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LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - DentroDe.com.ar

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DISPOSICIONES GENER<strong>AL</strong>ES<br />

Artículo 13— A los efectos previstos por los <strong>ar</strong>tículos 2º y<br />

7º del Decreto Nº 1.152/2004 podrán alcanz<strong>ar</strong> los beneficios<br />

del régimen, las actividades que <strong>com</strong>prendan a todos aquellos%0<br />

procesos practicados a las materias primas mediante la<br />

utilización intensiva de bienes de capital, referidos al acondicionamiento<br />

de las mismas, y en la medida que fuesen la etapa<br />

inmediata anterior de una actividad manufacturera.<br />

Entiéndese a tales fines <strong>com</strong>o acondicionamiento, a los<br />

procesos de selección, filtrados, tratamientos térmicos y/o<br />

químicos u otros que fuesen determinados por la Secret<strong>ar</strong>ia<br />

de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa<br />

mediante acto administrativo fundado.<br />

Artículo 14— En<strong>com</strong>iéndase a la Secret<strong>ar</strong>ía de Industria,<br />

Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa la determinación<br />

del universo de bienes de capital a que hace referencia<br />

el <strong>ar</strong>tículo 1º de la Ley Nº 25.924, la fijación de las bases de<br />

cálculo neces<strong>ar</strong>ias a los fines de aplic<strong>ar</strong> la metodología<br />

establecida por el <strong>ar</strong>tículo 12 de la presente resolución y la<br />

verificación, conjuntamente con la Administración Federal<br />

de Ingresos Públicos, de acuerdo a lo previsto en el <strong>ar</strong>tículo<br />

8º de la Ley Nº 25.924, del cumplimiento de los objetivos<br />

decl<strong>ar</strong>ados en cada proyecto de inversión aprobado.<br />

Artículo 15— 1 Facúltase a la Secret<strong>ar</strong>ía de Industria, Comercio<br />

y de la Pequeña y Mediana Empresa y a la Administración<br />

Federal de Ingresos Públicos entidad autárquica en<br />

el ámbito del Ministerio de Economía y Producción p<strong>ar</strong>a<br />

dict<strong>ar</strong> la normativa sobre la verificación de cumplimiento<br />

prevista por el <strong>ar</strong>tículo 8º de la Ley Nº 25.924.<br />

Artículo 16— La Secret<strong>ar</strong>ía de Industria, Comercio y de la<br />

Pequeña y Mediana Empresa propondrá la normativa a<br />

dict<strong>ar</strong> en materia de procedimientos p<strong>ar</strong>a la aplicación de las<br />

sanciones dispuestas por el <strong>ar</strong>tículo 9º de la Ley Nº 25.924.<br />

Artículo 17— La Secret<strong>ar</strong>ía de Industria, Comercio y de la<br />

Pequeña y Mediana Empresa recopil<strong>ar</strong>á, elabor<strong>ar</strong>á y remitirá<br />

a la Autoridad de Aplicación la información a la que se<br />

refiere el <strong>ar</strong>tículo 12, segundo párrafo, de la Ley Nº 25.924<br />

con la periodicidad exigida por el mismo y la antelación<br />

debida.<br />

Artículo 18— Facúltase a la Secret<strong>ar</strong>ía de Industria, Comercio<br />

y de la Pequeña y Mediana Empresa p<strong>ar</strong>a dict<strong>ar</strong> la normativa<br />

2<strong>com</strong>plement<strong>ar</strong>ia y reglament<strong>ar</strong>ia a efectos de la optimización<br />

de la operatoria de evaluación de los proyectos presentados<br />

en el m<strong>ar</strong>co de la Ley Nº 25.924.<br />

Artículo 19— Facúltase a la Administración Federal de<br />

Ingresos Públicos p<strong>ar</strong>a dict<strong>ar</strong> las normas que resulten neces<strong>ar</strong>ias<br />

a los fines de la habilitación y utilización de la cuenta<br />

corriente <strong>com</strong>put<strong>ar</strong>izada a la que se refiere el <strong>ar</strong>tículo 7º,<br />

<strong>com</strong>o así también p<strong>ar</strong>a el otorgamiento de los certificados<br />

fiscales previstos en el tercer párrafo del <strong>ar</strong>tículo 10, ambos,<br />

de la presente resolución.<br />

Artículo 20— De forma.<br />

ANEXO 2<br />

Asignación de Puntaje a los Proyectos<br />

Asignación de puntos por generación de empleo:<br />

Sean E1, E2, ., Ei los valores de generación de empleo, en<br />

términos absolutos, correspondientes a cada uno de los<br />

proyectos presentados al concurso de asignación del cupo<br />

NORMAS COMPLEMENTARIAS<br />

fiscal y Em el valor correspondiente al proyecto que mayor<br />

generación de empleo propone entre los que concursan.<br />

El puntaje de laa de los Anexos I y II del Decreto Nº 1.152 de<br />

fecha 2 de septiembre de 2004, que corresponde a cada proyecto,<br />

en este caso p<strong>ar</strong>a el Criterio A, se calcul<strong>ar</strong>á <strong>com</strong>o sigue:<br />

Ai = Ei * 100 / Em con i = 1, 2, 3, ., n (identificador del<br />

proyecto)<br />

De esta forma el valor del criterio de selección indic<strong>ar</strong>á la<br />

relación porcentual entre la generación de empleo de cada<br />

proyecto presentado y la generación de empleo correspondiente<br />

al proyecto mejor calificado respecto a este atributo.<br />

Asignación de puntos por exportaciones netas:<br />

Sean XN1, XN2, ..., XNi los montos de exportaciones netas<br />

generadas por cada uno de los proyectos presentados al<br />

concurso de asignación del cupo fiscal y XNm el valor<br />

correspondiente al proyecto que mayor exportación neta<br />

genera entre los que concursan.<br />

El puntaje de la segunda columna de los Anexos I y II del<br />

Decreto Nº 1.152/2004, que corresponde a cada proyecto,<br />

en este caso p<strong>ar</strong>a el Criterio B, se calcul<strong>ar</strong>á <strong>com</strong>o sigue:<br />

Bi = XNi * 100 / XNm con i = 1, 2, 3, ., n (identificador<br />

del proyecto)<br />

De esta forma el valor del criterio de selección indic<strong>ar</strong>á la<br />

relación porcentual entre la exportación neta de cada proyecto<br />

presentado y la exportación neta generada por el<br />

proyecto mejor calificado respecto a este atributo.<br />

Asignación de puntos por exportaciones:<br />

Sean X1, X2, ., Xi los montos de generación de exportaciones,<br />

en términos absolutos, correspondientes a cada uno de<br />

los proyectos presentados al concurso de asignación del<br />

cupo fiscal y Xm el valor correspondiente al proyecto que<br />

mayor generación de exportaciones en términos absolutos<br />

propone entre los que concursan.<br />

El puntaje de la segunda columna de los Anexos I y II del<br />

Decreto Nº 1.152/2004, que corresponde a cada proyecto,<br />

en este caso p<strong>ar</strong>a el Criterio D, se calcul<strong>ar</strong>á <strong>com</strong>o sigue:<br />

Di = Xi * 100 / Xm con i = 1, 2, 3, ., n (identificador del<br />

proyecto).<br />

Deestaformaelvalordelcriteriodeselecciónindic<strong>ar</strong>ál<strong>ar</strong>elación<br />

porcentualentrelageneracióndeexportacionesdecadaproyecto<br />

presentado y la generación de exportaciones correspondiente al<br />

proyecto mejor calificado respecto a este atributo.<br />

Asignación de puntos por Integración Nacional:<br />

Se asign<strong>ar</strong>á un (1) punto por cada punto porcentual que<br />

<strong>ar</strong>roje el cociente:<br />

Costo de insumos, p<strong>ar</strong>tes y piezas y servicios de origen<br />

nacional / costos totales de insumos, p<strong>ar</strong>tes y piezas y<br />

servicios (no incluye sueldos, alquileres y gastos financieros),<br />

descontados aquellos insumos, p<strong>ar</strong>tes, piezas y servicios<br />

importados p<strong>ar</strong>a los cuales no existen sustitutos producidos<br />

en la República Argentina.<br />

1 Texto según la ResoluciónNº 242/2005 (B.O. del 28/04/2005), con vigencia a p<strong>ar</strong>tir del 29/04/2005.<br />

2 Texto según la ResoluciónNº 242/2005 (B.O. del 28/04/2005), con vigencia a p<strong>ar</strong>tir del 29/04/2005.<br />

APLICACION TRIBUTARIA S.A. <strong>IMPUESTO</strong> <strong>AL</strong> V<strong>AL</strong>OR <strong>AGREGADO</strong> / 353

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