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TABLA DE CONTENIDO CODIGO FISCAL1

INGRESOS BRUTOS Y OTROS IMPUESTOS DE ... - DentroDe.com.ar

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NORMAS COMPLEMENTARIAS<br />

Agentes de recaudación: Registros Seccionales de la D.N.P.A.. Sistema GERCYDAS.<br />

Disposición Normativa Serie “B” Nº 29/98<br />

La Plata, 12/06/98<br />

Artículo 1º— Aprobar los formularios R-121 y R-121A:<br />

“Impuesto a los Automotores - Comprobante de Percepción”<br />

e “Impuesto de Sellos - Comprobante de Percepción”,quese<br />

adjunta como Anexo I, o constancia de igual contenido emitida<br />

por computadora que expidan los Registros Seccionales de<br />

la D.N.R.P. incorporados al sistema GERCYDAS.<br />

Artículo 2º— De forma.<br />

Agentes de recaudación: Registros Seccionales de la D.N.P.A.. Sistema GERCYDAS. Volantes de<br />

pago y DD.JJ.<br />

Disposición Normativa Serie “B” Nº 32/98<br />

La Plata, 19/06/98<br />

Artículo 1º— Aprobar los Formularios R-550G: “VOLAN-<br />

TE INFORMATIVO” de los impuestos a los automotores y<br />

de sellos; y R-519A, R-519S, ANEXO R-519A y ANEXO<br />

R-519S, “<strong>DE</strong>CLARACIÓN JURADA IMPUESTO AUTO-<br />

MOTOR”, “<strong>DE</strong>CLARACIÓN JURADA IMPUESTO <strong>DE</strong><br />

SELLOS”, “LIBRO RENTAS AUTOMOTOR” y “LIBRO<br />

RENTAS SELLOS”, los que se adjuntan como anexo I a la<br />

presente y serán de uso obligatorio y exclusivo para los<br />

Agentes de Recaudación Registros Seccionales del Automotor<br />

incorporados al sistema “GERCYDAS”.<br />

Artículo 2º— Los Agentes de Recaudación Registros Seccionales<br />

del Automotor con sistema “GERCYDAS”, efectuarán<br />

el depósito y la rendición de las sumas percibidas en<br />

concepto de impuestos a los automotores y de sellos, en los<br />

plazos que a continuación se indican:<br />

a) Percepciones realizadas entre los días 1 y 15 de cada mes:<br />

Hasta el día 20o inmediato posterior hábil, si aquel<br />

resultare inhábil, del mismo mes.<br />

b) Percepciones realizadas entre los días 16 a 31 de cada<br />

mes: Hasta el día 5 o inmediato posterior hábil, si aquel<br />

resultare inhábil, del mes inmediato siguiente.<br />

Artículo 3º— El depósito se podrá realizar en cualquier<br />

sucursal del Banco de la Provincia de Buenos Aires, pudiéndose<br />

efectuar con dinero en efectivo o mediante cheque<br />

librado contra una cuenta corriente personal de Agente.<br />

Artículo 4º— La rendición del total de las operaciones<br />

realizadas en cada quincena se efectuará en forma centralizada<br />

en la oficina que la Dirección Provincial de Rentas<br />

determine, presentando los archivos en soporte magnético<br />

y en soporte papel de las Declaraciones Juradas de Automotores,<br />

de Sellos, el Libro de Automotores y de Sellos.<br />

Artículo 5º— De forma.<br />

Otras Disposiciones<br />

Modificación dealícuota. Regularización de deudas.<br />

Ley Nº 12.742<br />

Artículo 1º— Todos los agentes de percepción y retención<br />

de impuestos y contribuciones, incluyendo sus respectivos<br />

accesorios, que corresponda percibir a la Dirección Provincial<br />

de Rentas, deberán a recibir a su valor nominal a título<br />

cancelatorio, las “Letras de Tesorería para Cancelaciónde<br />

Obligaciones” (PATACON) y/o “Bonos de Cancelaciónde<br />

Obligaciones de la Provincia de Buenos Aires”, o los instrumentos<br />

cancelatorios que en el futuro los reemplace,<br />

importando la extinción irrevocable de los créditos por los<br />

que se efectúe la entrega.<br />

Artículo 2º— Las empresas y organismos prestatarios de<br />

servicios públicos sean estatales o privados que desarrollan<br />

su actividad en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires,<br />

están obligados a recibir a su valor nominal y sin limitación<br />

alguna, las “Letras de Tesorería para Cancelación de Obligaciones”<br />

(PATACON) y/o “Bonos de Cancelación de<br />

Obligaciones de la Provincia de Buenos Aires”, o los instrumentos<br />

cancelatorios que en el futuro los reemplace,<br />

importando la extinción irrevocable de los créditos por los<br />

que se efectúa la entrega.<br />

Artículo 3º— La simple tenencia de las “Letras de Tesorería<br />

para Cancelación de Obligaciones” (PATACON) y/o<br />

Ingresos Brutos y otros Impuestos de la Provincia de Buenos Aires / 255

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