GACETA MUNICIPAL

GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga

guadalajaradebuga.valle.gov.co
from guadalajaradebuga.valle.gov.co More from this publisher
29.09.2015 Views

GACETA MUNICIPAL en el “Estatuto General de Contratación Administrativa”. CLAUSULAS ESPECIALES: PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: El contratista se obliga con el Municipio a: Sensibilizar a la comunidad en general sobre el respeto y aceptación de la libertad y tolerancia a las diferencias sexuales de la población LGTB, a través de las siguientes actividades: 1) 2 actividades de divulgación en los medios de comunicación del municipio de Buga, de las cuales una será radial y una televisiva. 2) Una jornada masiva de sensibilización en uno de los parques de la ciudad con apoyo de material impreso como afiches, folletos plegables y un pendón. 3) catorce (14) talleres informativos y de divulgación, bajo un marco expositivo, normativo y reflexivo, distribuidos así: cinco (5) en Instituciones Educativas Oficiales, cinco (5) en Instituciones Educativas Privadas y cuatro (4) para docentes de los diferentes planteles educativos 4) Elaboración y entrega de material impreso general así: 50 afiches y 1000 folletos plegables en tres partes que deberán contener marco informativo y normativo así como reflexiones al respecto. SEGUNDA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES: A) OBLIGACIONES DEL MUNICIPIO: El Municipio se compromete a: 1) Cumplir con los principios y criterios de especialización, austeridad y eficiencia del uso de recursos públicos contenidos en las normas presupuéstales y sujetará su informe de ejecución y financiero a éstas y a las normas especiales que rigen el presente contrato. 2) Prestar el apoyo técnico y la coordinación de acciones para facilitar el cumplimiento del objeto del contrato. 3) Ejercer la supervisión del contrato a través de la Secretaria de Bienestar Social y Desarrollo Comunitario, la cual expedirá las certificaciones del cumplimiento del objeto y las obligaciones del contrato. B) OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: El contratista se compromete a cumplir con todas las actividades planteadas en el objeto contractual y a presentar informe de dichas actividades. TERCERA.- VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: La suma pactada por la prestación de este servicio es de DIEZ MILLONES DE PESOS MCTE ($10.000.000.oo) que afectan la imputación presupuestal No.23050306020705-01101 LIBRE DESTINACION. Con cargo al certificado de disponibilidad presupuestal No 2008001290 del 17 de julio de 2008 de la actual vigencia fiscal, recursos que EL MUNICIPIO se obliga a cancelar al CONTRATISTA en 3 pagos: un anticipo del 50% es decir CINCO MILLONES DE PESOS MCTE ($5.000.000.oo) a la firma del contrato y legalización de la póliza, Un pago parcial del 25% el diez (10) de octubre, es decir DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 2.500.000) y un pago final del 25% es decir DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS MCTE ($ 2.500.000), previa aprobación del informe definitivo de actividades en cumplimiento del objeto contractual por parte de la Secretaria de Bienestar Social y Desarrollo Comunitario como Interventora del proceso. CUARTA.- DURACIÓN: Este contrato tendrá la duración de cuatro (4) meses, para el desarrollo de las actividades contados a partir de la fecha del Acta de inicio. QUINTA.- GARANTÍAS: EL CONTRATISTA constituirá Pólizas de Garantía Únicas a favor del MUNICIPIO, por el amparo de los siguientes riesgos: A). PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO: Equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato por la vigencia del mismo y 4 meses más. B) PÓLIZA DE CALIDAD DEL SERVICIO por valor del 20% del valor del contrato y una vigencia igual al plazo del contrato y 4 meses más. C) PÓLIZA DE BUEN MANEJO DE ANTICIPO por valor del 100% del valor del anticipo y una vigencia igual al plazo del contrato y 4 meses más. D) PÓLIZA POR CONCEPTO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES por valor del 10 % del valor del contrato y una vigencia igual al plazo del contrato y tres años más. SEXTA.- CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni en todo ni en parte, el objeto del presente contrato sin previa autorización escrita del MUNICIPIO. SEPTIMA.- INEXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL: Por tratarse de un contrato de prestación de servicios, las partes entienden y acuerdan expresamente, que entre EL MUNICIPIO y EL CONTRATISTA no existe vinculación laboral alguna (artículo 32o. numeral 3o. inciso 2o. de la Ley 80 de 1993. OCTAVA.- MODIFICACIONES: Los cambios y modificaciones substanciales en el objeto del contrato, deberán realizarse de común acuerdo entre las partes contratantes, mediante constancia escrita. NOVENA.- CLÁUSULA EXCEPCIONAL: En este contrato se entienden incorporadas las cláusulas exorbitantes de interpretación, modificación y terminación unilateral del contrato, como la declaratoria de caducidad, previo agotamiento de las vías de arreglo directo de las controversias contractuales de conciliación, transacción y arbitramento, artículo 15 y s.s. de la Ley 80 de 1993 del Estatuto General de Contratación Administrativa. DECIMA.- CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por EL CONTRATISTA, EL MUNICIPIO impondrá sanciones equivalentes hasta por el veinte por ciento (20%) del valor del contrato, mediante resolución motivada, haciéndose efectiva la póliza de garantía. DECIMA PRIMERA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento no encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades de que trata el artículo 8o. de la Ley 80 de 1993., Juramento que se entiende prestado con la suscripción del contrato por parte del contratista. DECIMA SEGUNDA.- INTERVENTORÍA, VIGILANCIA Y CUMPLIMIENTO: La Supervisión, vigilancia y cumplimiento sobre la ejecución del presente contrato, estará a cargo de la SECRETARIA DE BIENESTAR SOCIAL Y DESARROLLO COMUNITARIO o quien ejerza sus funciones para lo cual, EL CONTRATISTA deberá presentar informes sobre las actividades realizadas. DECIMA TERCERA.- TERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN: El presente contrato se dará por terminado en los siguientes eventos: 1) Por extinción del plazo pactado para la ejecución;2) A solicitud debidamente sustentada por alguna de las partes para lo cual se debe suscribir acta donde conste tal hecho, por lo menos con un (1) 12

GACETA MUNICIPAL mes de anticipación .3) Por acuerdo de las partes.4) Por caso fortuito o de fuerza mayor debidamente comprobados. Terminado el contrato se procederá a su liquidación en el término de 30 días o de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 1150 del 2007. DECIMA CUARTA: IDONEIDAD Y EXPERIENCIA, el contratista con quien se suscribe el presente contrato de prestación de servicios profesionales ha demostrado idoneidad y experiencia según el Decreto 2474 de 2008. DECIMA QUINTA.- PUBLICACIÓN: El presente contrato se entenderá publicado con el recibo de pago de la Gaceta Municipal. DECIMA SEXTA.- PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato, para su perfeccionamiento, requiere la firma de los representantes legales de cada una de las partes, y para su ejecución, que EL CONTRATISTA haya presentado la póliza de garantía única, la Resolución aprobatoria de la misma por parte de la Oficina Jurídica, el Recibo de Pago de la Publicación en la Gaceta Municipal y los certificados de Disponibilidad y Registro Presupuestal. DECIMA SEPTIMA.- DOMICILIO: Para todos los efectos del presente contrato, la partes fijan como domicilio la ciudad de Guadalajara de Buga, Departamento del Valle del Cauca. Para constancia se firma en el Municipio de Guadalajara de Buga, a los treita (30) días del mes de julio de Dos Mil Ocho (2008). POR EL MUNICIPIO FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO Alcalde Municipal POR LA FUNDACIÓN ROSAURA JIMÉNEZ ROJAS Contratista CONTRATO DE APOYO A LA GESTION No. SAF- 012 -2.008 Entre los suscritos a saber. FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO, mayor de edad, vecino de Guadalajara de Buga, identificado con la cédula de ciudadanía 14.883.632 expedida en Buga (Valle), Alcalde del Municipio de Guadalajara de Buga, según acta de posesión del 31 de Diciembre de 2007, de la Notaria 2ª del circulo de Buga. MARTHA LILIANA COBO VALENS, identificada con la cédula de ciudadanía No 38.865.735 expedida en Buga (Valle), quien desempeña el cargo de Secretaria de Agricultura y Fomento quienes se denominarán el CONTRATANTE y JOSE JOAQUIN TORRES VILLEGAS identificado con al cédula de ciudadanía No 15.319.479 de Yarumal Antioquia, quien en adelante se denominará el CONTRATISTA, hemos celebrado la presente contrato de apoyo a la gestión que se regirá por la siguientes cláusulas. CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO: Realizar en el Municipio de Guadalajara de Buga el servicio de guadañada corte y recogido de césped en separador y orillas calle 8 de la cra 19 a la doble calzada, paloblanco centro, Ricaurte, ciudadela comfenalco, entrada terminal, glorieta y triangulo del sena, parque divino niño,glorieta de finca, triangulo de la cruz roja, parque politécnico, fiscalia, fuenmayor CLÁUSULA SEGUNDA.- PLAZO: El plazo para desarrollar las actividades mencionadas en el presente contrato de apoyo a la gestión será de Quince (15) días, después de la firma y perfeccionamiento de la misma. CLÁUSULA TERCERA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 1º) Cumplir eficazmente las actividades objeto del presente contrato de apoyo a la gestión y las que se generen de acuerdo con la naturaleza de estos servicios. 2º) Conservar su autonomía e iniciativa en las gestiones profesionales y/o actividades encomendadas. 3º) Cumplir con las demás obligaciones inherentes a la naturaleza del contrato. 4.) Se obliga al CONTRATISTA presentar al Municipio certificación sobre sus afiliaciones a seguridad social (Salud, Riesgos Profesionales y A.R.P) como Requisito de procedimiento de este contrato en cumplimiento al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. CLÁUSULA CUARTA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: 1º) El Municipio deberá suministrar la información necesaria que ayude a la coordinación y ejecución de actividades que lo requieran. CLAUSULA QUINTA.- VALOR: El presente contrato de apoyo a la gestión tendrá un valor de Un Millón Cuatrocientos sesenta y tres Mil pesos ($ 1.463.000), dineros que serán cancelados una vez el contratista cumpla con las actividades programadas en el período y sustentadas con los informes presentados a la Secretaría de Agricultura y Fomento previo visto bueno del interventor del contrato de apoyo a la gestión. CLÁUSULA SEXTA.- RELACIÓN LABORAL: La celebración de este contrato de apoyo a la gestión no constituye para ninguna de las partes vinculación laboral alguna. CLÁUSULA SEPTIMA.- INTERVENTORIA: El presente contrato de apoyo a la gestión será objeto de Supervisión por parte de la Secretaria de Agricultura y fomento Municipal, o su delegada que será la Doctora ROSE MARIE GARCIA AYALA Técnica ( E ) de parques y zonas verdes, o quien ejecute sus funciones reservándose el derecho de proceder en dicha interventora durante la ejecución de las actividades y/o al concluir las actividades por parte del contrato, o darlas por terminadas en cualquier momento por incumplimiento en la ejecución del contrato por parte del contratista. CLÁUSULA OCTAVA.- DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: El Municipio certifica a través de la Secretaría de Hacienda Municipal que existe disponibilidad presupuestal No. 2008000265 de fecha Febrero 11 de 2008. CLÁUSULA NOVENA.- 13

<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />

en el “Estatuto General de Contratación Administrativa”.<br />

CLAUSULAS ESPECIALES: PRIMERA.- OBJETO DEL<br />

CONTRATO: El contratista se obliga con el Municipio a:<br />

Sensibilizar a la comunidad en general sobre el respeto y<br />

aceptación de la libertad y tolerancia a las diferencias<br />

sexuales de la población LGTB, a través de las siguientes<br />

actividades: 1) 2 actividades de divulgación en los medios<br />

de comunicación del municipio de Buga, de las cuales<br />

una será radial y una televisiva. 2) Una jornada masiva<br />

de sensibilización en uno de los parques de la ciudad con<br />

apoyo de material impreso como afiches, folletos<br />

plegables y un pendón. 3) catorce (14) talleres<br />

informativos y de divulgación, bajo un marco expositivo,<br />

normativo y reflexivo, distribuidos así: cinco (5) en<br />

Instituciones Educativas Oficiales, cinco (5) en<br />

Instituciones Educativas Privadas y cuatro (4) para<br />

docentes de los diferentes planteles educativos 4)<br />

Elaboración y entrega de material impreso general así: 50<br />

afiches y 1000 folletos plegables en tres partes que<br />

deberán contener marco informativo y normativo así<br />

como reflexiones al respecto. SEGUNDA.-<br />

OBLIGACIONES DE LAS PARTES: A) OBLIGACIONES<br />

DEL MUNICIPIO: El Municipio se compromete a: 1)<br />

Cumplir con los principios y criterios de especialización,<br />

austeridad y eficiencia del uso de recursos públicos<br />

contenidos en las normas presupuéstales y sujetará su<br />

informe de ejecución y financiero a éstas y a las normas<br />

especiales que rigen el presente contrato. 2) Prestar el<br />

apoyo técnico y la coordinación de acciones para facilitar<br />

el cumplimiento del objeto del contrato. 3) Ejercer la<br />

supervisión del contrato a través de la Secretaria de<br />

Bienestar Social y Desarrollo Comunitario, la cual<br />

expedirá las certificaciones del cumplimiento del objeto y<br />

las obligaciones del contrato. B) OBLIGACIONES DEL<br />

CONTRATISTA: El contratista se compromete a cumplir<br />

con todas las actividades planteadas en el objeto<br />

contractual y a presentar informe de dichas actividades.<br />

TERCERA.- VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE<br />

PAGO: La suma pactada por la prestación de este<br />

servicio es de DIEZ MILLONES DE PESOS MCTE<br />

($10.000.000.oo) que afectan la imputación presupuestal<br />

No.23050306020705-01101 LIBRE DESTINACION. Con<br />

cargo al certificado de disponibilidad presupuestal No<br />

2008001290 del 17 de julio de 2008 de la actual vigencia<br />

fiscal, recursos que EL MUNICIPIO se obliga a cancelar<br />

al CONTRATISTA en 3 pagos: un anticipo del 50% es<br />

decir CINCO MILLONES DE PESOS MCTE<br />

($5.000.000.oo) a la firma del contrato y legalización de la<br />

póliza, Un pago parcial del 25% el diez (10) de octubre,<br />

es decir DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS<br />

M/CTE ($ 2.500.000) y un pago final del 25% es decir<br />

DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS MCTE ($<br />

2.500.000), previa aprobación del informe definitivo de<br />

actividades en cumplimiento del objeto contractual por<br />

parte de la Secretaria de Bienestar Social y Desarrollo<br />

Comunitario como Interventora del proceso. CUARTA.-<br />

DURACIÓN: Este contrato tendrá la duración de cuatro<br />

(4) meses, para el desarrollo de las actividades contados<br />

a partir de la fecha del Acta de inicio. QUINTA.-<br />

GARANTÍAS: EL CONTRATISTA constituirá Pólizas de<br />

Garantía Únicas a favor del MUNICIPIO, por el amparo<br />

de los siguientes riesgos: A). PÓLIZA DE<br />

CUMPLIMIENTO: Equivalente al veinte por ciento<br />

(20%) del valor total del contrato por la vigencia del<br />

mismo y 4 meses más. B) PÓLIZA DE CALIDAD DEL<br />

SERVICIO por valor del 20% del valor del contrato y una<br />

vigencia igual al plazo del contrato y 4 meses más. C)<br />

PÓLIZA DE BUEN MANEJO DE ANTICIPO por valor del<br />

100% del valor del anticipo y una vigencia igual al plazo<br />

del contrato y 4 meses más. D) PÓLIZA POR<br />

CONCEPTO DE SALARIOS, PRESTACIONES<br />

SOCIALES E INDEMNIZACIONES por valor del 10 % del<br />

valor del contrato y una vigencia igual al plazo del<br />

contrato y tres años más. SEXTA.- CESIÓN: EL<br />

CONTRATISTA no podrá ceder ni en todo ni en parte, el<br />

objeto del presente contrato sin previa autorización<br />

escrita del MUNICIPIO. SEPTIMA.- INEXISTENCIA DE<br />

RELACIÓN LABORAL: Por tratarse de un contrato de<br />

prestación de servicios, las partes entienden y acuerdan<br />

expresamente, que entre EL MUNICIPIO y EL<br />

CONTRATISTA no existe vinculación laboral alguna<br />

(artículo 32o. numeral 3o. inciso 2o. de la Ley 80 de<br />

1993. OCTAVA.- MODIFICACIONES: Los cambios y<br />

modificaciones substanciales en el objeto del contrato,<br />

deberán realizarse de común acuerdo entre las partes<br />

contratantes, mediante constancia escrita. NOVENA.-<br />

CLÁUSULA EXCEPCIONAL: En este contrato se<br />

entienden incorporadas las cláusulas exorbitantes de<br />

interpretación, modificación y terminación unilateral del<br />

contrato, como la declaratoria de caducidad, previo<br />

agotamiento de las vías de arreglo directo de las<br />

controversias contractuales de conciliación, transacción<br />

y arbitramento, artículo 15 y s.s. de la Ley 80 de 1993 del<br />

Estatuto General de Contratación Administrativa.<br />

DECIMA.- CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso<br />

de incumplimiento de las obligaciones contraídas por EL<br />

CONTRATISTA, EL MUNICIPIO impondrá sanciones<br />

equivalentes hasta por el veinte por ciento (20%) del<br />

valor del contrato, mediante resolución motivada,<br />

haciéndose efectiva la póliza de garantía. DECIMA<br />

PRIMERA.- INHABILIDADES E<br />

INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA declara<br />

bajo la gravedad de juramento no encontrarse incurso en<br />

ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades de<br />

que trata el artículo 8o. de la Ley 80 de 1993., Juramento<br />

que se entiende prestado con la suscripción del contrato<br />

por parte del contratista. DECIMA SEGUNDA.-<br />

INTERVENTORÍA, VIGILANCIA Y CUMPLIMIENTO: La<br />

Supervisión, vigilancia y cumplimiento sobre la ejecución<br />

del presente contrato, estará a cargo de la<br />

SECRETARIA DE BIENESTAR SOCIAL Y<br />

DESARROLLO COMUNITARIO o quien ejerza sus<br />

funciones para lo cual, EL CONTRATISTA deberá<br />

presentar informes sobre las actividades realizadas.<br />

DECIMA TERCERA.- TERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN:<br />

El presente contrato se dará por terminado en los<br />

siguientes eventos: 1) Por extinción del plazo pactado<br />

para la ejecución;2) A solicitud debidamente sustentada<br />

por alguna de las partes para lo cual se debe suscribir<br />

acta donde conste tal hecho, por lo menos con un (1)<br />

12

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!