29.09.2015 Views

GACETA MUNICIPAL

GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga

GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />

de que trata el artículo 8o. de la Ley 80 de 1993 y articulo<br />

18 de la ley 1150 de 2007, juramento que se entiende<br />

prestado con la suscripción del contrato por parte del<br />

CONTRATISTA. DECIMA CUARTA.- CLAUSULA<br />

PENAL PECUNIARIA: En caso de incumpliendo por<br />

parte del CONTRATISTA de las obligaciones emanadas<br />

del presente contrato, el Municipio impondrá al<br />

CONTRATISTA una sanción equivalente al 10% del valor<br />

del contrato mediante Resolución motivada, haciéndose<br />

efectiva la póliza de garantía única. DECIMA QUINTA.-<br />

CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. En el presente<br />

contrato se entienden incorporadas las cláusulas por<br />

interpretación, modificación, terminación y liquidación<br />

unilateral del contrato, como también la caducidad del<br />

mismo, previo agotamiento de los procedimientos de<br />

arreglo directo, conciliación o arbitramento, según lo<br />

establece el Estatuto General de Contratación de la<br />

Administración Pública. DECIMA SEXTA<br />

PERFECCIONAMIENTO. El presente contrato requiere<br />

para su perfeccionamiento los siguientes documentos: a)<br />

Constitución del registro presupuestal por la Secretaria<br />

de Hacienda Municipal; b) Constitución de las garantías<br />

estipuladas en las cláusulas del presente contrato y<br />

aprobación de las mismas por parte de la Dirección<br />

Jurídica del MUNICIPIO; c) Pago de la publicación del<br />

contrato en la Gaceta Municipal, lo cual se entiende con<br />

la presentación del respectivo comprobante de pago.<br />

DECIMA SEPTIM: GASTOS.- Todos los gastos<br />

necesarios para el perfeccionamiento y legalización de<br />

este contrato, como también las primas de las garantías<br />

que se deben otorgar, serán exclusivamente por cuenta<br />

del CONTRATISTA. DECIMA OCTAVA.-<br />

CUMPLIMIENTO DE LOS PAGOS DE SEGURIDAD<br />

SOCIAL Y PARAFISCALES: EL CONTRATISTA declara<br />

bajo la gravedad de juramento estar al día con el<br />

cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de<br />

Seguridad Social Integral y aportes parafiscales;<br />

igualmente deberá aportar constancia del cumplimiento<br />

de esta obligación para los pagos mensuales que la<br />

entidad efectúe y para la liquidación del presente<br />

contrato. Conforme lo establece la Ley 1150 de 2007 en<br />

su artículo 23. PARAGRAFO. El interventor del contrato<br />

al momento de suscribir el Acta de Inicio, deberá verificar<br />

el cumplimiento del pago de Seguridad Social Integral<br />

acreditado por el contratista. DECIMA NOVENA.-<br />

IDONEIDAD Y EXPERIENCIA. EL CONTRATISTA<br />

manifiesta ser persona idónea y de amplia experiencia<br />

para ejecutar el objeto del presente contrato, lo cual ha<br />

sido verificado por el municipio, artículo 81 del Decreto<br />

066 de 2008. VIGESIMA.- Para todos los efectos a que<br />

haya lugar en el desarrollo del presente contrato, las<br />

partes convienen como domicilio el municipio de<br />

Guadalajara de Buga, Valle del cauca.<br />

Para constancia se firma en Guadalajara de Buga, a los<br />

siete (7) días del mes de julio del año dos mil ocho<br />

(2008)<br />

POR EL MUNICIPIO<br />

FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO<br />

Alcalde Municipal<br />

CONTRATISTA<br />

JAVIER HERREÑO CERQUERA<br />

CONTRATO DE APOYO A LA GESTION No. SAF- 010<br />

-2.008<br />

Entre los suscritos a saber. FREDY HERNANDO<br />

LIBREROS HENAO, mayor de edad, vecino de<br />

Guadalajara de Buga, identificado con la cédula de<br />

ciudadanía 14.883.632 expedida en Buga (Valle),<br />

Alcalde del Municipio de Guadalajara de Buga, según<br />

acta de posesión del 31 de Diciembre de 2007, de la<br />

Notaria 2ª del circulo de Buga. MARTHA LILIANA COBO<br />

VALENS, identificada con la cédula de ciudadanía No<br />

38.865.735 expedida en Buga (Valle), quien desempeña<br />

el cargo de Secretaria de Agricultura y Fomento<br />

quienes se denominarán el CONTRATANTE y JAVIER<br />

JESUS RAMIREZ BEDOYA identificado con la cédula de<br />

ciudadanía No 6.536.750 de Yotoco Valle, quien en<br />

adelante se denominará el CONTRATISTA, hemos<br />

celebrado la presente contrato de apoyo a la gestión que<br />

se regirá por la siguientes cláusulas. CLÁUSULA<br />

PRIMERA.- OBJETO: Realizar en el Municipio de<br />

Guadalajara de Buga el servicio de Poda e inmunizada<br />

de un árbol y corte total de una palma (recogida y botada<br />

de ramas y troncos, corte total de una palma en la Calle 6<br />

con Cra 19 (recogida y botada de ramas y troncos<br />

ubicados en el parque de Cabal, tala total árbol seco<br />

(recogida y botada de troncos), corte total de un árbol<br />

seco (recogida y botada de troncos) ubicados en el<br />

parque Bolívar. CLÁUSULA SEGUNDA.- PLAZO. El<br />

plazo para desarrollar las actividades mencionadas en el<br />

presente contrato de apoyo a la gestión será de Quince<br />

(15) días, después de la firma y perfeccionamiento de la<br />

misma. CLÁUSULA TERCERA.- OBLIGACIONES DEL<br />

CONTRATISTA: 1º) Cumplir eficazmente las<br />

actividades objeto del presente contrato de apoyo a la<br />

gestión y las que se generen de acuerdo con la<br />

naturaleza de estos servicios. 2º) Conservar su<br />

autonomía e iniciativa en las gestiones profesionales y/o<br />

actividades encomendadas. 3º) Cumplir con las demás<br />

obligaciones inherentes a la naturaleza del contrato. 4.)<br />

Se obliga al CONTRATISTA presentar al Municipio<br />

certificación sobre sus afiliaciones a seguridad social<br />

(Salud, Riesgos Profesionales y A.R.P) como Requisito<br />

de procedimiento de este contrato en cumplimiento al<br />

artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. CLÁUSULA<br />

CUARTA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: 1º)<br />

El Municipio deberá suministrar la información necesaria<br />

que ayude a la coordinación y ejecución de actividades<br />

33

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!