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GACETA MUNICIPAL

GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga

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<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />

POR EL MUNICIPIO<br />

FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO<br />

Alcalde Municipal<br />

CONTRATISTA<br />

MARÍA YOLANDA VALENCIA DE GARCÍA<br />

CONTRATO PRESTACION DE SERVICIOS No. SEM-<br />

050-2008<br />

Entre los suscritos a saber FREDDY HERNANDO<br />

LIBREREROS HENAO, mayor de edad, identificado con<br />

C.C. No. 14.883.632 de Buga Valle, en su calidad de<br />

Alcalde Municipal del Municipio de Guadalajara de Buga,<br />

como consta en el Acta de Posesión de fecha 31 de<br />

diciembre de 2007, quien obra en nombre y<br />

representación del Municipio de Guadalajara de Buga y<br />

quien para efectos de éste contrato se denominará EL<br />

MUNICIPIO, por una parte, y por la otra parte la entidad<br />

Comercial, SOUND LIGHT PRODUCCIONES con Nit No.<br />

94.476.355-4, representada legalmente por el señor<br />

BERNARDO ANDRES PARRA HERNANDEZ, mayor de<br />

edad, identificado con la cédula de ciudadanía<br />

No.94.476.355, expedida en Buga (Valle), se denominará<br />

EL CONTRATISTA, hemos celebrado el presente<br />

contrato que se regirá por las siguientes clausulas:<br />

GENERALES: a- Constituyen derechos y deberes<br />

generales del MUNICIPIO, para efectos del presente<br />

contrato lo previsto en el artículo cuarto de la ley 80 de<br />

1993; b- El presente contrato se rige en su procedimiento<br />

por los principios contractuales de la actividad pública; c-<br />

Que previo estudio de Conveniencia y Oportunidad, la<br />

respectiva aprobación presupuestal y la propuesta de<br />

trabajo cumple con los requisitos técnicos y económicos<br />

exigidos por EL MUNICIPIO. -La persona, la cual<br />

brindará la prestación de servicios, ha demostrado su<br />

idoneidad por cuanto ha acreditado la experiencia<br />

suficiente para llevar a cabo la ejecución del presente<br />

contrato. ESPECIALES. PRIMERA: OBJETO DEL<br />

CONTRATO:EL CONTRATISTA se compromete para<br />

con el Municipio a: instalación de una tarima de 6 x 10<br />

mtrs, colocación de 200 sillas, instalación de un sonido y<br />

amplificación de alta potencia y con las mejores<br />

características, debidamente probado e instalado, así<br />

mismo la instalación de toda la iluminación necesaria que<br />

requiere el evento con el cual se Celebra el día 20 de<br />

julio, Día de la Independencia de Colombia a nivel<br />

Nacional “GRAN CONCIERTO NACIONAL MUSICA<br />

PARA LA CONVIVENCIA”, por convocatoria del<br />

Ministerio de Cultura, la Secretaria de Cultura y Turismo<br />

del Valle y la administración Municipal en cabeza de su<br />

secretaria de educación, en la PLAZOLETA DEL<br />

FERROCARRIL., establecido en el proyecto<br />

denominado: ASISTENCIA FESTIVIDADES CIVICAS<br />

EN EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA DE BUGA<br />

No.20070761110193, expedido por la Secretaria de<br />

Planeación Municipal. SEGUNDA: VALOR Y FORMA DE<br />

PAGO: El presente servicio tendrá un valor de DOS<br />

MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS<br />

($2.900.000.oo) MCTE, el cual será cancelado en un solo<br />

contado previa certificación de la interventoría,<br />

Profesional Universitaria, GLORIA MILENA<br />

DOMINGUEZ PLAZA o quien ejerza sus funciones, del<br />

cumplimiento a cabalidad de la prestación del servicio por<br />

parte del CONTRATISTA. TERCERA: OBLIGACIONES<br />

DE LAS PARTES: DEL CONTRATISTA: 1.- Cumplir<br />

cabalmente con el objeto del contrato. 2.-Las que sean<br />

complementarias con el objeto de la contratación. DEL<br />

MUNICIPIO: 1.- Prestar el apoyo necesario para el<br />

cumplimiento del presente contrato; 2-Realizar el pago en<br />

forma oportuna, según lo convenido en la cláusula<br />

segunda del presente Contrato de Prestación de Servicio.<br />

3.-Vigilar el debido cumplimiento del objeto del contrato<br />

de Prestación de Servicios. CUARTA: IMPUTACION: El<br />

valor total del presente contrato será imputado al rubro<br />

230903025205.02303, del presupuesto de Rentas y<br />

Gastos de la actual vigencia fiscal, según certificado de<br />

disponibilidad No.2008001267 con fecha 11.07.2008<br />

emitido por Secretaria de Hacienda y que hace parte<br />

integral de este contrato. QUINTA. PLAZO: El presente<br />

contrato tendrá una duración de un día. SEXTA:<br />

INHABILIDADES E IMCOMPACTIBILIDADES: LA<br />

CONTRATISTA afirma bajo la gravedad del juramento<br />

que no se haya incurso dentro de las causales de<br />

inhabilidad e incompatibilidad de que trata el articulo<br />

octavo de la Ley 80 de 1993. SÉPTIMA: CESIÓN: EL<br />

CONTRATISTA no podrá ceder en todo ni en parte este<br />

contrato sin previa autorización escrita del<br />

CONTRATANTE. OCTAVA.- TERMINACION,<br />

MODIFICACION E INTERPRETACION<br />

UNILATERALES: En lo referente a los principios de<br />

terminación, modificación e interpretación unilaterales, el<br />

presente contrato se gobierna por lo dispuesto en los<br />

artículos 15,16 Y 17 de la ley 80 de 1993 y el articulo 11<br />

de la Ley 1150 de 2007. NOVENA: CLÁUSULA PENAL:<br />

En caso de incumplimiento de cualquiera de las<br />

obligaciones estipuladas en este contrato por parte del<br />

CONTRATISTA, dará derecho AL MUNICIPIO a imponer<br />

sanciones equivalentes hasta por un diez por ciento<br />

(10%) del valor del contrato. DECIMA: CADUCIDAD DEL<br />

CONTRATO: EL MUNICIPIO podrá declarar la<br />

caducidad del contrato, cuando se presente algunos de<br />

los hecho constitutivos de incumplimiento de las<br />

obligaciones a cargo del CONTRATISTA , que afecte de<br />

manera grave y directa la ejecución del contrato y<br />

evidencia que pueda conducir a su paralización.<br />

PARÁGRAFO I: EL MUNICIPIO por medio de acto<br />

administrativo debidamente motivado, declarará la<br />

caducidad del contrato y ordenará su liquidación en el<br />

estado en que se encuentre, sin que haya lugar a<br />

indemnización para el CONTRATISTA, quien se hará<br />

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