibo a entera<br />
satisfacción de la secretaria de desarrollo Institucional.<br />
TERCERA.- DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: El<br />
Municipio certifica a través de la Secretaria de Hacienda,<br />
que Existe Disponibilidad Presupuestal No.2008001067<br />
del 23 de Mayo de 2008. CUARTA.- RELACION<br />
LABORAL: La celebración de este contrato no constituye<br />
para ninguna de las partes Vinculación laboral alguna.<br />
QUINTA.- INTERVENTORIA: El presente contrato será<br />
objeto de interventora, por parte del secretario de<br />
despacho de la Secretaria de Desarrollo Institucional.<br />
SEXTA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES<br />
DEL CONTRATISTA: Bajo la gravedad de juramento el<br />
contratista manifiesta no estar incurso dentro de ninguna<br />
inhabilidad e incompatibilidad para contratar. SEPTIMA.-<br />
CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: En el presente<br />
contrato se entienden incorporadas las cláusulas por<br />
interpretación, modificación, terminación y liquidación<br />
unilateral del Contrato, como también la caducidad del<br />
mismo, previo agotamiento de los procedimientos de<br />
arreglo directo, conciliación o arbitramiento, según lo<br />
establece el Estatuto General de Contratación de la<br />
Administración Pública. OCTAVA.- PLAZO: Para efectos<br />
legales y fiscales se estima un plazo de unos quince (15)<br />
días, contados a partir de la firma del contrato.<br />
NOVENA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES:<br />
El proveedor declara bajo la gravedad de juramento, no<br />
encontrarse incurso en ninguna de las causales de<br />
inhabilidad e incompatibilidad de que trata el artículo 8o.<br />
de la Ley 80 de 1993, el articulo 18 de la ley 1150 del<br />
2007, juramento que se entiende prestado con<br />
suscripción del contrato por parte del proveedor.<br />
DECIIMA.- LIQUIDACION DEL CONTRATO: El presente<br />
contrato se liquidará conforme al artículo 11 de la ley<br />
1150/07. DECIMA PRIMERA.- PERFECCIONAMIENTO:<br />
El presente contrato requiere para su perfeccionamiento<br />
de los siguientes documentos: a) Publicación del contrato<br />
en la Gaceta Municipal. B) El presente contrato se<br />
entenderá perfeccionado con las firmas de las partes y<br />
como domicilio la ciudad de Guadalajara de Buga,<br />
Departamento del Valle del cauca, para su ejecución la<br />
presentación del certificado y registro presupuestal por<br />
parte del contratante.<br />
Para constancia se firma en Guadalajara de Buga, a los<br />
24 días del mes de Junio de 2008.<br />
POR EL MUNICIPIO<br />
FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO<br />
Alcalde Municipal<br />
CONTRATISTA<br />
JUAN MIGUEL ZULUAGA GÓMEZ<br />
CONTRATO DE COMPRAVENTA SEM- 013<br />
Entre los suscritos a saber, FREDDY HERNANDO<br />
LIBREROS HENAO, mayor de edad y vecino de la<br />
ciudad de Guadalajara de Buga, portador de la cédula de<br />
ciudadanía Nº 14.883.632 de Buga (Valle), en su calidad<br />
de Alcalde Municipal, ordenador del gasto y la<br />
contratación y obrando en representación del MUNICIPIO<br />
DE GUADALAJARA DE BUGA, quien para los efectos<br />
del presente contrato se denominará EL<br />
CONTRATANTE y VIAJES GUADALAJARA LIMITADA,<br />
NIT.No.891.302.039-6, representada legalmente por la<br />
señora MARIA TERESA RENGIFO GRANOBLES,<br />
mayor de edad, vecina de la ciudad de Guadalajara de<br />
Buga, identificada con cédula de ciudadanía<br />
Nº.29.282.837, expedida en Buga (Valle), quien en<br />
adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos<br />
acordado CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO que<br />
se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA.-<br />
OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del presente<br />
contrato es la compraventa de tres tiquetes aéreos para<br />
vuelo Nacional, de los cuales dos tiquetes son para dos<br />
Docentes adscritos a la planta de cargos Docentes del<br />
Municipio de Guadalajara de Buga, Licenciado OSCAR<br />
EDUARDO LOPEZ GARCIA y Licenciado RICARDO<br />
BARBOSA MESA, quienes representaran al Municipio de<br />
Guadalajara de Buga y al Departamento del Valle del<br />
Cauca, como ponentes en el IX Congreso Nacional de<br />
Informática Educativa, Redes, Comunidades Aprendizaje<br />
y Tecnología Móvil, y el otro tiquete para una Directora de<br />
Núcleo Educativo adscrita a la planta de cargos<br />
Directivos Docentes del Municipio de Guadalajara de<br />
Buga, la Licenciada ELVIA ELIRA QUIÑONES CORTES,<br />
quien Asistirá al IX Congreso Nacional de Informática<br />
Educativa, Redes, Comunidades Aprendizaje y<br />
Tecnología Móvil y al Taller de Entidades Territoriales-<br />
Programa Nacional de Uso de Medios y Tecnologías de<br />
la Información y la Comunicación, a la ciudad de<br />
Barranquilla los días 9,10 y 11 de julio de 2008,<br />
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