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GACETA MUNICIPAL

GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga

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<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />

presupuestal por parte de la Secretaría de Hacienda<br />

Municipal; b) EL Pago de la publicación del contrato lo<br />

cual constará con la consignación en la Tesorería<br />

Municipal; c) Constitución de las garantías estipuladas en<br />

la cláusula novena del presente contrato y aprobación de<br />

las mismas por parte de la Oficina Jurídica del<br />

MUNICIPIO. DÉCIMA SÉPTIMA.- GASTOS: Todos los<br />

gastos necesarios para el perfeccionamiento y<br />

legalización de este contrato, como también las primas<br />

de las garantías que se deben otorgar, serán<br />

exclusivamente por cuenta de EL CONTRATISTA.<br />

DÉCIMA OCTAVA.- SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES<br />

PARAFISCALES: EL CONTRATISTA deberá cumplir<br />

con lo estipulado en la Ley 100 de 1993, y el articulo 23<br />

de la Ley 1150 de 2007, las cuales expiden las normas<br />

para afiliación al régimen de seguridad social integral y el<br />

control a la evasión del Sistema de Seguridad Social.<br />

DÉCIMA NOVENA.- LIQUIDACIÓN: Conforme a lo<br />

dispuesto en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, y el<br />

articulo 11 de Ley 1150 de 2007, este Contrato se liquidará<br />

dentro del término máximo de cuatro (4) meses contados<br />

desde la terminación del mismo. VIGÉSIMA.- Para todos<br />

los efectos a que haya lugar en el desarrollo del presente<br />

contrato, las partes convienen como domicilio la ciudad<br />

de Guadalajara de Buga, Departamento del Valle del<br />

Cauca.<br />

Para constancia firman las partes, a los veintiún (21) días<br />

del mes de julio de 2008.<br />

POR EL MUNICIPIO<br />

FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO<br />

Alcalde Municipal<br />

CONTRATISTA<br />

JOSÉ FABIAN DE LA PAVA AGUIRRE<br />

CONTRATO DE COMPRAVENTA SSM-058-2008<br />

Entre los suscritos a saber: FREDDY HERNANDO<br />

LIBREROS HENAO, mayor de edad, identificado con la<br />

cédula de ciudadanía número 14.883.632 de Buga, en<br />

calidad de Alcalde municipal, debidamente posesionado<br />

mediante acta de fecha 31 de diciembre de 2007 de la<br />

notaria segunda de Buga, quien obra en nombre y<br />

representación de la administración municipal y quien<br />

para efectos del presente contrato se denominara EL<br />

MUNICIPIO por una parte y por la otra el señor<br />

RICARDO GOMEZ DUQUE, con cédula de ciudadanía<br />

No. 14.958.532 de Cali (Valle), quien en adelante se<br />

denominará el CONTRATISTA, hemos celebrado el<br />

presente contrato que regirá por la siguientes cláusulas.<br />

CLAUSULA PRIMERA.- OBJETO: EL CONTRATISTA<br />

se obliga para con el municipio a proveer los siguientes<br />

insumos y materiales: 2 botellas de alcohol, 4 paquetes x<br />

1.000 rollos de Algodón; 2 bandejas para esterizar<br />

(plástica); 2 bandejas para instrumental (plásticas); 3<br />

frascos x 500 cc de fluor; un galón de glutaraldehido; 2<br />

cajas de guantes desechables talla XS; 2 cajas de<br />

guantes desechables talla M; un galón de hipoclorito; 10<br />

juegos de instrumental básico; 1 macro cepillo y modelo;<br />

siete paquetes de pastillas reveladoras x 50; 1 tubo de<br />

seda dental x 400 mts; 4 paquetes de servilletas x 100; 3<br />

cajas de tapabocas x 50; 6 toallas de tela; 10 bolsas de<br />

vasos desechables x 25; 1.250 jeringas de 2 cm. c/aguja-<br />

RYMCO; 12.000 agujas 21 x 1 ½ RYMCO; 3 cajas de<br />

guantes talla L; 2 paquetes de bolsas grandes x 100; 2<br />

paquetes de bolsas medianas x 100. CLAUSULA<br />

SEGUNDA.- PLAZO: El plazo para desarrollar las<br />

actividades mencionadas en el presente contrato será de<br />

un (1) mes comprendido después de la firma del Acta<br />

de Iniciación, pero no podrá superar el 26 de diciembre<br />

de 2.008. CLAUSULA TERCERA.- OBLIGACIONES<br />

DEL CONTRATISTA: 1º) desarrollar el objeto del<br />

contrato en los términos establecidos en el texto del<br />

mismo, atendiendo las solicitudes presentadas por el<br />

MUNICIPIO y el lo correspondiente en la oferta<br />

presentada por EL CONTRATISTA en el tiempo pactado.<br />

2º) prestar sus servicios con la debida diligencia y<br />

cuidado. 3º) Publicar el presente contrato en la Gaceta<br />

Municipal. 4º) Conservar su autonomía e iniciativa en<br />

las gestiones profesionales y/o actividades<br />

encomendadas. 5º) El contratista debe afiliarse al<br />

sistema General de Seguridad Social en Salud,<br />

pensiones y a Riesgos Profesionales. 6º) Cumplir con<br />

las demás obligaciones inherentes a la naturaleza del<br />

contrato. CLAUSULA CUARTA.- OBLIGACIONES DEL<br />

CONTRATANTE: 1º) El Municipio deberá suministrar<br />

la información necesaria que ayude a la coordinación<br />

y ejecución de actividades que lo requieran; 2º) Pagar<br />

cumplidamente los valores pactados como<br />

contraprestación por los servicios contratados; 3º)<br />

Impartir instrucciones para la ejecución del contrato.<br />

CLAUSULA QUINTA.- VALOR: El presente contrato<br />

Tendrá un de valor de DOS MILLONES DOSCIENTOS<br />

SESENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y SEIS PESOS<br />

($2.264.096.oo) Mcte, cancelados de la siguiente<br />

manera: Dos millones doscientos sesenta y cuatro mil<br />

noventa y seis pesos ($ 2.264.096.oo) Mcte. a la<br />

terminación total de las actividades objeto del contrato,<br />

Recibido a entera satisfacción del Supervisor del contrato<br />

y firma del acta de recibo. CLAUSULA SEXTA:<br />

RELACION LABORAL: La celebración de este contrato<br />

no constituye para ninguna de las partes vinculación<br />

laboral alguna. CLAUSULA SEPTIMA.-<br />

INTERVENTORÌA: El presente contrato será objeto de<br />

interventorìa por parte del técnico en el área de<br />

Saneamiento Ambiental de la Secretaría de Salud<br />

Municipal o quien ejerza sus funciones, reservándose el<br />

derecho de proceder en dicha interventorìa durante la<br />

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