GACETA MUNICIPAL
GACETA MUNICIPAL - Guadalajara de Buga
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<strong>GACETA</strong> <strong>MUNICIPAL</strong><br />
CUARTA: PUBLICACIÓN: El presente contrato se<br />
entenderá publicado con el recibo de pago de la Gaceta<br />
Municipal. DECIMA QUINTA: PERFECCIONAMIENTO<br />
Y EJECUCION: El presente contrato, para su<br />
perfeccionamiento, requiere la firma de los representante<br />
legales de cada una de las partes y para su ejecución,<br />
que EL CONTRATISTA haya presentado la póliza de<br />
garantía única, la resolución aprobatoria de la misma por<br />
parte de la Oficina jurídica, el recibo de pago de la<br />
publicación en la Gaceta Municipal y los certificados de<br />
Disponibilidad y Registro presupuestal. DECIMA<br />
SEXTA: DOMICILIO: Para todos los efectos del<br />
presente contrato, las partes fijan como domicilio la<br />
ciudad de Guadalajara de Buga, Departamento del Valle<br />
del Cauca.<br />
Para constancia se firma en el Municipio de Guadalajara<br />
de Buga, a los veintiocho (28) días del mes de julio de<br />
dos mil ocho (2008).<br />
POR EL MUNICIPIO<br />
FREDDY HERNANDO LIBREROS HENAO<br />
Alcalde Municipal<br />
CONTRATISTA<br />
LAURENCE LARA GÓMEZ<br />
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS S.D.I<br />
071<br />
Entre los suscritos a saber: FREDDY HERNANDO<br />
LIBREROS HENAO, mayor de edad, identificado con la<br />
cédula de ciudadanía número 14.883.632 expedida en<br />
Buga (Valle), quien desempeña el cargo de Alcalde<br />
Municipal, según acta de posesión del 31 de diciembre<br />
de 2007 de la notaria 2 y credencial E-28 de la<br />
Registraduria Nacional, en uso de sus facultades<br />
legales, y en especial las señaladas en la Ley 80 de 1993<br />
y sus decretos reglamentarios, autorizado por la Ley,<br />
para la suscripción de contratos en representación del<br />
Municipio de Guadalajara de Buga, con NIT 891.380.033-<br />
5 y quien para efectos del presente contrato se<br />
denominaran EL MUNICIPIO, por una parte, y por la otra<br />
parte JAIRO ASBEL ARCE TABARES, identificado con<br />
la cédula de ciudadanía No. 14892062 de Buga, con<br />
domicilio en la ciudad de Guadalajara de Buga en la<br />
carrera 8 No 11-64, Propietario del taller Moto Mundial,<br />
apto para contratar y que para los efectos del<br />
presente contrato se denominará EL CONTRATISTA,<br />
hemos convenido celebrar el presente contrato de<br />
prestación de servicio bajo las siguientes<br />
consideraciones: a) Constituyen derechos y deberes<br />
generales del Municipio para efectos del presente<br />
contrato, los contenidos en el artículo 4º de la ley 80 de<br />
1993; b) Constituyen derechos y deberes del proveedor<br />
los contenidos en el artículo 5º de la ley 80 de 1993; c)<br />
es interés de la Administración Municipal adquirir<br />
repuestos, servicio de mantenimiento y reparación de los<br />
siguientes vehículos motocicletas GWE 88A, GYQ 49A,<br />
IVQ 85, IVF 51, IVA 90, GVS 50A,TNT 26A, GYM 51A,<br />
GYM 52A, GYM 53A, GYQ53A, IVQ 84, propiedad del<br />
Municipio; d) El presente contrato se rige por los<br />
principios de transparencia, economía, responsabilidad y<br />
las partes responderán por el cumplimiento de las<br />
siguientes Cláusulas PRIMERA. OBJETO el proveedor<br />
se obliga a ejecutar para el municipio, al precio de<br />
cotización aprobada en los términos que señala el<br />
presente contrato para el mantenimiento y reparación<br />
(incluye repuesto repuestos) de las Motocicletas GWE<br />
88A, GYQ 49A, IVQ 85, IVF 51, IVA 90, TNT 26A, GYM<br />
52A, GYM 51A, GYM 53A, IVQ 84, GVS 50A, GYQ 53A,<br />
según cotización adjunta. SEGUNDA. PLAZO. Para<br />
efectos legales y fiscales se estima un plazo de un (01)<br />
mes, contados a partir del acta de inicio. TERCERA<br />
.VALOR. Para todos los efectos legales y fiscales, El<br />
Valor del presente contrato es de SEIS MILLONES<br />
OCHENTA Y CUATRO MIL ($6.084.000.oo) PESOS<br />
MCTE. CUARTA. FORMA DE PAGO. El valor total<br />
del presente contrato será cancelado por el Municipio<br />
al proveedor conforme a la presentación de la factura<br />
a la finalización del contrato, La orden de pago debe<br />
llevar el visto bueno de aprobación del secretario de<br />
Obras Publicas e infraestructura. QUINTA.<br />
RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA mediante<br />
el presente contrato se obliga: a) Efectuar la reparación y<br />
mantenimiento, de las motocicletas indicadas en el objeto<br />
de este contrato b) informar oportunamente al supervisor<br />
del contrato del día en el cual hará entrega final de los<br />
repuestos c) aportar los documentos necesarios para la<br />
liquidación del contrato en un termino de treinta (30) días,<br />
después del recibo final de los trabajos contratados. d)<br />
Cumplir con las normas de seguridad e higiene vigentes<br />
para el tipo de servicios de que trata el presente contrato;<br />
e) Proporcionar al supervisor del contrato y a los<br />
veedores comunitarios la información sobre la ejecución<br />
del contrato; f) Informar al supervisor del contrato de las<br />
eventualidades que surjan por la prestación del servicio<br />
de suministro contratado. h) Aportar todos los<br />
documentos necesarios para la liquidación del contrato<br />
en un término de treinta días después del recibo final del<br />
los trabajos contratados. SEXTA.- SUPERVISORIA EL<br />
MUNICIPIO ejercerá el control técnico, Administrativo y<br />
financiero del presente contrato por medio del secretario<br />
de despacho JAIME MONTOYA NARANJO de la<br />
Secretaria de Desarrollo Institucional, quien hará las<br />
veces de interventor o supervisor del contrato. Sus<br />
funciones serán las siguientes: a) coordinar y supervisar<br />
el suministro de repuestos y el mantenimiento de las<br />
motocicletas objeto de este contrato b) velar por el<br />
cumplimiento del contrato en cuanto objeto y plazos<br />
aprobados. C) aprobar o rechazar las facturas<br />
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