GACETA MUNICIPAL
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />
condiciones estipuladas en el presente contrato. B.<br />
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: El contratista<br />
se compromete con el Municipio a garantizar la calidad<br />
de los elementos dados en venta y a entregarlos<br />
oportunamente instalados y en funcionamiento, en un<br />
plazo de ocho (8) días una vez se perfeccione el contrato,<br />
dando así cumplimiento con el objeto pactad,<br />
ajustándose a al cotización aportada y a las<br />
especificación y exigencias del MUNICIPIO, o a quien<br />
este delegue. TERCERA: VALOR DEL CONTRATO Y<br />
FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato de<br />
compraventa, es la Suma diecisiete millones<br />
cuatrocientos sesenta mil pesos mcte ($17’460.000.oo)<br />
incluido IVA, que afecta el rubro presupuestal<br />
No.230205020401101 de libre destinación y con cargo al<br />
certificado de disponibilidad presupuestal No.<br />
2008001074 del 28 de mayo de 2008 de la actual<br />
vigencia fiscal, actualizado al 28 de julio de 2008. Dicho<br />
valor se cancelara a favor del Señor GEOVANNY<br />
AGUDELO OYOLA, contra entrega, previo recibido a<br />
satisfacción por parte del Director Administrativo, DR.<br />
JAIRO ELIAS PINEDA BEDOYA. CUARTA:<br />
DURACION: Este contrato tendrá una duración de ocho<br />
(08) días contados a partir de la fecha de la firma del<br />
Contrato, con la cual se entenderá perfeccionado.<br />
QUINTA: GARANTIAS: GEOVANNY AGUDELO<br />
OYOLA constituirá pólizas de garantía única a favor del<br />
MUNICIPIO, expedidas por una entidad bancaria o<br />
compañía de seguros legalmente establecida en el país,<br />
en la que ampare los siguientes riesgos: A) POLIZA DE<br />
CUMPLIMIENTO: Equivalente al veinte por ciento<br />
(20%) del valor total del contrato por la vigencia del<br />
mismo y 4 meses mas. B) POLIZA DE CALIDAD DEL<br />
ARTICULO O BIEN OFERTADO por valor del 20% del<br />
valor del contrato y una vigencia igual al plazo del<br />
contrato y un año mas, conforme a la garantía ofrecida<br />
según cotización. SEXTA: CESION: GEOVANNY<br />
AGUDELO OYOLA no podrá ceder ni en todo ni en<br />
parte, el objeto del presente contrato sin previa<br />
autorización escrita del MUNICIPIO. SEPTIMA:<br />
INEXISTENCIA DE RELACION LABORAL: Por tratarse<br />
de un contrato de compraventa, las partes entienden y<br />
acuerdan expresamente, que entre EL MUNICIPIO Y EL<br />
CONTRATISTA no existe vinculación laboral alguna.<br />
OCTAVA: MODIFICACIONES: Los cambios y<br />
modificaciones sustanciales en el objeto del contrato,<br />
deberán realizarse de común acuerdo entre las partes<br />
contratantes, mediante constancia escrita. NOVENA:<br />
CLAUSULA EXCEPCIONAL: En este contrato se<br />
entienden incorporadas las cláusulas exorbitantes de<br />
interpretación, modificación y terminación unilateral del<br />
contrato, como la declaratoria de caducidad, previo<br />
agotamiento de las vías de arreglo directo de las<br />
controversias contractuales de conciliación, transacción y<br />
arbitramento, articulo 15 y s.s. de la ley 80 de 1993 del<br />
Estatuto General de Contratación Administrativa.<br />
DECIMA: CLAUSULA PENAL PECUNARIA: En caso<br />
de incumplimiento de las obligaciones contraídas por EL<br />
CONTRATISTA, EL MUNICIPIO impondrá sanciones<br />
equivalentes hasta por el veinte por ciento (20%) del<br />
valor del contrato, mediante resolución motivada,<br />
haciéndose efectiva la póliza de garantía. DECIMA<br />
PRIMERA: INHABILIDADES E<br />
INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA declara<br />
bajo la gravedad de juramento no encontrarse incurso en<br />
ninguna de la inhabilidades e incompatibilidades de que<br />
trata el articulo 8º de la ley 80 de 1993, articulo 18 de la<br />
ley 1150 de 2007, juramento que se entiende prestado<br />
con la suscripción del contrato por parte del contratista.<br />
DECIMA SEGUNDA: INTERVENTORIA, VIGILANCIA<br />
Y CUMPLIMIENTO: La supervisión, vigilancia,<br />
instalación y verificación del funcionamiento de los<br />
equipos objeto del presente contrato, estará a cargo de la<br />
SECRETARIA DE PLANEACION a través del funcionario<br />
DIEGO DUQUE, adscrito a la Oficina de Sistemas.<br />
DECIMA TERCERA: TERMINACON Y LIQUIDACION:<br />
El presente contrato se dará por terminado en los<br />
siguientes eventos: 1) Por extinción del plazo pactado<br />
para la ejecución. 2) A solicitud debidamente sustentada<br />
por alguna de la partes para lo cual se debe suscribir acta<br />
donde conste tal hecho, por los menos con un (1) mes de<br />
anticipación. 3) Por acuerdo de las partes. 4) Por caso<br />
fortuito o de fuerza mayor debidamente comprobados.<br />
Terminado el contrato se procederá a su liquidación en el<br />
termino de 30 días o de conformidad con lo dispuesto en<br />
el articulo 11 de la ley 1150 de 2007. DECIMA<br />
CUARTA: PUBLICACIÓN: El presente contrato se<br />
entenderá publicado con el recibo de pago de la Gaceta<br />
Municipal. DECIMA QUINTA: PERFECCIONAMIENTO<br />
Y EJECUCION: El presente contrato, para su<br />
perfeccionamiento, requiere la firma de los representante<br />
legales de cada una de las partes y para su ejecución,<br />
que EL CONTRATISTA haya presentado la póliza de<br />
garantía única, la resolución aprobatoria de la misma por<br />
parte de la Oficina jurídica, el recibo de pago de la<br />
publicación en la Gaceta Municipal y los certificados de<br />
Disponibilidad y Registro presupuestal. DECIMA<br />
SEXTA: DOMICILIO: Para todos los efectos del<br />
presente contrato, las partes fijan como domicilio la<br />
ciudad de Guadalajara de Buga, Departamento del Valle<br />
del Cauca.<br />
Para constancia se firma en el Municipio de Guadalajara<br />
de Buga, a los veintiocho (28) días del mes de julio de<br />
dos mil ocho (2008)<br />
POR EL MUNICIPIO<br />
FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO<br />
Alcalde Municipal<br />
CONTRATISTA<br />
GEOVANNY AGUDELO OYOLA<br />
109