GACETA MUNICIPAL
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
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<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />
CONTRATISTA<br />
MAX WEINBERG GREGOROWIUS<br />
CONTRATO NÚMERO: 027 - 2008.<br />
WILLIAM ROMERO QUINTERO, mayor de edad, vecino<br />
de Guadalajara de Buga, identificado con la cédula de<br />
ciudadanía número 14.884.334, expedida en Guadalajara<br />
de Buga, actuando en calidad de Gerente Encargado de<br />
LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL<br />
DIVINO NIÑO, cargo para el que fue nombrado mediante<br />
el Decreto DAM - 082 – 2008, del Treinta (30) de Abril<br />
de Dos Mil Ocho (2008), y aceptado por medio de la<br />
Diligencia de Posesión No. 042 del Treinta (30) de<br />
Abril de Dos Mil Ocho (2008), quien para los efectos de<br />
este documento se denominará EL HOSPITAL de una<br />
parte y por la otra HERNAN OLMEDO VOLVERAS,<br />
domiciliado en la ciudad de Santiago de Cali Valle,<br />
identificado con la Cédula de Ciudadanía No.<br />
16.639.273., obrando en su carácter de Representante<br />
Legal de LA COOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO<br />
PARA LA INVESTIGACION Y PROMOCION DE LA<br />
SALUD “COMEDICA.”, inscrita en la Superintendencia<br />
de Salud bajo el Numero R005 – 2000 – AVC de Agosto<br />
25 de 2000, y con Resolución No. 02549 de 2007,<br />
emanada del Ministerio de la Protección Social, Dirección<br />
Territorial Valle del Cauca, con domicilio principal en el<br />
Municipio de Cali Valle, Nit No. 800.139.819-5, quien en<br />
adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos<br />
acordado celebrar el presente contrato se regirá por las<br />
siguientes cláusulas y en lo no previsto en ellas, por las<br />
normas pertinentes del Código Civil, Código de Comercio<br />
y la Ley 100 de 1993: PRIMERA. OBJETO. EL<br />
CONTRATISTA, en su calidad de institución prestadora<br />
de servicios de salud organizada en procesos y<br />
subprocesos, se obliga para con EL HOSPITAL a prestar<br />
mediante su personal de médicos, auxiliares de<br />
enfermería y demás personas asociadas que se<br />
requieran para ejecutar los trabajos, las actividades y<br />
servicios que EL HOSPITAL requiera o que se hayan<br />
pactado con las EPS - S, los cuales deben realizarse de<br />
conformidad con las condiciones y cláusulas adicionales<br />
del presente documento y que específicamente son los<br />
siguientes servicios: Urgencias, Promoción y Prevención,<br />
Atención Médica Ambulatoria, Atención Hospitalaria de<br />
menor complejidad (incluye atención del parto),<br />
Procedimientos Médico-Quirúrgicos de menor<br />
complejidad, Salud Oral, Laboratorio y suministro de los<br />
alimentos a los pacientes hospitalizados, según dietas<br />
enviadas por ordenes medicas, mantenimiento<br />
hospitalario y demás actividades y servicios que EL<br />
HOSPITAL requiera. PARÁGRAFO PRIMERO. Se<br />
incluyen las actividades de Detección temprana y<br />
protección específica establecidas por las normas y que<br />
corresponden al Primer Nivel de Atención, que se<br />
programen de acuerdo a metas concertadas con EL<br />
HOSPITAL. PARÁGRAFO SEGUNDO.- EL<br />
CONTRATISTA Proporcionará los servicios de apoyo<br />
Administrativo y Logístico concerniente a la prestación de<br />
los servicios personales requeridos para desarrollar<br />
adecuadamente los servicios objeto del presente<br />
contrato. PARÁGRAFO TERCERO.- Los materiales,<br />
insumos, elementos de aseo, cafetería, gastos generales<br />
de cualquier índole, dotaciones y equipamientos de<br />
oficinas administrativas, servicios públicos, impuestos no<br />
relacionados con servicios personales, serán asumidos<br />
por EL HOSPITAL, siendo compromiso del<br />
CONTRATISTA analizar con EL HOSPITAL aquellos<br />
rubros en los cuales el personal asignado por EL<br />
CONTRATISTA participa en el consumo, con el objeto<br />
de controlar los costos y gastos a cargo del HOSPITAL.<br />
SEGUNDA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. EL<br />
CONTRATISTA se obliga a: a) Cumplir en forma eficiente<br />
y oportuna los servicios encomendados como también<br />
aquellas obligaciones que se generen de acuerdo con la<br />
naturaleza de los servicios contratados; b) EL<br />
CONTRATISTA se compromete en asumir a su costo,<br />
las incapacidades de Uno (01) a Tres (03) días, siempre<br />
y cuando éstas hayan sido expedidas por la EPS a la<br />
cual se haya inscrito el asociado y teniendo como base el<br />
ingreso con el cual fue afiliado a la misma; c) Establecer<br />
y aplicar mecanismos administrativos de evaluación de<br />
rendimiento del personal contratado para la ejecución del<br />
contrato; d) Exigir a sus asociados, la presentación de<br />
Una (01) Copia de la Póliza de Responsabilidad Civil<br />
Profesional para Médicos, Odontólogos, Enfermeras,<br />
Terapista Respiratoria, Bacteriólogos, Auxiliares de<br />
Enfermería, Citología y Manipulador de Alimentos, las<br />
cuales deberán acompañar la Factura de Venta de los<br />
Servicios del CONTRATISTA, constituyéndose en<br />
requisito esencial para el pago de los servicios antes<br />
mencionados; e) Concurrir junto con su personal a la<br />
responsabilidad de custodiar los bienes propiedad del<br />
HOSPITAL, por las actividades propias del servicio no<br />
deban salir de la Institución sin previa autorización y salir<br />
al saneamiento en caso de perdida por razones<br />
atribuibles a sus Asociados; f) EL CONTRATISTA<br />
cancelará oportunamente sus obligaciones para con sus<br />
asociados y las entidades de seguridad social que los<br />
cobijen, con el fin que la prestación de los servicios aquí<br />
contratados, no se vean interrumpidos; g) Afiliar a un<br />
Sistema General de Seguridad Social por un término no<br />
menor a Un (01) mes, a todos sus Asociados que utilice<br />
para el cumplimiento del objeto contractual, de acuerdo<br />
al articulo 161 de la ley 100 de 1993 “Deberes de los<br />
Empleadores” h) Presentar mensualmente, en un periodo<br />
no mayor al establecido por el Departamento Financiero,<br />
la factura por servicios prestados durante el mes; i)<br />
Cumplir las demás obligaciones inherentes a la<br />
naturaleza de contrato; j) EL CONTRATISTA se obliga a<br />
reemplazar con personal de su planta a la persona o<br />
personas que temporalmente se ausenten de su labor por<br />
cualquier causa justificada. PARÁGRAFO PRIMERO: En<br />
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