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GACETA MUNICIPAL

GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga

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<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />

entienden incorporadas las cláusulas por interpretación,<br />

modificación, terminación y liquidación unilateral del<br />

contrato, como también la caducidad del mismo, previo<br />

agotamiento de los procedimientos de arreglo directo,<br />

conciliación o arbitramento, según lo establece el<br />

Estatuto General de Contratación de la Administración<br />

Pública. DECIMA SEXTA PERFECCIONAMIENTO. El<br />

presente contrato requiere para su perfeccionamiento los<br />

siguientes documentos: a) Constitución del registro<br />

presupuestal por la Secretaria de Hacienda Municipal; b)<br />

Constitución de las garantías estipuladas en las cláusulas<br />

del presente contrato y aprobación de las mismas por<br />

parte de la Dirección Jurídica del MUNICIPIO; c) Pago de<br />

la publicación del contrato en la Gaceta Municipal, lo cual<br />

se entiende con la presentación del respectivo<br />

comprobante de pago. DECIMA SEPTIMA. GASTOS.<br />

Todos los gastos necesarios para el perfeccionamiento y<br />

legalización de este contrato, como también las primas<br />

de las garantías que se deben otorgar, serán<br />

exclusivamente por cuenta del CONTRATISTA. DECIMA<br />

OCTAVA: CUMPLIMIENTO DE LOS PAGOS DE<br />

SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES. EL<br />

CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento<br />

estar al día con el cumplimiento de sus obligaciones<br />

frente al Sistema de Seguridad Social Integral y aportes<br />

parafiscales; igualmente deberá aportar constancia del<br />

cumplimiento de esta obligación para los pagos<br />

mensuales que la entidad efectúe y para la liquidación del<br />

presente contrato. Conforme lo establece la Ley 1150 de<br />

2007 en su artículo 23. PARAGRAFO. El interventor del<br />

contrato al momento de suscribir el Acta de Inicio, deberá<br />

verificar el cumplimiento del pago de Seguridad Social<br />

Integral acreditado por el contratista. DECIMA NOVENA.<br />

IDONEIDAD Y EXPERIENCIA. EL CONTRATISTA<br />

manifiesta ser persona idónea y de amplia experiencia<br />

para ejecutar el objeto del presente contrato, lo cual ha<br />

sido verificado por el municipio, artículo 81 del Decreto<br />

066 de 2008. VIGESIMA. Para todos los efectos a que<br />

haya lugar en el desarrollo del presente contrato, las<br />

partes convienen como domicilio el municipio de<br />

Guadalajara de Buga, Valle del cauca.<br />

Para constancia se firma en Guadalajara de Buga, a los<br />

tres (3) días del mes de julio del año dos mil ocho (2008)<br />

POR EL MUNICIPIO<br />

FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO<br />

Alcalde Municipal<br />

EL CONTRATISTA<br />

JULIA A. DELGADO R.<br />

Contratista<br />

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DAM-<br />

100-055<br />

Entre los suscritos a saber FREDDY HERNANDO<br />

LIBREROS HENAO , mayor de edad y vecino de<br />

Guadalajara de Buga, identificado con cédula de<br />

ciudadanía número 14.883.632 de Buga, en su carácter<br />

de Alcalde Municipal de Guadalajara de Buga,<br />

debidamente posesionado mediante acta de fecha 31 de<br />

diciembre de 2007 de la Notaria Segunda de Buga, quien<br />

obra en nombre y representación de la Administración<br />

Municipal y quien para efectos del presente contrato se<br />

denominará EL MUNICIPIO por una parte y MARIA DEL<br />

CARMEN LOPERA LOSADA, identificada con cédula de<br />

ciudadanía número 38.850.754 de Buga, en su calidad de<br />

Representante Legal de EL PAIS S.A. con Nit<br />

890.301.752-1, quien en adelante se denominara EL<br />

CONTRATISTA, hemos acordado suscribir el presente<br />

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS que se<br />

regirá por las siguientes cláusulas: CLAUSULA<br />

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: EL<br />

CONTRATISTA realizará al CONTRATANTE<br />

Publireportaje de ½ x ½ en Tabloide de la 57 Feria<br />

Exposición Nacional Agropecuaria y Ganadera el día 12<br />

de Julio de 2008 en el Diario el Pais S.A. CLAUSULA<br />

SEGUNDA.- VALOR Y FORMA DE PAGO: El presente<br />

contrato de Prestación de Servicios tendrá un valor UN<br />

MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL<br />

DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS MCTE<br />

($1’252.244.oo), los cuales serán cancelados una<br />

vez presentada la factura de cobro, de acuerdo a la<br />

actividad realizada, con la entrega a Satisfacción del<br />

servicio expedida por el interventor, ejercido por el Dr.<br />

Jairo Elías Pineda Bedoya, Director Administrativo de<br />

la Alcaldía Municipal o quien haga sus veces.<br />

CLAUSULA TERCERA: DURACION DEL<br />

CONTRATO: El presente contrato tendrá una duración<br />

de un (01) día. CLAUSULA CUARTA: OBLIGACIONES<br />

DE LAS PARTES: DEL CONTRATISTA: 1.- Cumplir<br />

cabalmente con el objeto del Contrato, colocando a<br />

disposición toda su capacidad Administrativa, técnica<br />

y humana. 2) Asumir todos los Gastos y materiales que<br />

se generen como consecuencia de la ejecución del<br />

Contrato. 3) Las que sean complementarias con el<br />

objeto de la Contratación. DEL MUNICIPIO: 1.-Prestar<br />

el Apoyo y dar la información necesaria para el<br />

cumplimiento del presente contrato. 2.- Realizar el pago<br />

en forma oportuna, según lo convenido en la Cláusula<br />

Segunda del presente Contrato de Prestación de<br />

Servicios. 3.- Vigilar el debido cumplimiento del Objeto<br />

del Contrato de Prestación de Servicios. CLAUSULA<br />

QUINTA: INEXISTENCIA DEL VINCULO LABORAL:<br />

Se deja constancia que este Contrato no genera relación<br />

laboral entre el Municipio y el Contratista. CLAUSULA<br />

SEXTA: PAGO DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL:<br />

El contratista se obliga a cumplir con el pago de la<br />

Seguridad social integral de sus empleados y Aportes<br />

Parafiscales de conformidad con la ley 789 de 2002 y<br />

1150 del 2007. CLAUSULA SEPTIMA: IMPUTACION<br />

PRESUPUESTAL: El Valor del presente Contrato de<br />

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