GACETA MUNICIPAL
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />
Antonio Sanclemente los días 24 y 25 de junio de 2008,<br />
con el fin de propiciar un espacio de encuentro e<br />
interlocución con directivos docentes y docentes, que<br />
tiene a cargo la educación de las personas sordas; dar<br />
orientación a todas las personas de carácter<br />
administrativo y que tienen atención directa con los<br />
estudiantes sordos, sobre temáticas a nivel<br />
administrativo, organizativo y pedagógico, que ayudara al<br />
fortalecimiento de la propuesta que se este llevando en<br />
las Instituciones; orientar a los maestros asistentes a<br />
nivel conceptual y practico sobre las adecuaciones que<br />
se deben hacer en le trabajo pedagógico; reflexionar<br />
sobre el uso y manejo de las lenguas de señas en el<br />
contexto académico, establecido en el proyecto<br />
denominado APLICACIÓN PROGRAMA DE<br />
MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD EDUCATIVA EN EL<br />
MUNICIPIO DE GUADALAJARA DE BUGA No.<br />
20070761110175; expedido por la Secretaría de<br />
Planeación Municipal. SEGUNDA: VALOR Y FORMA<br />
DE PAGO: El presente Contrato de Prestación de<br />
Servicios tendrá un valor de TRESCIENTOS CUARENTA<br />
MIL PESOS ($340.000.oo) MCTE, los cuales serán<br />
cancelados una vez cumplido el servicio prestado y<br />
previa certificación expedida por el interventor, ejercido<br />
por el Rector de la Institución Educativa Manuel Antonio<br />
Sanclemente Mario de Jesús Salazar o quien ejerza sus<br />
funciones. TERCERA: OBLIGACIONES DE LAS<br />
PARTES: DE LA CONTRATISTA: 1.- Cumplir<br />
cabalmente con el objeto del Contrato, colocando a<br />
disposición toda su capacidad humana. 2.- Las que sean<br />
complementarias con el objeto de la contratación. DEL<br />
MUNICIPIO: 1.- Prestar el apoyo y dar la información<br />
necesaria para el cumplimiento del presente contrato; 2.-<br />
Realizar el pago en forma oportuna, según lo convenido<br />
en la cláusula segunda del presente Contrato de<br />
Prestación de Servicios; 3.- Vigilar el debido<br />
cumplimiento del objeto del Contrato de Prestación de<br />
Servicio. CUARTA: IMPUTACIÓN: El valor total del<br />
presente contrato será imputado al rubro<br />
230903014305.02102, certificado de disponibilidad<br />
número 2008000339, con fecha 22/02/2008, emitido por<br />
la Secretaría de Hacienda Municipal y que hace parte de<br />
este documento. QUINTA: PLAZO: El presente contrato<br />
tendrá una duración de dos (2) días. SEXTA:<br />
CADUCIDAD DEL CONTRATO: Se podrá declarar la<br />
caducidad del CONTRATO, cuando se presente alguno<br />
de los hechos constitutivos de incumplimiento de las<br />
obligaciones a cargo de la CONTRATISTA, que afecte de<br />
manera grave y directa la ejecución del CONTRATO y<br />
evidencia que puede conducir a su paralización.<br />
SEPTIMA: INEXISTENCIA DE LA RELACION<br />
LABORAL: Las partes acuerdan y atienden que no existe<br />
vinculo laboral entre las personas que LA CONTRATISTA<br />
vincule para la ejecución de este CONTRATO y el<br />
MUNICIPIO, conforme a lo dispuesto en el articulo 8º del<br />
Decreto 777 de 1992. OCTAVA: MODIFICACIONES:<br />
Las modificaciones circunstanciales al objeto del<br />
CONTRATO se deberán realizar de común acuerdo entre<br />
las partes mediante un documento escrito. NOVENA:<br />
CLAUSULAS EXORBITANTES: En el presente<br />
CONTRATO se entienden incorporadas las cláusulas de<br />
interpretación, terminación unilateral, agotamiento y<br />
declaración de caducidad. DECIMA: INHABILIDADES E<br />
INCOMPATIBILIDADES: El representante legal de la<br />
CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento,<br />
no encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades e<br />
incompatibilidades, de que trata el artículo 8o. de la Ley<br />
80 de 1993 y Artículo 18 de la Ley 1150 de 2007,<br />
juramento que se entiende prestado con la suscripción<br />
del CONTRATO por parte del CONTRATISTA. DECIMA<br />
PRIMERA: CESION: EL CONTRATISTA, no podrá ceder<br />
en todo ni en parte, el objeto de este CONTRATO sin<br />
previa autorización escrita del Municipio. DECIMA<br />
SEGUNDA: SUPERVISION DEL CONTRATO: La<br />
supervisión del citado CONTRATO será ejercida por el<br />
Rector de la Institución Educativa Manuel Antonio<br />
Sanclemente Mario de Jesús Salazar o quien ejerza sus<br />
funciones. DECIMA TERCERA: PUBLICACION Y<br />
PERFECCIONAMIENTO: El presente CONTRATO se da<br />
por perfeccionado con la firma de los contratantes y para<br />
su ejecución requiere de la presentación por parte de LA<br />
CONTRATISTA, del recibo de pago de los derechos de<br />
publicación de la Gaceta Municipal; constitución de la<br />
respectiva Disponibilidad y Registro Presupuestal.<br />
DECIMO CUARTA: APORTES PARAFISCALES. LA<br />
CONTRATISTA deberá cumplir con lo estipulado en el<br />
Artículo 50 de la Ley 789 del 27 de diciembre de 2002 y<br />
la Ley 828 del 10 de julio de 2003, las cuales expiden las<br />
normas para el control a la evasión del Sistema de<br />
Seguridad Social. La afiliación al Sistema de Seguridad<br />
Social Integral será verificada y exigida por la interventora<br />
del CONTRATO a partir de la firma del acta de inicio.<br />
DECIMO QUINTA: TERMINACIÓN, MODIFICACION E<br />
INTERPRETACIÓN UNILATERALES: En lo referente a<br />
los principios de terminación, modificación e<br />
interpretación unilaterales, el presente CONTRATO se<br />
gobierna por lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de<br />
la Ley 80 de 1993 y el artículo 11 de la Ley 1150 de<br />
2007. DÉCIMA SEXTA: LIQUIDACION: El presente<br />
CONTRATO se liquidará en el término de treinta (30)<br />
días, o de conformidad con el articulo 11 de Ley 1150 de<br />
2007. DÉCIMA SEPTIMA: DOMICILIO. Para todos los<br />
efectos a que haya lugar en el desarrollo del presente<br />
CONTRATO, las partes convienen como domicilio la<br />
ciudad de Guadalajara de Buga, Departamento del Valle<br />
del Cauca.<br />
Para constancia se firma en Guadalajara de Buga, a los<br />
un (01) días del mes de JULIO de 2.008<br />
POR EL MUNICIPIO<br />
FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO<br />
Alcalde Municipal<br />
CONTRATISTA<br />
CLAUDIA FERNANDA DOMÍNGUEZ GUZMÁN<br />
42