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GACETA MUNICIPAL

GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga

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<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />

CUARTA: PUBLICACIÓN: El presente contrato se<br />

entenderá publicado con el recibo de pago de la Gaceta<br />

Municipal. DECIMA QUINTA: PERFECCIONAMIENTO<br />

Y EJECUCION: El presente contrato, para su<br />

perfeccionamiento, requiere la firma de los representante<br />

legales de cada una de las partes y para su ejecución,<br />

que EL CONTRATISTA haya presentado la póliza de<br />

garantía única, la resolución aprobatoria de la misma por<br />

parte de la Oficina jurídica, el recibo de pago de la<br />

publicación en la Gaceta Municipal y los certificados de<br />

Disponibilidad y Registro presupuestal. DECIMA<br />

SEXTA: DOMICILIO: Para todos los efectos del<br />

presente contrato, las partes fijan como domicilio la<br />

ciudad de Guadalajara de Buga, Departamento del Valle<br />

del Cauca.<br />

Para constancia se firma en el Municipio de Guadalajara<br />

de Buga, a los veintiocho (28) días del mes de julio de<br />

dos mil ocho (2008).<br />

POR EL MUNICIPIO<br />

FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO<br />

Alcalde Municipal<br />

CONTRATISTA<br />

LAURENCE LARA GÓMEZ<br />

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS S.D.I<br />

071<br />

Entre los suscritos a saber: FREDDY HERNANDO<br />

LIBREROS HENAO, mayor de edad, identificado con la<br />

cédula de ciudadanía número 14.883.632 expedida en<br />

Buga (Valle), quien desempeña el cargo de Alcalde<br />

Municipal, según acta de posesión del 31 de diciembre<br />

de 2007 de la notaria 2 y credencial E-28 de la<br />

Registraduria Nacional, en uso de sus facultades<br />

legales, y en especial las señaladas en la Ley 80 de 1993<br />

y sus decretos reglamentarios, autorizado por la Ley,<br />

para la suscripción de contratos en representación del<br />

Municipio de Guadalajara de Buga, con NIT 891.380.033-<br />

5 y quien para efectos del presente contrato se<br />

denominaran EL MUNICIPIO, por una parte, y por la otra<br />

parte JAIRO ASBEL ARCE TABARES, identificado con<br />

la cédula de ciudadanía No. 14892062 de Buga, con<br />

domicilio en la ciudad de Guadalajara de Buga en la<br />

carrera 8 No 11-64, Propietario del taller Moto Mundial,<br />

apto para contratar y que para los efectos del<br />

presente contrato se denominará EL CONTRATISTA,<br />

hemos convenido celebrar el presente contrato de<br />

prestación de servicio bajo las siguientes<br />

consideraciones: a) Constituyen derechos y deberes<br />

generales del Municipio para efectos del presente<br />

contrato, los contenidos en el artículo 4º de la ley 80 de<br />

1993; b) Constituyen derechos y deberes del proveedor<br />

los contenidos en el artículo 5º de la ley 80 de 1993; c)<br />

es interés de la Administración Municipal adquirir<br />

repuestos, servicio de mantenimiento y reparación de los<br />

siguientes vehículos motocicletas GWE 88A, GYQ 49A,<br />

IVQ 85, IVF 51, IVA 90, GVS 50A,TNT 26A, GYM 51A,<br />

GYM 52A, GYM 53A, GYQ53A, IVQ 84, propiedad del<br />

Municipio; d) El presente contrato se rige por los<br />

principios de transparencia, economía, responsabilidad y<br />

las partes responderán por el cumplimiento de las<br />

siguientes Cláusulas PRIMERA. OBJETO el proveedor<br />

se obliga a ejecutar para el municipio, al precio de<br />

cotización aprobada en los términos que señala el<br />

presente contrato para el mantenimiento y reparación<br />

(incluye repuesto repuestos) de las Motocicletas GWE<br />

88A, GYQ 49A, IVQ 85, IVF 51, IVA 90, TNT 26A, GYM<br />

52A, GYM 51A, GYM 53A, IVQ 84, GVS 50A, GYQ 53A,<br />

según cotización adjunta. SEGUNDA. PLAZO. Para<br />

efectos legales y fiscales se estima un plazo de un (01)<br />

mes, contados a partir del acta de inicio. TERCERA<br />

.VALOR. Para todos los efectos legales y fiscales, El<br />

Valor del presente contrato es de SEIS MILLONES<br />

OCHENTA Y CUATRO MIL ($6.084.000.oo) PESOS<br />

MCTE. CUARTA. FORMA DE PAGO. El valor total<br />

del presente contrato será cancelado por el Municipio<br />

al proveedor conforme a la presentación de la factura<br />

a la finalización del contrato, La orden de pago debe<br />

llevar el visto bueno de aprobación del secretario de<br />

Obras Publicas e infraestructura. QUINTA.<br />

RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA mediante<br />

el presente contrato se obliga: a) Efectuar la reparación y<br />

mantenimiento, de las motocicletas indicadas en el objeto<br />

de este contrato b) informar oportunamente al supervisor<br />

del contrato del día en el cual hará entrega final de los<br />

repuestos c) aportar los documentos necesarios para la<br />

liquidación del contrato en un termino de treinta (30) días,<br />

después del recibo final de los trabajos contratados. d)<br />

Cumplir con las normas de seguridad e higiene vigentes<br />

para el tipo de servicios de que trata el presente contrato;<br />

e) Proporcionar al supervisor del contrato y a los<br />

veedores comunitarios la información sobre la ejecución<br />

del contrato; f) Informar al supervisor del contrato de las<br />

eventualidades que surjan por la prestación del servicio<br />

de suministro contratado. h) Aportar todos los<br />

documentos necesarios para la liquidación del contrato<br />

en un término de treinta días después del recibo final del<br />

los trabajos contratados. SEXTA.- SUPERVISORIA EL<br />

MUNICIPIO ejercerá el control técnico, Administrativo y<br />

financiero del presente contrato por medio del secretario<br />

de despacho JAIME MONTOYA NARANJO de la<br />

Secretaria de Desarrollo Institucional, quien hará las<br />

veces de interventor o supervisor del contrato. Sus<br />

funciones serán las siguientes: a) coordinar y supervisar<br />

el suministro de repuestos y el mantenimiento de las<br />

motocicletas objeto de este contrato b) velar por el<br />

cumplimiento del contrato en cuanto objeto y plazos<br />

aprobados. C) aprobar o rechazar las facturas<br />

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