GACETA MUNICIPAL
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />
rechazará las propuestas de modificaciones al contrato.<br />
DECIMA SEGUNDA.- DE LA IDONEIDAD: La persona<br />
con quien se celebra este contrato ha demostrado su<br />
idoneidad, por cuanto ha acreditado la experiencia<br />
suficiente para llevar a cabo la ejecución del mismo.<br />
DECIMA TERCERA.- LIQUIDACION DEL CONTRATO:<br />
El presente contrato se liquidará conforme lo establece el<br />
artículo 60 de la ley 80 de 1993 y el art. 11 de la le 1150<br />
de 2007. DECIMA CUARTA.- PERFECCIONAMIENTO<br />
DEL CONTRATO: El presente Contrato de suministro<br />
requiere para su perfeccionamiento: a) La constitución de<br />
la disponibilidad y registro presupuestal. b) La<br />
constitución de la póliza estipulada en la cláusula octava<br />
del presente contrato y la respectiva aprobación de la<br />
misma por la parte de la Oficina Jurídica del Municipio. c)<br />
la firma de las partes. d) La factura o documento<br />
equivalente. e) El certificado de responsabilidad fiscal. f)<br />
La publicación en la Gaceta Municipal, que se entiende<br />
cumplido con el pago de los derechos correspondientes.<br />
y g) El respectivo concepto jurídico. CLAUSULA<br />
DECIMA QUINTA.- DOMICILIO: Para todos los efectos a<br />
que haya lugar en el desarrollo del presente contrato, las<br />
partes convienen como domicilio la ciudad de<br />
Guadalajara de Buga, Departamento del Valle del Cauca.<br />
Para constancia se firma en Guadalajara de Buga, el día<br />
dos (02) de julio de dos mil ocho (2008)<br />
POR EL MUNICIPIO<br />
FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO<br />
Alcalde Municipal<br />
CONTRATISTA<br />
DARÍO VILLALOBOS REYES<br />
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS<br />
SBSDC-0023/2008<br />
Entre los suscritos a saber FREDDY HERNANDO<br />
LIBREROS HENAO, mayor de edad, identificado con<br />
cédula de ciudadanía No. 14.883.632 de Buga, en su<br />
carácter de Alcalde Municipal de Guadalajara de Buga,<br />
debidamente posesionado mediante acta de fecha 31 de<br />
diciembre de 2007 de la Notaria Segunda de Buga, quien<br />
obra en nombre y representación de la Administración<br />
Municipal y quien para efectos del presente contrato se<br />
denominará EL MUNICIPIO por una parte y GUSTAVO<br />
ADOLFO SILVA QUINTERO, identificado con cédula de<br />
ciudadanía no. 16.622.672 de Cali, obrando como<br />
Representante Legal de la CAJA DE COMPENSACION<br />
FAMILIAR DEL VALLE DEL CAUCA – COMFENALCO<br />
VALLE Nit. 890.303.093-5, quien en adelante se<br />
denominará EL CONTRATISTA, hemos acordado<br />
suscribir el presente CONTRATO DE PRESTACION DE<br />
SERVICIOS que se regirá por las siguientes cláusulas:<br />
CLAUSULA PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: EL<br />
CONTRATISTA suministrará al CONTRATANTE apoyo<br />
logístico con 15 almuerzos para poder cumplir con el<br />
desarrollo de la conferencia de Política y Certificación de<br />
Calidad Turística, además de la utilización de un salón<br />
para 100 personas con ayudas audiovisuales como:<br />
videobeam, computador con Windows XP, sonido con<br />
amplificación de voz; estación permanente de café y<br />
aromática el día 04 de junio de 2008. CLAUSULA<br />
SEGUNDA.- VALOR Y FORMA DE PAGO: El presente<br />
Contrato de Prestación de Servicios tendrá un valor de<br />
TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS<br />
PESOS MCTE ($389.500.oo) MCTE, los cuales serán<br />
cancelados una vez presentada la factura de cobro de<br />
acuerdo al servicio prestado, con la entrega a<br />
satisfacción del apoyo logístico expedida por el<br />
interventor, ejercido por la doctora Patricia González<br />
Azcarate, Secretaria de Bienestar Social y Desarrollo<br />
Comunitario, o quien ejerza sus funciones. CLAUSULA<br />
TERCERA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES: DEL<br />
CONTRATISTA: 1.- Cumplir cabalmente con el objeto del<br />
Contrato, colocando a disposición toda su capacidad<br />
administrativa, técnica y humana. 2) Asumir todos los<br />
gastos y materiales que se generen como consecuencia<br />
de la ejecución del Contrato. 3) Las que sean<br />
complementarias con el objeto de la contratación. DEL<br />
MUNICIPIO: 1.- Prestar el apoyo y dar la información<br />
necesaria para el cumplimiento del presente contrato; 2.-<br />
Realizar el pago en forma oportuna, según lo convenido<br />
en la cláusula segunda del Presente Contrato de<br />
Prestación de Servicios; 3.- Vigilar el debido<br />
cumplimiento del objeto del Contrato de Prestación de<br />
Servicio. CLAUSULA CUARTA.- IMPUTACIÓN<br />
PRESUPUESTAL: El valor del presente contrato de<br />
Prestación de Servicios se hará con cargo al rubro<br />
presupuestal No 23050101034701 -01101, y certificado<br />
de disponibilidad presupuestal No. 2008001089 del 30 de<br />
mayo de 2008 del presupuesto de Rentas y Gastos de la<br />
vigencia fiscal de 2008. CLAUSULA QUINTA.-<br />
DURACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato<br />
tendrá una duración de un (01) día el 04 de Junio de<br />
2008. CLÁUSULA SEXTA.- CONTROVERSIAS<br />
CONTRACTUALES: Se entienden incorporadas al<br />
presente contrato de prestación de servicios las cláusulas<br />
excepcionales de terminación, interpretación y<br />
modificación unilateral y de caducidad en los términos<br />
señalados en la Ley 80 de 1993. CLAUSULA SEPTIMA.<br />
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL<br />
CONTRATISTA declara bajo gravedad de juramento no<br />
encontrase incurso en ninguna de las inhabilidades e<br />
incompatibilidades de que trata el Artículo 8º de la Ley 80<br />
de 1993, y artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, juramento<br />
que se entiende prestado con la suscripción del contrato<br />
por parte de EL CONTRATISTA. CLAUSULA OCTAVA.-<br />
CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder en todo ni<br />
54