29.09.2015 Views

GACETA MUNICIPAL

GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga

GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS No.<br />

SEM-039 -2008<br />

Entre los suscritos a saber: FREDDY HERNANDO<br />

LIBREROS HENAO, mayor de edad, vecino de esta<br />

ciudad, identificado con la cédula de ciudadanía<br />

No.14.883.632, expedida en Buga (Valle), Alcalde<br />

Municipal de Guadalajara de Buga, según Acta de<br />

Posesión del 31 de diciembre de 2007, quien obra en<br />

nombre y representación del Municipio de Guadalajara de<br />

Buga y quien para efectos de éste contrato se<br />

denominará EL MUNICIPIO, por una parte, y por otra<br />

parte la Entidad Impresos Técnicos Litográficos Limitada<br />

IMPRETEC LTDA , con NIT. 891.304.130-8,<br />

representada legalmente por la señora MARIA<br />

YOLANDA VALENCIA DE GARCIA, mayor de edad,<br />

vecina de esta ciudad, identificada con la cédula de<br />

ciudadanía No.29.280.367 expedida en Buga (Valle),<br />

quien se denominará LA CONTRATISTA, hemos<br />

celebrado el presente Contrato que se regirá por las<br />

siguientes cláusulas : GENERALES: a- Constituyen<br />

derechos y deberes generales del MUNICIPIO, para<br />

efectos del presente contrato lo previsto en el artículo<br />

cuarto de la ley 80 de 1993; b- El presente contrato se<br />

rige en su procedimiento por los principios contractuales<br />

de la actividad pública; c-Que previo estudio de<br />

Conveniencia y Oportunidad, la respectiva aprobación<br />

presupuestal y la propuesta de trabajo cumple con los<br />

requisitos técnicos y económicos exigidos por EL<br />

MUNICIPIO. d-La Entidad contratada ha demostrado su<br />

idoneidad por cuanto ha acreditado la experiencia<br />

suficiente para llevar a cabo la ejecución del presente<br />

contrato. ESPECIALES. PRIMERA: OBJETO DEL<br />

CONTRATO: Prestar sus servicios de Impresión de<br />

Publicidad (volantes y afiches) y Apoyo Logístico de<br />

Encuentro Cultural y Deportivo “PRIMERA PRUEBA DE<br />

AVENTURA TIPO DUATLON CROSS COUNTRY”, que<br />

se llevara a acabo en el Municipio de Guadalajara de<br />

Buga, el día 15 de junio de 2008. Establecido en el<br />

proyecto denominado: ASISTENCIA PROGRAMAS<br />

CULTURALES Y URBANOS EN EL MUNICIPIO DE<br />

GUADALAJARA DE BUGA, Expedida por la Secretaría<br />

de Planeación Municipal con el No. 20070761110192.<br />

SEGUNDA: VALOR Y FORMA DE PAGO: El presente<br />

contrato tendrá un valor de UN MILLÓN DOSCIENTOS<br />

MIL PESOS ($1.200.000.oo) MCTE, Los cuales serán<br />

cancelados, previa certificación expedida por el<br />

Secretario de Educación Municipal o quien ejerza sus<br />

funciones. TERCERA: OBLIGACIONES DE LAS<br />

PARTES: DEL CONTRATISTA: 1.- Cumplir cabalmente<br />

con el objeto del contrato. 2.-Las que sean<br />

complementarias con el objeto de la contratación. DEL<br />

MUNICIPIO: 1.- Prestar el apoyo necesario para el<br />

cumplimiento del presente contrato; 2-Realizar el pago en<br />

forma oportuna, según lo convenido en la cláusula<br />

segunda del presente Contrato de Apoyo a la Gestión. 3.-<br />

Vigilar el debido cumplimiento del objeto del contrato de<br />

Apoyo a la Gestión. CUARTA: IMPUTACION: El valor<br />

total del presente contrato será imputado al rubro<br />

230903025204.02303, del presupuesto de Rentas y<br />

Gastos de la actual vigencia fiscal, según certificados de<br />

disponibilidad No.2008001112 Asistencia Programas<br />

Culturales y Urbanos, de fecha 04/06/2008, expedida por<br />

la Secretaría de Hacienda del Municipio de Guadalajara<br />

de Buga y que hace parte integral de este contrato.<br />

QUINTA. PLAZO: El Presente contrato tendrá una<br />

duración de 8 días, a partir de la legalización del mismo.<br />

SEXTA: INHABILIDADES E INCOMPACTIBILIDADES:<br />

LA CONTRATISTA afirma bajo la gravedad del<br />

juramento que no se haya incurso dentro de las causales<br />

de inhabilidad e incompatibilidad de que trata el articulo<br />

octavo de la Ley 80 de 1993. SÉPTIMA: CESIÓN: LA<br />

CONTRATISTA no podrá ceder en todo ni en parte este<br />

contrato sin previa autorización escrita del MUNICIPIO.<br />

OCTAVA: TERMINACION, MODIFICACION E<br />

INTERPRETACION UNILATERALES: En lo referente a<br />

los principios de terminación, modificación e<br />

interpretación unilaterales, el presente contrato se<br />

gobierna por lo dispuesto en los artículos 15,16 Y 17 de<br />

la ley 80 de 1993 y el articulo 11 de la Ley 1150 de 2007.<br />

NOVENA: CLÁUSULA PENAL: En caso de<br />

incumplimiento de cualquiera de las obligaciones<br />

estipuladas en este contrato por parte de la<br />

CONTRATISTA, dará derecho al CONTRATANTE a<br />

imponer sanciones equivalentes hasta por un veinte por<br />

ciento (20%) del valor del contrato. DECIMA:<br />

CADUCIDAD DEL CONTRATO: LA CONTRATANTE<br />

podrá declarar la caducidad del contrato, cuando se<br />

presente algunos de los hecho constitutivos de<br />

incumplimiento de las obligaciones a cargo de la<br />

CONTRATISTA , que afecte de manera grave y directa la<br />

ejecución del contrato y evidencia que pueda que pueda<br />

conducir a su paralización. PARÁGRAFOI: LA<br />

CONTRATANTE por medio de acto administrativo<br />

debidamente motivado, declarará la caducidad del<br />

contrato y ordenará su liquidación en el estado en que se<br />

encuentre, sin que haya lugar a indemnización para LA<br />

CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones<br />

e inhabilidades previstas en la Ley 80 de 1993. DECIMA<br />

PRIMERA: VIGILANCIA CUMPLIMIENTO: El Licenciado<br />

Julio Alberto Molina Sánchez, o quien ejerza sus<br />

funciones, como Secretario de Educación Municipal,<br />

supervisará la debida ejecución y cumplimiento del objeto<br />

pactado en el presente contrato, por parte del<br />

CONTRATISTA. DECIMA SEGUNDA: DOMICILIO: Para<br />

todos los efectos del presente contrato, las partes fijan<br />

como domicilio la Ciudad de Guadalajara de Buga.<br />

DECIMA TERCERA: PUBLICACIÓN,<br />

PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACION DEL<br />

CONTRATO: El presente contrato se da por<br />

perfeccionado con las firmas de las partes y para su<br />

ejecución se requiere de la existencia de la Disponibilidad<br />

Presupuestal, constitución del Registro Presupuestal y el<br />

pago de la publicación del contrato en la Gaceta<br />

Municipal.<br />

Para Constancia se firma en Guadalajara de Buga a los<br />

03 días del mes de julio del año dos mil ocho (2008).<br />

110

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!