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TABLA DE CONTENIDO CODIGO FISCAL1

INGRESOS BRUTOS Y OTROS IMPUESTOS DE ... - DentroDe.com.ar

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NORMAS COMPLEMENTARIAS<br />

NORMAS COMPLEMENTARIAS<br />

Impuesto sobre los Ingresos Brutos<br />

Nomenclador de actividades NAIIB-99<br />

Disposición Normativa Serie “B” Nº 31/99<br />

La Plata, 26/05/99<br />

Artículo 1º— Aprobar, a los fines de la tributación del<br />

Impuesto sobre los Ingresos Brutos, el Nomenclador de<br />

Actividades (NAIIB-99), que se adjunta como Anexo I.<br />

Artículo 2º— Los contribuyentes deberán liquidar el gravamen<br />

que corresponda según la naturaleza de su actividad,<br />

consignando en sus presentaciones el nuevo código y aplicando<br />

la respectiva alícuota según la ley impositiva vigente.<br />

Artículo 3º— Se aprueban los Anexos II y III, que con<br />

carácter indicativo contienen las equivalencias entre el nuevo<br />

nomenclador y el que por este acto se deroga.<br />

Artículo 4º— Derógase el listado de actividades establecido<br />

por la Disposición Normativa Serie “B” Nº 1/85, Texto<br />

Ordenado por Disposición Normativa “B” Nº 6/86 (Anexo II<br />

Orden de Servicio Nº 35/83).<br />

Artículo 5º— La presente entrará en vigencia el 1º de agosto<br />

de 1999, fecha a partir de la cual serán de utilización<br />

obligatoria los nuevos códigos de actividad, según lo previsto<br />

precedentemente.<br />

Artículo 6º— De forma.<br />

Anexo I<br />

Nomenclador de actividades<br />

Impuesto sobre los Ingresos Brutos (NAIB/99)<br />

1. INTRODUCCIÓN<br />

El nomenclador de actividades para el impuesto a los ingresos<br />

brutos 1999 (NAIIB-99) es el nuevo instrumento clasificatorio<br />

elaborado por la Dirección Provincial de Rentas<br />

del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos<br />

Aires, con el objetivo principal de ofrecer un nuevo sistema<br />

de asignación y clasificación sectorial para las actividades<br />

económicas desarrolladas por los contribuyentes del Impuesto<br />

sobre los Ingresos Brutos.<br />

La necesidad de implementar un nuevo nomenclador obedece<br />

a distintas razones. Por un lado, durante los últimos<br />

años se han producido enormes cambios en la tecnología<br />

productiva, así como la reestructuración de las unidades de<br />

producción, la diversificación de bienes y servicios y el<br />

desarrollo de nuevas actividades económicas. Debido a la<br />

importancia de reflejar estas transformaciones en los sistemas<br />

de clasificación y asignación sectorial, se hace necesario<br />

actualizar la “Lista de Códigos de Actividades” (Orden<br />

de Servicio Nº 35/83 Anexo II), elaborada hace quince años.<br />

Por otro lado, la creación enelaño 1996 del Sistema de<br />

Nacional de Nomenclaturas (SiNN), que desarrolla sus actividades<br />

en el ámbito del Instituto Nacional de Estadística<br />

y Censos (IN<strong>DE</strong>C), y la posterior elaboración del Clasificador<br />

Nacional de Actividades Económicas 1997 (ClaNAE-97),<br />

impulsan y respaldan la tarea de compatibilizar el lenguaje<br />

del sistema de nomenclaturas de la provincia con el de otras<br />

fuentes de información utilizadas a nivel de la administración<br />

pública nacional, permitiendo y facilitando la integración<br />

y el intercambio de datos.<br />

Debido a estos motivos la Dirección Provincial de Rentas ha<br />

resueltolaimplementacióndeNAIIB-99.Elnuevonomenclador<br />

está elaborado a partir de la ClaNAE-97, que es una adaptación<br />

nacional de las recomendaciones internacionales definidas en<br />

la Clasificación Industrial Internacional Uniforme, tercera revisión,<br />

año 1989, de Naciones Unidas (CIIU-3). En este sentido,<br />

el NAIIB-99, en sus desagregaciones específicas, resulta<br />

ser una adaptación del ClaNAE-97 a las necesidades particulares<br />

de la provincia de Buenos Aires.<br />

2. PRINCIPALES <strong>DE</strong>FINICIONES<br />

Unidad de clasificación<br />

Es el contribuyente y/o responsable que se vincula con el<br />

ente recaudador de la provincia por su obligación de tributar<br />

el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.<br />

Contribuyentes del IIB<br />

Son contribuyentes de este impuesto las personas físicas,<br />

sociedades con o sin personería jurídica y demás entes que<br />

realicen en la jurisdicción de la provincia de Buenos Aires<br />

el ejercicio habitual y a título oneroso del comercio, industria,<br />

profesión, oficio, negocio, locaciones de bienes, obras<br />

y servicios, o de cualquier otra actividad a título oneroso<br />

–lucrativo o no–, cualquiera sea la naturaleza del sujeto que<br />

la preste, incluidas las sociedades cooperativas y el lugar<br />

donde se realice, sea éste de dominio público o privado.<br />

Ingresos Brutos y otros Impuestos de la Provincia de Buenos Aires / 89

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