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LEY DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS - DentroDe.com.ar

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NORMAS COMPLEMENTARIAS <strong>DE</strong>L IMPUESTO A LAS GANANCIAS<br />

dad en el momento que comprobare la inexactitud de los<br />

mismos y/o las circunstancias previstas al efecto por la<br />

citada resolución general.<br />

ANEXO II – RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2238<br />

Certificado de Validación de Datos<br />

de Importadores – “C.V.D.I.”<br />

Lugar y fecha:<br />

Dependencia:<br />

Denegatoria Nº /–<br />

Contribuyente:<br />

C.U.I.T.:<br />

Domicilio fiscal:<br />

C.P.:<br />

Mediante la presente se comunica que esta Administración<br />

Federal de Ingresos Públicos no ha aceptado la solicitud<br />

presentada en los términos de la Resolución General<br />

Nº 2238 con fecha .../... /... en virtud de haber detectado las<br />

siguientes inconsistencias:<br />

–<br />

–<br />

Cabe indicar que de las verificaciones efectuadas por este<br />

Organismo se ha constatado la improcedencia del<br />

“C.V.D.I.” oportunamente otorgado, circunstancia que<br />

amerita el encuadramiento de la solicitud en las previsiones<br />

contenidas en el artículo 10 de la resolución general citada,<br />

en virtud de haber detectado las siguientes inconsistencias:<br />

–<br />

–<br />

(*) Se detallará el motivo consignado sistémicamente en<br />

función de las validaciones no superadas por la solicitud.<br />

Finalmente resulta necesario aclarar que se encuentra habilitada<br />

en el caso que nos ocupa, la vía recursiva prevista en<br />

el artículo 74 del Decreto Nº 1.397/79, reglamentario de la<br />

Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones,<br />

que podrá articularse dentro del plazo de quince (15)<br />

días hábiles administrativos contados a partir del día inmediato<br />

siguiente, inclusive, al de la fecha de notificación de<br />

la presente.<br />

ANEXO IV – RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2238<br />

Certificado de Validación de Datos<br />

de Importadores – “C.V.D.I.”<br />

Lugar y fecha:<br />

Dependencia:<br />

(*) Se detallará el motivo consignado sistémicamente en<br />

función de las validaciones no superadas por la solicitud.<br />

Se deja expresa constancia que las inconsistencias arriba<br />

enunciadas implican el incumplimiento, según corresponda,<br />

a las prescripciones contenidas en el artículos 2º,3º y 7º de<br />

la Resolución General Nº 2238.<br />

La disconformidad respecto de la denegatoria comunicada<br />

podrá articularse en los términos y condiciones establecidos<br />

por el artículo 11 de la resolución general citada, mediante<br />

la presentación de una nota en la dependencia de su jurisdicción,<br />

que deberá ser acompañada de la prueba documental<br />

que se entienda pertinente, dentro del plazo de quince<br />

(15) días corridos contados a partir del día inmediato siguiente,<br />

inclusive, a la fecha de notificación de la presente.<br />

La presentación antedicha deberá cumplimentar las formalidades<br />

requeridas por la Resolución General Nº 1128.<br />

ANEXO III – RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2238<br />

Certificado de Validación de Datos<br />

de Importadores – “C.V.D.I.”<br />

Lugar y fecha:<br />

Dependencia:<br />

Caducidad del certificado otorgado Nº /–<br />

Contribuyente:<br />

C.U.I.T.:<br />

Domicilio fiscal:<br />

C.P.:<br />

Mediante la presente esta Administración Federal de Ingresos<br />

Públicos comunica la caducidad del certificado otorgado<br />

el .../... /..., identificado con el número, en el marco de la<br />

Resolución General Nº 2238.<br />

Rechazo de disconformidad Nº /–<br />

Contribuyente:<br />

Domicilio fiscal:<br />

C.U.I.T.:<br />

C.P.:<br />

Mediante la presente se comunica que esta Administración<br />

Federal de Ingresos Públicos ha analizado la presentación<br />

efectuada con fecha .../... /... en la que manifiesta su disconformidad<br />

ante la denegatoria emitida el día .../... /... con el<br />

Nº, en el marco de la tramitación de la solicitud interpuesta<br />

el .../... /...<br />

Que la disconformidad planteada se fundamenta en:<br />

Que dichas argumentaciones no invalidan los motivos de la<br />

denegatoria emitida, como tampoco las inconsistencias detectadas<br />

que ameritaron el dictado de la misma:<br />

–<br />

–<br />

(*) Se detallará el motivo consignado sistémicamente en<br />

función de las validaciones no superadas por la solicitud.<br />

En virtud de lo expuesto surge el incumplimiento a las<br />

prescripciones contenidas en el artículo de la Resolución<br />

General Nº 2238.<br />

En consecuencia, esta Administración Federal de Ingresos<br />

Públicos le comunica que se ha dispuesto no hacer lugar al<br />

planteo de disconformidad formulado, subsistiendo los<br />

efectos de la denegatoria notificada el .../... /...<br />

Se le hace saber que la presente podrá serrecurridaporlavía<br />

prevista en el artículo 74 del Decreto Nº 1.397/79, reglamentariodelaLeyNº<br />

11.683, texto ordenado en 1998 y sus<br />

modificaciones, dentro del plazo de quince (15) días hábiles<br />

administrativos contados a partir del día inmediato siguiente,<br />

inclusive, de notificada la presente.<br />

220 / IMPUESTO A LAS GANANCIAS APLICACION TRIBUTARIA S.A.

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