GACETA MUNICIPAL
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />
contratación y obrando en representación del MUNICIPIO<br />
DE GUADALAJARA DE BUGA, quien para los efectos<br />
del presente contrato se denominará EL MUNICIPIO, por<br />
una parte, y por otra parte la firma comercial,<br />
IMPORSYSTEM con Nit. No.14.892.050-6, representada<br />
legalmente por el señor DALADIER GIRALDO OSPINA,<br />
mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía<br />
No. 14.892.050-6 expedida en Buga (Valle), quien para<br />
efectos del presente contrato, se denominará EL<br />
VENDEDOR, hemos celebrado el presente contrato DE<br />
COMPRAVENTA el cual se regirá por las siguientes<br />
clausulas: GENERALES :PRIMERA: Constituyen<br />
derechos y deberes generales del COMPRADOR, los<br />
contenidos en el articulo cuarto de la Ley 80 de 1993.<br />
SEGUNDA: Constituyen derechos y deberes del<br />
VENDEDOR, los contenidos en el articulo quinto de la<br />
Ley 80 de 1993. TERCERA: El presente contrato se rige<br />
en su procedimiento, por los principios de la selección<br />
objetiva, responsabilidad, y transparencia y economía.<br />
ESPECIALES: PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO:<br />
EL VENDEDOR se compromete para con EL<br />
COMPRADOR a vender implementos de oficina para<br />
tres (3) Instituciones Educativas Oficiales del Municipio<br />
de Guadalajara de Buga, las cuales fueron beneficiadas<br />
con el programa de Computadores para Educar, de<br />
acuerdo a cotizaciones, las cuales hacen parte integral<br />
de este contrato. PARAGRAFO I: para efectos de cumplir<br />
con los principios de la función administrativa, la entidad<br />
procedió a sustentar la solicitud de 4 cotizaciones que<br />
suministran los materiales relacionados como son: 41<br />
reguladores, 45 mesas con soporte para CPU, recibidas<br />
por la firma Comercial Compucenter Soluciones<br />
Informaticas, por valor de $6.080.000.oo, por la firma<br />
CRN Sistemas de Occidente, por un valor de<br />
$6.870.000.oo, por la firma Compujireh por un valor de<br />
$6.694.000.oo, por la firma Imporsystem por un valor<br />
de $5.650.000.oo,requeridas para dar cumplimiento al<br />
objeto del contrato, escogiéndose a la entidad,<br />
IMPORSYSTEM, por ser la más favorable en sus precios<br />
y que cumple para la entidad los fines que ella busca.<br />
Teniendo en cuenta los proyectos denominados<br />
“ASISTENCIA PROGRAMA SISTEMA DE<br />
INFORMACION EN EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA<br />
DE BUGA No. 20070761110156 y “DOTACIÓN<br />
INSTITUCIONES EDUCATIVAS EN EL MUNICIPIO DE<br />
GUADALAJARA DE BUGA No. 20070761110153,<br />
expedidos por la Secretaria de Planeación Municipal.<br />
CLAUSULA SEGUNDA: VALOR DEL CONTRATO: EL<br />
MUNICIPIO pagará AL VENDEDOR la suma de CINCO<br />
MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA PESOS<br />
($5.650.000.oo) MCTE, incluido el IVA, como valor total<br />
del contrato. CLAUSULA TERCERA: FORMA DE<br />
PAGO: El valor del presente contrato de Compraventa<br />
será cancelado con certificación de Ingreso de almacén<br />
y acta de salida de los elementos adquiridos.<br />
CLÁUSULA CUARTA.- IMPUTACION: El valor total del<br />
presente contrato será imputado a los rubros, No.<br />
23090201010101.02102, No.23090201010101.06101,<br />
Disponibilidad No.2008001048, de fecha 20.05.2008,<br />
Dotación Instituciones Educativas, y al rubro No.<br />
23090201021101.02102, Disponibilidad No.20080001050<br />
de fecha 20.05.2008 Asistencia Programa Sistemas de<br />
Información, emitidos por la Secretaria de Hacienda<br />
Municipal y que hacen parte de este documento.<br />
CLAUSULA QUINTA.- PLAZO: El presente contrato<br />
tendrá una duración de 8 días contados a partir de la<br />
fecha de su perfeccionamiento. CLAÚSULA SEXTA.-<br />
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El<br />
contratista declara bajo la gravedad del juramento que no<br />
se haya incurso dentro de las causales de inhabilidad e<br />
incompatibilidad o prohibición previstas en la Constitución<br />
y en la ley. SEPTIMA.- CESION: EL VENDEDOR no<br />
podrá ceder en todo ni en parte este contrato sin previa<br />
autorización escrita del MUNICIPIO. CLÀUSULA<br />
OCTAVA.- CLAUSULAS EXCEPCIONALES: Se<br />
entienden incorporadas al presente contrato las clausulas<br />
excepcionales de terminación, interpretación y<br />
modificación unilateral y de caducidad en los términos<br />
señalados en la Ley 80 de 1993. CLAUSULA NOVENA.-<br />
PENAL: En caso de incumplimiento de cualquiera de las<br />
obligaciones estipuladas en este contrato por parte del<br />
VENDEDOR, dará derecho al COMPRADOR a imponer<br />
sanciones equivalentes hasta por un veinte por ciento<br />
(20%) del valor del contrato. CLAUSULA DECIMA.-<br />
CLAUSULA DE MULTAS: En caso de mora o<br />
incumplimiento parcial o total de las obligaciones<br />
contractuales por parte del VENDEDOR, éste autoriza<br />
expresamente mediante el presente documento a EL<br />
MUNICIPIO para efectuar su tasación y cobro, previo<br />
requerimiento del 10% del valor del mismo. La liquidación<br />
de estas multas la efectuara EL MUNICIPIO y su cobro<br />
se hará descontando el valor de las mismas, de los<br />
pagos parciales y / o finales sea el caso. CLAUSULA<br />
DECIMA PRIMERA.- VIGILANCIA Y CUMPLIMIENTO:<br />
La Secretaria de Educación Municipal, a través del<br />
Secretario de Educación Municipal, Licenciado Julio<br />
Alberto Molina Sánchez, o quien ejerza sus funciones<br />
supervisará la debida ejecución y cumplimiento del objeto<br />
pactado en el presente contrato, por parte del<br />
VENDEDOR. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.-<br />
GARANTIAS: EL VENDEDOR presentará a favor del<br />
COMPRADOR, Póliza de Garantía Única, la cual<br />
deberá amparar los siguientes riesgos: a) DE<br />
CUMPLIMIENTO: Equivalente al diez por ciento (10%)<br />
del valor del contrato, con una vigencia igual a la<br />
duración del contrato y cuatro (4) meses más, b) DE<br />
CALIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS,<br />
equivalente al veinte (20%) del valor del contrato, con<br />
una vigencia igual al plazo del mismo y tres meses más.<br />
CLAUSULA DECIMA TERCERA.- PUBLICACION Y<br />
PERFECCIONAMIENTO: El presente contrato se da por<br />
perfeccionado con la firma de los contratantes debiendo<br />
presentar EL VENDEDOR el correspondiente recibo de<br />
pago de los derechos de publicación en la Gaceta<br />
Municipal, y para su ejecución requerirá de la<br />
presentación y aprobación de la Póliza de Garantía Única<br />
y de la existencia de la Disponibilidad y registro<br />
presupuestal correspondientes. CLAUSULA DECIMA<br />
CUARTA.- APORTES PARAFISCALES: EL<br />
CONTRATISTA deberá cumplir con lo estipulado en el<br />
82