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INGRESOS BRUTOS Y OTROS IMPUESTOS DE ... - DentroDe.com.ar

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CÓDIGO TRIBUTARIO PROVINCIAL - Provincia de Tucumán<br />

Inconstitucionalidad<br />

Artículo 147— El Tribunal Fiscal no será competente para declarar la inconstitucionalidad de los normas tributarias pero podrá aplicar la<br />

jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Provincia que haya declarado la inconstitucionalidad de dicha norma.<br />

Liquidación del tributo<br />

Artículo 148— El Tribunal podrá practicar en la sentencia la liquidación del tributo y sus accesorios, o fijar el importe de la multa, o si lo<br />

estimare conveniente podrá dar las bases precisas para ello, ordenando a la Autoridad de Aplicación que practique la liquidación en el plazo<br />

que se le fije.<br />

Plazos<br />

Artículo 149— El tribunal dictará la sentencia definitiva dentro de los plazos que se indican a continuación, contados desde la fecha de<br />

interposición del recurso:<br />

a) Si no hubiere hecho controvertidos 90 días,<br />

b) Si los hubiere, 120 días<br />

Artículo 150— Transcurridos los términos fijados en el artículo 149 sin que el Tribunal dicte sentencia, el contribuyente o responsable podrá<br />

tenerla por denegatoria.<br />

Del recurso de nulidad<br />

Artículo 150 bis— El recurso de apelación comprende el de nulidad.<br />

Admitida la nulidad, el expediente se remitirá a la Dirección General de Rentas, quien deberá dictar resolución dentro de los sesenta (60) días<br />

contados a partir de la recepción de los obrados.<br />

De la perención<br />

Artículo 151— Se tendrá por perimida la acción que se ejerce si no se insta al procedimiento durante el término de un año, computado<br />

desde la última diligencia, la perención se opera de pleno derecho por el solo transcurso del tiempo y deberá ser declarada del oficio.<br />

Sanciones<br />

Artículo 152— El Tribunal tendrá facultades para aplicar sanciones a las personas vinculadas en el proceso en caso de desobediencia, o<br />

cuando no preste la adecuada colaboración para el rápido y eficaz desarrollo del mismo.

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