GACETA MUNICIPAL
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />
presupuestal por parte de la Secretaría de Hacienda<br />
Municipal; b) EL Pago de la publicación del contrato lo<br />
cual constará con la consignación en la Tesorería<br />
Municipal; c) Constitución de las garantías estipuladas en<br />
la cláusula novena del presente contrato y aprobación de<br />
las mismas por parte de la Oficina Jurídica del<br />
MUNICIPIO. DÉCIMA SÉPTIMA.- GASTOS: Todos los<br />
gastos necesarios para el perfeccionamiento y<br />
legalización de este contrato, como también las primas<br />
de las garantías que se deben otorgar, serán<br />
exclusivamente por cuenta de EL CONTRATISTA.<br />
DÉCIMA OCTAVA.- SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES<br />
PARAFISCALES: EL CONTRATISTA deberá cumplir<br />
con lo estipulado en la Ley 100 de 1993, y el articulo 23<br />
de la Ley 1150 de 2007, las cuales expiden las normas<br />
para afiliación al régimen de seguridad social integral y el<br />
control a la evasión del Sistema de Seguridad Social.<br />
DÉCIMA NOVENA.- LIQUIDACIÓN: Conforme a lo<br />
dispuesto en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, y el<br />
articulo 11 de Ley 1150 de 2007, este Contrato se liquidará<br />
dentro del término máximo de cuatro (4) meses contados<br />
desde la terminación del mismo. VIGÉSIMA.- Para todos<br />
los efectos a que haya lugar en el desarrollo del presente<br />
contrato, las partes convienen como domicilio la ciudad<br />
de Guadalajara de Buga, Departamento del Valle del<br />
Cauca.<br />
Para constancia firman las partes, a los veintiún (21) días<br />
del mes de julio de 2008.<br />
POR EL MUNICIPIO<br />
FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO<br />
Alcalde Municipal<br />
CONTRATISTA<br />
JOSÉ FABIAN DE LA PAVA AGUIRRE<br />
CONTRATO DE COMPRAVENTA SSM-058-2008<br />
Entre los suscritos a saber: FREDDY HERNANDO<br />
LIBREROS HENAO, mayor de edad, identificado con la<br />
cédula de ciudadanía número 14.883.632 de Buga, en<br />
calidad de Alcalde municipal, debidamente posesionado<br />
mediante acta de fecha 31 de diciembre de 2007 de la<br />
notaria segunda de Buga, quien obra en nombre y<br />
representación de la administración municipal y quien<br />
para efectos del presente contrato se denominara EL<br />
MUNICIPIO por una parte y por la otra el señor<br />
RICARDO GOMEZ DUQUE, con cédula de ciudadanía<br />
No. 14.958.532 de Cali (Valle), quien en adelante se<br />
denominará el CONTRATISTA, hemos celebrado el<br />
presente contrato que regirá por la siguientes cláusulas.<br />
CLAUSULA PRIMERA.- OBJETO: EL CONTRATISTA<br />
se obliga para con el municipio a proveer los siguientes<br />
insumos y materiales: 2 botellas de alcohol, 4 paquetes x<br />
1.000 rollos de Algodón; 2 bandejas para esterizar<br />
(plástica); 2 bandejas para instrumental (plásticas); 3<br />
frascos x 500 cc de fluor; un galón de glutaraldehido; 2<br />
cajas de guantes desechables talla XS; 2 cajas de<br />
guantes desechables talla M; un galón de hipoclorito; 10<br />
juegos de instrumental básico; 1 macro cepillo y modelo;<br />
siete paquetes de pastillas reveladoras x 50; 1 tubo de<br />
seda dental x 400 mts; 4 paquetes de servilletas x 100; 3<br />
cajas de tapabocas x 50; 6 toallas de tela; 10 bolsas de<br />
vasos desechables x 25; 1.250 jeringas de 2 cm. c/aguja-<br />
RYMCO; 12.000 agujas 21 x 1 ½ RYMCO; 3 cajas de<br />
guantes talla L; 2 paquetes de bolsas grandes x 100; 2<br />
paquetes de bolsas medianas x 100. CLAUSULA<br />
SEGUNDA.- PLAZO: El plazo para desarrollar las<br />
actividades mencionadas en el presente contrato será de<br />
un (1) mes comprendido después de la firma del Acta<br />
de Iniciación, pero no podrá superar el 26 de diciembre<br />
de 2.008. CLAUSULA TERCERA.- OBLIGACIONES<br />
DEL CONTRATISTA: 1º) desarrollar el objeto del<br />
contrato en los términos establecidos en el texto del<br />
mismo, atendiendo las solicitudes presentadas por el<br />
MUNICIPIO y el lo correspondiente en la oferta<br />
presentada por EL CONTRATISTA en el tiempo pactado.<br />
2º) prestar sus servicios con la debida diligencia y<br />
cuidado. 3º) Publicar el presente contrato en la Gaceta<br />
Municipal. 4º) Conservar su autonomía e iniciativa en<br />
las gestiones profesionales y/o actividades<br />
encomendadas. 5º) El contratista debe afiliarse al<br />
sistema General de Seguridad Social en Salud,<br />
pensiones y a Riesgos Profesionales. 6º) Cumplir con<br />
las demás obligaciones inherentes a la naturaleza del<br />
contrato. CLAUSULA CUARTA.- OBLIGACIONES DEL<br />
CONTRATANTE: 1º) El Municipio deberá suministrar<br />
la información necesaria que ayude a la coordinación<br />
y ejecución de actividades que lo requieran; 2º) Pagar<br />
cumplidamente los valores pactados como<br />
contraprestación por los servicios contratados; 3º)<br />
Impartir instrucciones para la ejecución del contrato.<br />
CLAUSULA QUINTA.- VALOR: El presente contrato<br />
Tendrá un de valor de DOS MILLONES DOSCIENTOS<br />
SESENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y SEIS PESOS<br />
($2.264.096.oo) Mcte, cancelados de la siguiente<br />
manera: Dos millones doscientos sesenta y cuatro mil<br />
noventa y seis pesos ($ 2.264.096.oo) Mcte. a la<br />
terminación total de las actividades objeto del contrato,<br />
Recibido a entera satisfacción del Supervisor del contrato<br />
y firma del acta de recibo. CLAUSULA SEXTA:<br />
RELACION LABORAL: La celebración de este contrato<br />
no constituye para ninguna de las partes vinculación<br />
laboral alguna. CLAUSULA SEPTIMA.-<br />
INTERVENTORÌA: El presente contrato será objeto de<br />
interventorìa por parte del técnico en el área de<br />
Saneamiento Ambiental de la Secretaría de Salud<br />
Municipal o quien ejerza sus funciones, reservándose el<br />
derecho de proceder en dicha interventorìa durante la<br />
60