GACETA MUNICIPAL
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />
laboral alguna (artículo 32o. numeral 3o. inciso 2o. de la<br />
Ley 80 de 1993. OCTAVA.- MODIFICACIONES: Los<br />
cambios y modificaciones substanciales en el objeto del<br />
contrato, deberán realizarse de común acuerdo entre las<br />
partes contratantes, mediante constancia escrita.<br />
NOVENA.- CLÁUSULA EXCEPCIONAL: En este<br />
contrato se entienden incorporadas las cláusulas<br />
exorbitantes de interpretación, modificación y terminación<br />
unilateral del contrato, como la declaratoria de caducidad,<br />
previo agotamiento de las vías de arreglo directo de las<br />
controversias contractuales de conciliación, transacción<br />
y arbitramento, artículo 15 y s.s. de la Ley 80 de 1993<br />
del Estatuto General de Contratación Administrativa.<br />
DECIMA.- CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso<br />
de incumplimiento de las obligaciones contraídas por EL<br />
CONTRATISTA, EL MUNICIPIO impondrá sanciones<br />
equivalentes hasta por el veinte por ciento (20%) del<br />
valor del contrato, mediante resolución motivada,<br />
haciéndose efectiva la póliza de garantía. DECIMA<br />
PRIMERA.- INHABILIDADES E<br />
INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA declara<br />
bajo la gravedad de juramento no encontrarse incurso en<br />
ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades de<br />
que trata el artículo 8o. de la Ley 80 de 1993., Juramento<br />
que se entiende prestado con la suscripción del contrato<br />
por parte del contratista. DECIMA SEGUNDA.-<br />
INTERVENTORÍA, VIGILANCIA Y CUMPLIMIENTO: La<br />
Supervisión, vigilancia y cumplimiento sobre la ejecución<br />
del presente contrato, estará a cargo de la<br />
SECRETARIA DE BIENESTAR SOCIAL Y<br />
DESARROLLO COMUNITARIO o quien ejerza sus<br />
funciones para lo cual, EL CONTRATISTA deberá<br />
presentar informes sobre las actividades realizadas.<br />
DECIMA TERCERA.- TERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN:<br />
El presente contrato se dará por terminado en los<br />
siguientes eventos: 1) Por extinción del plazo pactado<br />
para la ejecución; 2) A solicitud debidamente sustentada<br />
por alguna de las partes para lo cual se debe suscribir<br />
acta donde conste tal hecho, por lo menos con un (1)<br />
mes de anticipación .3) Por acuerdo de las partes.4) Por<br />
caso fortuito o de fuerza mayor debidamente<br />
comprobados. Terminado el contrato se procederá a su<br />
liquidación en el término de 30 días o de conformidad con<br />
lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 1150 del 2007.<br />
DECIMA CUARTA.- IDONEIDAD Y EXPERIENCIA, el<br />
presente contrato se suscribe porque se ha demostrado<br />
idoneidad y experiencia del contratista según el Decreto<br />
2474 de 2008. DECIMA QUINTA.- PUBLICACIÓN: El<br />
presente contrato se entenderá publicado con el recibo<br />
de pago de la Gaceta Municipal. DECIMA SEXTA.-<br />
SEGURIDAD SOCIAL: El contratista se compromete a<br />
cancelar mensualmente el pago de la seguridad social<br />
integral de acuerdo a lo establecido en el articulo 50 de la<br />
Ley 789 de 2002, Ley 828 de 2003 y el Decreto 2800 de<br />
2003, las cuales expiden las normas para el control de la<br />
evasión en el sistema de Seguridad Social (Salud,<br />
Pensión, ARP). DECIMA SEPTIMA.-<br />
PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente<br />
contrato, para su perfeccionamiento, requiere la firma de<br />
los representantes legales de cada una de las partes, y<br />
para su ejecución, que EL CONTRATISTA haya<br />
presentado la póliza de garantía única, la Resolución<br />
aprobatoria de la misma por parte de la Oficina Jurídica,<br />
el Recibo de Pago de la Publicación en el Gaceta<br />
Municipal y los certificados de Disponibilidad y Registro<br />
Presupuestal. DECIMA OCTAVA.- DOMICILIO: Para<br />
todos los efectos del presente contrato, la partes fijan<br />
como domicilio la ciudad de Guadalajara de Buga,<br />
Departamento del Valle del Cauca.<br />
Para constancia se firma en el Municipio de Guadalajara<br />
de Buga, a los veintitrés (23) días del mes de julio de Dos<br />
Mil Ocho (2008).<br />
POR EL MUNICIPIO<br />
FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO<br />
Alcalde Municipal<br />
CONTRATISTA<br />
LILIANA VEGA ROJAS<br />
CONTRATO DE APOYO A LA GESTION No. SAF- 012<br />
Entre los suscritos a saber. FREDDY HERNANDO<br />
LIBREROS HENAO, mayor de edad, vecino de<br />
Guadalajara de Buga, identificado con la cédula de<br />
ciudadanía 14.883.632 expedida en Buga (Valle),<br />
Alcalde del Municipio de Guadalajara de Buga, según<br />
acta de posesión del 31 de Diciembre de 2007, de la<br />
Notaria 2ª del circulo de Buga. MARTHA LILIANA COBO<br />
VALENS, identificada con la cédula de ciudadanía No<br />
38.865.735 expedida en Buga (Valle), quien desempeña<br />
el cargo de Secretaria de Agricultura y Fomento quienes<br />
se denominarán el CONTRATANTE y JOSE JOAQUIN<br />
TORRES VILLEGAS identificado con al cédula de<br />
ciudadanía No 15.319.479 de Yarumal Antioquia, quien<br />
en adelante se denominará el CONTRATISTA, hemos<br />
celebrado la presente contrato de apoyo a la gestión que<br />
se regirá por la siguientes cláusulas. CLÁUSULA<br />
PRIMERA.- OBJETO: Realizar en el Municipio de<br />
Guadalajara de Buga el servicio de guadañada corte y<br />
recogido de césped en separador y orillas calle 8 de la<br />
cra 19 a la doble calzada, paloblanco centro, Ricaurte,<br />
ciudadela comfenalco, entrada terminal, glorieta y<br />
triangulo del sena, parque divino niño,glorieta de finca,<br />
triangulo de la cruz roja, parque politécnico, fiscalia,<br />
fuenmayor CLÁUSULA SEGUNDA.- PLAZO: El plazo<br />
para desarrollar las actividades mencionadas en el<br />
72