TABLA DE CONTENIDO CODIGO FISCAL1
INGRESOS BRUTOS Y OTROS IMPUESTOS DE ... - DentroDe.com.ar
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NORMAS COMPLEMENTARIAS<br />
Artículo 26— El régimen de percepción establecido por la<br />
Disposición Normativa Serie “B” Nº 38/95 y modificatorias,<br />
no se aplicará respecto de las operaciones de venta, locación(de<br />
cosa, obra o servicio) o prestación de servicios que efectúen las<br />
terminales automotrices a las empresas concesionarias.<br />
Artículo 27— Exclúyense del régimen de la Disposición<br />
Normativa Serie “B” Nº 38/95, como sujetos pasibles de<br />
percepción, a las terminales automotrices que se detallan en<br />
el Anexo VIII de la presente.<br />
Artículo 28— 1 No resultarán de aplicación los regímenes<br />
de retención establecidos en las Secciones Dos (artículos<br />
144 a 147) y Cuatro (artículos 151 a 153) del Libro Primero,<br />
Título V, capítulo 4 de la Disposición Normativa Serie “B”<br />
Nº 1/95, ni el instituido por la Disposición Normativa Serie<br />
“B” Nº 43/96, en relación a los pagos que se realicen respecto<br />
de las adquisiciones de automotores que se efectúen<br />
a las empresas concesionarias.<br />
Artículo 29— Derógase la Sección tres (artículos 257 a<br />
263) del Libro Segundo,Título VII, Capítulo 7 de la Disposición<br />
Normativa Serie “B” Nº 1/95.<br />
Artículo 30— La presente disposición será de aplicación<br />
para aquellas facturas emitidas, pagos, o registro de solicitudes,<br />
según se trate, que se realizaren a partir del 01/05/97.<br />
Artículo 31— De forma.<br />
Agentes de recaudación. Declaración jurada de inscripción, alta de nuevo régimen y modificaciones<br />
Disposición Normativa Serie “B” Nº 10/97<br />
La Plata, 09/04/97<br />
Artículo 1º— Los Agentes de Recaudación designados por<br />
esta Autoridad de Aplicación deberán presentar en las Oficinas<br />
de Distrito correspondientes a su domicilio, por única<br />
vez y dentro de los diez días de notificados, la declaración<br />
jurada prevista en la presente (R 518).<br />
A dichos fines se les remitiráel formulario R 517 de notificación,<br />
juntamente con el R 518 que deberá completarse de acuerdo a<br />
las instrucciones consignadas en el mismo, y presentarse por<br />
duplicado, devolviéndose un ejemplar como constancia.<br />
En el caso de agentes de recaudación que posean sucursales,<br />
el citado formulario R 518 deberá presentarse únicamente<br />
por la casa matriz o central, en la Oficina de Distrito correspondiente<br />
a su domicilio, completando el Formulario R 518<br />
A (Anexo Sucursales), también por duplicado, en el que se<br />
detallarán las sucursales.<br />
Artículo 2º— Apruébanse los siguientes formularios:<br />
a) R 517 (Cédula de notificación), que se agrega como Anexo<br />
I.<br />
b) 2 R 518 y R 518 A (Anexo Sucursales), que se adjuntan<br />
como Anexos II y III, respectivamente, a los fines dispuestos<br />
en el artículo anterior, como asimismo a efectos<br />
de solicitar la inscripción como agente de recaudación,<br />
alta en un nuevo régimen o modificación de datos.<br />
Artículo 3º— Deróganse los Formularios R 118; R 118 A;<br />
R 670 y R 671 (Anexo Sucursales).<br />
Artículo 4º— La falta de presentación entérmino del formulario<br />
R-518 y, en su caso del R 518 A (Anexo Sucursales),<br />
de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1º, hará<br />
incurrir a los responsables en las infracciones previstas en<br />
el Libro I, Título IX del Código Fiscal (T.O. 1996).<br />
Artículo 3º— De forma.<br />
Agentes de recaudación. Alta de régimen y modificación de datos. Sucursales<br />
Disposición Normativa Serie “B” Nº 31/2000<br />
La Plata, 22/08/2000<br />
Artículo 1º–– Aprobar los formularios R-518 V2 “Agentes<br />
de Recaudación. Solicitud de Inscripción, Alta de Régimen<br />
o Modificación de Datos” y R-518A V2 “Agentes de Recaudación.<br />
Anexo Sucursales”, los que se adjuntan como<br />
Anexo I a la presente.<br />
Artículo 2º–– Derogar los formularios R-518 “Agentes de<br />
Recaudación: Solicitud de Inscripción, Alta de Régimen o<br />
Modificación de Datos” yR-518A“Agentes de Recaudación.<br />
Anexo Sucursales”.<br />
Artículo 3º–– De forma.<br />
ANEXO I<br />
Ver Formulario R-518 V2<br />
“Agentes de Recaudación. Solicitud de Inscripción, Alta de<br />
Régimen o Modificación de Datos”.<br />
Ver Formulario R-518A V2<br />
“Agentes de Recaudación. Anexo Sucursales” .<br />
1 Texto según Disposición Normativa Serie “B” Nº 21/98.<br />
2 Estos formularios fueron derogados por la Disposición Normativa Serie “B” Nº 31/2000.<br />
220 / Ingresos Brutos y otros Impuestos de la Provincia de Buenos Aires