LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - DentroDe.com.ar
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NORMAS COMPLEMENTARIAS<br />
ANEXO IV<br />
Resolución General Conjunta Nros. 1641 (A.F.I.P.) y 11/2004 (S.M.)<br />
Decl<strong>ar</strong>acion jurada<br />
................. (denominación de la empresa que solicita el beneficio) ...............<br />
en cumplimiento de una condición neces<strong>ar</strong>ia p<strong>ar</strong>a su incorporación al<br />
presente régimen, decl<strong>ar</strong>a bajo juramento que conoce y acepta todas las<br />
disposiciones de la Ley Nº 24.196 y sus modificaciones, de su Reglamento<br />
y de las resoluciones dictadas por la o las Autoridades de Aplicación, en lo<br />
que respecta a la devolucióndel créditofiscaldel impuestoal valor agregado<br />
por importaciones y adquisiciones establecida por el <strong>ar</strong>tículo 14 bis de la<br />
citada norma legal.<br />
SEÑORES<br />
........................................................................<br />
Firma del Presidente, Apoderado o<br />
Representante Legal<br />
ANEXO V<br />
Resolución General Conjunta Nros. 1641 (A.F.I.P.)<br />
y 11/2004 (S.M.)<br />
Modelo de Certificación Contable<br />
(Denominación de la empresa<br />
que solicita el beneficio)<br />
............................................ (Nombres y Apellido del profesional)<br />
........................, Contador Público, Matrícula Nº .......... del Consejo Profesional<br />
de Ciencias Económicas de ..................... Certifico respecto de lo<br />
requerido por la Resolución Nº 11 (S.M.) Resolución General Nº 1641<br />
(A.F.I.P.). sobre el beneficio del <strong>ar</strong>tículo 14 bis de la Ley Nº 24.196 y sus<br />
modificaciones de Inversiones Mineras, lo siguiente:<br />
a) El monto de pesos .................. ($ ..............) cuya devolución solicita<br />
la empresa, corresponde al monto del impuesto al valor agregado<br />
efectivamente pagado en razón de importaciones y/o adquisiciones de<br />
bienes y/o servicios que reúnen las condiciones requeridas por el<br />
<strong>ar</strong>tículo 14 bis de la Ley Nº 24.196 y sus modificaciones, su reglamentación<br />
y normas acl<strong>ar</strong>atorias y <strong>com</strong>plement<strong>ar</strong>ias, realizadas durante el<br />
período .../.../... al .../.../...., p<strong>ar</strong>a el/los proyecto/s de prospección y/o<br />
exploración u obra/s, denominados.................., ubicado/s en la/s provincia/s<br />
de...............................<br />
b) Dicha devolución es procedente en razón de:<br />
1. No verific<strong>ar</strong>se las circunstancias apuntadas en el último párrafo<br />
del <strong>ar</strong>tículo 1º y en el <strong>ar</strong>tículo 18 de la presente.<br />
2. Cumpliment<strong>ar</strong>se con lo dispuesto en el <strong>ar</strong>tículo 2º inciso c), en el<br />
<strong>ar</strong>tículo 4º, inciso b) puntos 1. 2. y 3. y en los <strong>ar</strong>tículos 16 y 17 de<br />
la misma.<br />
c) La documentación original (facturas, certificados de despacho a plaza,<br />
<strong>com</strong>probantes de pago, etcétera) correspondiente a las operaciones<br />
alcanzadas por este beneficio y al pago del impuesto al valor agregado<br />
han sido cotejadas con las copias de la documentación presentada,<br />
encontrándose concordancia con los valores respectivos y coincidencia<br />
con el monto del impuesto al valor agregado por el cual se solicita<br />
devolución, según la información detallada en los Anexos III – A, B,<br />
CyD.<br />
d) Los pagos por las operaciones que contienen el crédito fiscal informado<br />
según se indica en la información detallada en los Anexos III – A, B,<br />
C y D, han sido verificados y cumplen con las normativas vigentes<br />
sobre medios de pago autorizados.<br />
e) Los bienes por los que se solicita la devolución del impuesto al valor<br />
agregado están incorporados al patrimonio social al momento de la<br />
solicitud, habiéndose efectuado las registraciones contables de los<br />
mismos y la de los servicios adquiridos (*).<br />
Se emite la presente certificación p<strong>ar</strong>a ser presentada ante la Dirección<br />
Nacional de Minería dependiente de la Secret<strong>ar</strong>ía de Minería de la Nación,<br />
en la ciudad de ..............a los ................... días de ............. de<br />
............................<br />
.............................................<br />
Firma del profesional<br />
– Legalización de la firma por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas<br />
o entidad que regule la matrícula.<br />
(*) Observaciones: Cuando al referido momento el bien no integre el<br />
patrimonio del responsable por consumo, caso fortuito o fuerza mayor, se<br />
dej<strong>ar</strong>á constancia de dicha situación. Respecto de las prestaciones de<br />
servicios, se dej<strong>ar</strong>á constancia que están incluidas en los avances de obra<br />
decl<strong>ar</strong>ados en el Anexo II.<br />
ANEXO VI<br />
Resolución General Conjunta Nros. 1641 (A.F.I.P.)<br />
y 11/2004 (S.M.)<br />
Régimen de Devolución Sujeto a Fiscalización<br />
A – SUJETOS COMPRENDIDOS<br />
Los sujetos a que se refiere el <strong>ar</strong>tículo 1º de la presente, que deban tramit<strong>ar</strong><br />
la respectiva solicitud conforme al régimen previsto en el <strong>ar</strong>tículo 12,<br />
tramit<strong>ar</strong>án las solicitudes de devolución del impuesto al valor agregado<br />
facturado conforme a los requisitos, plazos y condiciones que se establecen<br />
en el presente anexo.<br />
B – PRESENTACIÓN <strong>DE</strong> LA SOLICITUD. REQUISI-<br />
TOS Y CONDICIONES<br />
P<strong>ar</strong>a las solicitudes que se efectúen por este régimen regirá lo dispuesto<br />
por esta norma, con las excepciones, adecuaciones y requisitos que a<br />
continuación se detallan:<br />
a) No result<strong>ar</strong>á de aplicación el plazo a que alude el <strong>ar</strong>tículo 10 de la<br />
presente.<br />
b) Serán también tramitados por este régimen los conceptos que sean<br />
incorporados <strong>com</strong>o cambios en las decl<strong>ar</strong>aciones juradas rectificativas,<br />
que correspondan a facturas o documentos equivalentes cuya antigüedad<br />
supere los veinticuatro (24) meses al momento de interposiciónde<br />
la decl<strong>ar</strong>ación jurada rectificativa, con la excepción dispuesta en el<br />
<strong>ar</strong>tículo 11, inciso b) de la presente.<br />
C – PROCE<strong>DE</strong>NCIA <strong>DE</strong> LA SOLICITUD<br />
Las solicitudes interpuestas est<strong>ar</strong>án sujetas a la verificación y fiscalización<br />
por p<strong>ar</strong>te de la Administración Federal de Ingresos Públicos, entidad<br />
autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía y Producción respecto<br />
de la imputación, valor, procedencia, registración y demás c<strong>ar</strong>acterísticas<br />
del impuesto facturado incluido en la solicitud.<br />
El juez administrativo <strong>com</strong>petente emitirá la <strong>com</strong>unicación a que se refiere<br />
el <strong>ar</strong>tículo 10, una vez finalizada la verificación y fiscalización que se dispone<br />
en el párrafo anterior.<br />
288 / <strong>IMPUESTO</strong> <strong>AL</strong> V<strong>AL</strong>OR <strong>AGREGADO</strong> APLICACION TRIBUTARIA S.A.