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GACETA MUNICIPAL

GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga

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<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />

Antonio Sanclemente los días 24 y 25 de junio de 2008,<br />

con el fin de propiciar un espacio de encuentro e<br />

interlocución con directivos docentes y docentes, que<br />

tiene a cargo la educación de las personas sordas; dar<br />

orientación a todas las personas de carácter<br />

administrativo y que tienen atención directa con los<br />

estudiantes sordos, sobre temáticas a nivel<br />

administrativo, organizativo y pedagógico, que ayudara al<br />

fortalecimiento de la propuesta que se este llevando en<br />

las Instituciones; orientar a los maestros asistentes a<br />

nivel conceptual y practico sobre las adecuaciones que<br />

se deben hacer en le trabajo pedagógico; reflexionar<br />

sobre el uso y manejo de las lenguas de señas en el<br />

contexto académico, establecido en el proyecto<br />

denominado APLICACIÓN PROGRAMA DE<br />

MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD EDUCATIVA EN EL<br />

MUNICIPIO DE GUADALAJARA DE BUGA No.<br />

20070761110175; expedido por la Secretaría de<br />

Planeación Municipal. SEGUNDA: VALOR Y FORMA<br />

DE PAGO: El presente Contrato de Prestación de<br />

Servicios tendrá un valor de TRESCIENTOS CUARENTA<br />

MIL PESOS ($340.000.oo) MCTE, los cuales serán<br />

cancelados una vez cumplido el servicio prestado y<br />

previa certificación expedida por el interventor, ejercido<br />

por el Rector de la Institución Educativa Manuel Antonio<br />

Sanclemente Mario de Jesús Salazar o quien ejerza sus<br />

funciones. TERCERA: OBLIGACIONES DE LAS<br />

PARTES: DE LA CONTRATISTA: 1.- Cumplir<br />

cabalmente con el objeto del Contrato, colocando a<br />

disposición toda su capacidad humana. 2.- Las que sean<br />

complementarias con el objeto de la contratación. DEL<br />

MUNICIPIO: 1.- Prestar el apoyo y dar la información<br />

necesaria para el cumplimiento del presente contrato; 2.-<br />

Realizar el pago en forma oportuna, según lo convenido<br />

en la cláusula segunda del presente Contrato de<br />

Prestación de Servicios; 3.- Vigilar el debido<br />

cumplimiento del objeto del Contrato de Prestación de<br />

Servicio. CUARTA: IMPUTACIÓN: El valor total del<br />

presente contrato será imputado al rubro<br />

230903014305.02102, certificado de disponibilidad<br />

número 2008000339, con fecha 22/02/2008, emitido por<br />

la Secretaría de Hacienda Municipal y que hace parte de<br />

este documento. QUINTA: PLAZO: El presente contrato<br />

tendrá una duración de dos (2) días. SEXTA:<br />

CADUCIDAD DEL CONTRATO: Se podrá declarar la<br />

caducidad del CONTRATO, cuando se presente alguno<br />

de los hechos constitutivos de incumplimiento de las<br />

obligaciones a cargo de la CONTRATISTA, que afecte de<br />

manera grave y directa la ejecución del CONTRATO y<br />

evidencia que puede conducir a su paralización.<br />

SEPTIMA: INEXISTENCIA DE LA RELACION<br />

LABORAL: Las partes acuerdan y atienden que no existe<br />

vinculo laboral entre las personas que LA CONTRATISTA<br />

vincule para la ejecución de este CONTRATO y el<br />

MUNICIPIO, conforme a lo dispuesto en el articulo 8º del<br />

Decreto 777 de 1992. OCTAVA: MODIFICACIONES:<br />

Las modificaciones circunstanciales al objeto del<br />

CONTRATO se deberán realizar de común acuerdo entre<br />

las partes mediante un documento escrito. NOVENA:<br />

CLAUSULAS EXORBITANTES: En el presente<br />

CONTRATO se entienden incorporadas las cláusulas de<br />

interpretación, terminación unilateral, agotamiento y<br />

declaración de caducidad. DECIMA: INHABILIDADES E<br />

INCOMPATIBILIDADES: El representante legal de la<br />

CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento,<br />

no encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades e<br />

incompatibilidades, de que trata el artículo 8o. de la Ley<br />

80 de 1993 y Artículo 18 de la Ley 1150 de 2007,<br />

juramento que se entiende prestado con la suscripción<br />

del CONTRATO por parte del CONTRATISTA. DECIMA<br />

PRIMERA: CESION: EL CONTRATISTA, no podrá ceder<br />

en todo ni en parte, el objeto de este CONTRATO sin<br />

previa autorización escrita del Municipio. DECIMA<br />

SEGUNDA: SUPERVISION DEL CONTRATO: La<br />

supervisión del citado CONTRATO será ejercida por el<br />

Rector de la Institución Educativa Manuel Antonio<br />

Sanclemente Mario de Jesús Salazar o quien ejerza sus<br />

funciones. DECIMA TERCERA: PUBLICACION Y<br />

PERFECCIONAMIENTO: El presente CONTRATO se da<br />

por perfeccionado con la firma de los contratantes y para<br />

su ejecución requiere de la presentación por parte de LA<br />

CONTRATISTA, del recibo de pago de los derechos de<br />

publicación de la Gaceta Municipal; constitución de la<br />

respectiva Disponibilidad y Registro Presupuestal.<br />

DECIMO CUARTA: APORTES PARAFISCALES. LA<br />

CONTRATISTA deberá cumplir con lo estipulado en el<br />

Artículo 50 de la Ley 789 del 27 de diciembre de 2002 y<br />

la Ley 828 del 10 de julio de 2003, las cuales expiden las<br />

normas para el control a la evasión del Sistema de<br />

Seguridad Social. La afiliación al Sistema de Seguridad<br />

Social Integral será verificada y exigida por la interventora<br />

del CONTRATO a partir de la firma del acta de inicio.<br />

DECIMO QUINTA: TERMINACIÓN, MODIFICACION E<br />

INTERPRETACIÓN UNILATERALES: En lo referente a<br />

los principios de terminación, modificación e<br />

interpretación unilaterales, el presente CONTRATO se<br />

gobierna por lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de<br />

la Ley 80 de 1993 y el artículo 11 de la Ley 1150 de<br />

2007. DÉCIMA SEXTA: LIQUIDACION: El presente<br />

CONTRATO se liquidará en el término de treinta (30)<br />

días, o de conformidad con el articulo 11 de Ley 1150 de<br />

2007. DÉCIMA SEPTIMA: DOMICILIO. Para todos los<br />

efectos a que haya lugar en el desarrollo del presente<br />

CONTRATO, las partes convienen como domicilio la<br />

ciudad de Guadalajara de Buga, Departamento del Valle<br />

del Cauca.<br />

Para constancia se firma en Guadalajara de Buga, a los<br />

un (01) días del mes de JULIO de 2.008<br />

POR EL MUNICIPIO<br />

FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO<br />

Alcalde Municipal<br />

CONTRATISTA<br />

CLAUDIA FERNANDA DOMÍNGUEZ GUZMÁN<br />

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