29.09.2015 Views

GACETA MUNICIPAL

GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga

GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />

rechazará las propuestas de modificaciones al contrato.<br />

DECIMA SEGUNDA.- DE LA IDONEIDAD: La persona<br />

con quien se celebra este contrato ha demostrado su<br />

idoneidad, por cuanto ha acreditado la experiencia<br />

suficiente para llevar a cabo la ejecución del mismo.<br />

DECIMA TERCERA.- LIQUIDACION DEL CONTRATO:<br />

El presente contrato se liquidará conforme lo establece el<br />

artículo 60 de la ley 80 de 1993 y el art. 11 de la le 1150<br />

de 2007. DECIMA CUARTA.- PERFECCIONAMIENTO<br />

DEL CONTRATO: El presente Contrato de suministro<br />

requiere para su perfeccionamiento: a) La constitución de<br />

la disponibilidad y registro presupuestal. b) La<br />

constitución de la póliza estipulada en la cláusula octava<br />

del presente contrato y la respectiva aprobación de la<br />

misma por la parte de la Oficina Jurídica del Municipio. c)<br />

la firma de las partes. d) La factura o documento<br />

equivalente. e) El certificado de responsabilidad fiscal. f)<br />

La publicación en la Gaceta Municipal, que se entiende<br />

cumplido con el pago de los derechos correspondientes.<br />

y g) El respectivo concepto jurídico. CLAUSULA<br />

DECIMA QUINTA.- DOMICILIO: Para todos los efectos a<br />

que haya lugar en el desarrollo del presente contrato, las<br />

partes convienen como domicilio la ciudad de<br />

Guadalajara de Buga, Departamento del Valle del Cauca.<br />

Para constancia se firma en Guadalajara de Buga, el día<br />

dos (02) de julio de dos mil ocho (2008)<br />

POR EL MUNICIPIO<br />

FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO<br />

Alcalde Municipal<br />

CONTRATISTA<br />

DARÍO VILLALOBOS REYES<br />

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS<br />

SBSDC-0023/2008<br />

Entre los suscritos a saber FREDDY HERNANDO<br />

LIBREROS HENAO, mayor de edad, identificado con<br />

cédula de ciudadanía No. 14.883.632 de Buga, en su<br />

carácter de Alcalde Municipal de Guadalajara de Buga,<br />

debidamente posesionado mediante acta de fecha 31 de<br />

diciembre de 2007 de la Notaria Segunda de Buga, quien<br />

obra en nombre y representación de la Administración<br />

Municipal y quien para efectos del presente contrato se<br />

denominará EL MUNICIPIO por una parte y GUSTAVO<br />

ADOLFO SILVA QUINTERO, identificado con cédula de<br />

ciudadanía no. 16.622.672 de Cali, obrando como<br />

Representante Legal de la CAJA DE COMPENSACION<br />

FAMILIAR DEL VALLE DEL CAUCA – COMFENALCO<br />

VALLE Nit. 890.303.093-5, quien en adelante se<br />

denominará EL CONTRATISTA, hemos acordado<br />

suscribir el presente CONTRATO DE PRESTACION DE<br />

SERVICIOS que se regirá por las siguientes cláusulas:<br />

CLAUSULA PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: EL<br />

CONTRATISTA suministrará al CONTRATANTE apoyo<br />

logístico con 15 almuerzos para poder cumplir con el<br />

desarrollo de la conferencia de Política y Certificación de<br />

Calidad Turística, además de la utilización de un salón<br />

para 100 personas con ayudas audiovisuales como:<br />

videobeam, computador con Windows XP, sonido con<br />

amplificación de voz; estación permanente de café y<br />

aromática el día 04 de junio de 2008. CLAUSULA<br />

SEGUNDA.- VALOR Y FORMA DE PAGO: El presente<br />

Contrato de Prestación de Servicios tendrá un valor de<br />

TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS<br />

PESOS MCTE ($389.500.oo) MCTE, los cuales serán<br />

cancelados una vez presentada la factura de cobro de<br />

acuerdo al servicio prestado, con la entrega a<br />

satisfacción del apoyo logístico expedida por el<br />

interventor, ejercido por la doctora Patricia González<br />

Azcarate, Secretaria de Bienestar Social y Desarrollo<br />

Comunitario, o quien ejerza sus funciones. CLAUSULA<br />

TERCERA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES: DEL<br />

CONTRATISTA: 1.- Cumplir cabalmente con el objeto del<br />

Contrato, colocando a disposición toda su capacidad<br />

administrativa, técnica y humana. 2) Asumir todos los<br />

gastos y materiales que se generen como consecuencia<br />

de la ejecución del Contrato. 3) Las que sean<br />

complementarias con el objeto de la contratación. DEL<br />

MUNICIPIO: 1.- Prestar el apoyo y dar la información<br />

necesaria para el cumplimiento del presente contrato; 2.-<br />

Realizar el pago en forma oportuna, según lo convenido<br />

en la cláusula segunda del Presente Contrato de<br />

Prestación de Servicios; 3.- Vigilar el debido<br />

cumplimiento del objeto del Contrato de Prestación de<br />

Servicio. CLAUSULA CUARTA.- IMPUTACIÓN<br />

PRESUPUESTAL: El valor del presente contrato de<br />

Prestación de Servicios se hará con cargo al rubro<br />

presupuestal No 23050101034701 -01101, y certificado<br />

de disponibilidad presupuestal No. 2008001089 del 30 de<br />

mayo de 2008 del presupuesto de Rentas y Gastos de la<br />

vigencia fiscal de 2008. CLAUSULA QUINTA.-<br />

DURACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato<br />

tendrá una duración de un (01) día el 04 de Junio de<br />

2008. CLÁUSULA SEXTA.- CONTROVERSIAS<br />

CONTRACTUALES: Se entienden incorporadas al<br />

presente contrato de prestación de servicios las cláusulas<br />

excepcionales de terminación, interpretación y<br />

modificación unilateral y de caducidad en los términos<br />

señalados en la Ley 80 de 1993. CLAUSULA SEPTIMA.<br />

INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL<br />

CONTRATISTA declara bajo gravedad de juramento no<br />

encontrase incurso en ninguna de las inhabilidades e<br />

incompatibilidades de que trata el Artículo 8º de la Ley 80<br />

de 1993, y artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, juramento<br />

que se entiende prestado con la suscripción del contrato<br />

por parte de EL CONTRATISTA. CLAUSULA OCTAVA.-<br />

CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder en todo ni<br />

54

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!