EL CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO
el contrato de donación en el código civil venezolano - inicio el contrato de donación en el código civil venezolano - inicio
CAPITULO IIILA REVOCATORIA DEL CONTRATO DE DONACIÓN:--m--
Habíamos señalado en la clasificación de las donaciones que estás pocíanser revocables e irrevocables; pese a que el principio general del contrato es SUirre,iocabilidad, se establecían algunos supuestos en base a los cualesexcepcionalmente se permitía al donante o a sus herederos ejercer 121 accióri derevxación.En materia de revocación de donaciones señalábamos que las jcnacic~r,esrevocables podían ser de tres clases:a) .4quellas que son siempre revocables, sin imputar el fundammto de la-evocación y por lo tanto dependían de la exclusiva voluntad del donar1.e ,siendo este un principio de excepción y cuyo único caso en nuestra legisla(:iÓresta referido a las donaciones entre cónyuges (artículo 1.451 del C;Ódigo Civil;isiendo paradojico que es precisamente en la institución del matriríonio do idese permite este acto cuya consecuencia será siempre la de romper e' equili~rioconyugal en ese aspecto, pero que además de haber sido hecha 12 dona;lóncon los bienes comunes, el cónyuge donatario siempre tendría el derecho 21 50% del bien.b> Aquellas que, solamente mediante causas taxativas establecid2 en la Lry yprevio el cumplimientode ciertas formalidades, pueden ser n?vocad:~:; enatención al desequilibrio patrimonial que se causarían a los herederos deldonante o a faltas morales y éticas del donante. En el primer caso estariamozhablando de la revocatoria de la donación por supeweniencia de hijos y en e'
- Page 1 and 2: Maracaibo, Diciembre de 2000REPUBLI
- Page 3 and 4: INDICE GENERALRE:SUMENINC ICE GENER
- Page 5 and 6: RESUMENANIYAR C., Armando "El Contr
- Page 7: Presentada así la Donación result
- Page 10 and 11: través de tres hechos que siempre
- Page 12 and 13: origen a una consecuencia jurídica
- Page 14 and 15: 2) Las remisiones totales o parcial
- Page 16 and 17: gratuito distintas a las de dar (co
- Page 18 and 19: wesentes entendemos aquellos que el
- Page 20 and 21: tcles como el beneficio de inventar
- Page 22 and 23: administración y disposición de s
- Page 24 and 25: además, deben ser aprobadas por el
- Page 26 and 27: de seis meses, en la persona de cuy
- Page 28 and 29: En relación a las incapacidades ta
- Page 30 and 31: El fundamento de la indignidad en o
- Page 32 and 33: Para el ejercicio de las acciones d
- Page 34 and 35: situados en el territorio nacional.
- Page 36 and 37: expiración del plazo no es obstác
- Page 38 and 39: El efecto esencial que produce la m
- Page 40 and 41: a) En el caso de donaciones de bien
- Page 42 and 43: dc~nación, esta diferencia se rige
- Page 44 and 45: Articulo 1.452: - Cuando el donante
- Page 46 and 47: En materia de nulidades debemos se
- Page 48 and 49: Iny o a las buenas costumbres se co
- Page 52 and 53: segundo caso, de revocatoria de la
- Page 54 and 55: 3 El lapso de cinco (5) años para
- Page 56 and 57: ingratitud. Este plazo de un (1) a
- Page 58 and 59: 3uando la donación se efectuó suj
- Page 60 and 61: 1 LA CLAUSULA DE REVERSIÓN EN EL C
- Page 62 and 63: pueden subsistir frente al donante,
- Page 64 and 65: lCAPITULO VLA REDUCCIÓN DE LAS DON
- Page 66 and 67: asciendientes, descendientes y cón
- Page 68 and 69: -A los efectos de la reducción se
- Page 70 and 71: =Al incluir al cónyuge como legít
- Page 72 and 73: donaciones. sino después de haber
- Page 74 and 75: Bs. 400.000 (neto hereditario)Bs. 1
- Page 76 and 77: 3 Existen herederos legitimarios?.
- Page 78 and 79: Nuevamente aplicamos los razonamien
- Page 80 and 81: F atrimonio hereditario, Tomemos po
- Page 82 and 83: de compañías. fondos de comercio.
- Page 84 and 85: CONCLUSIONESS~peradas las dificulta
- Page 86 and 87: e.ducción de donaciones sirven de
- Page 88 and 89: :17) Idem. Pág. 15'18) CASTAN. Jos
- Page 90: f3LANIOL y RIPERT. (1952) Traité P
Habíamos señalado en la clasificación de las donaciones que estás pocíanser revocables e irrevocables; pese a que el principio general del contrato es SUirre,iocabilidad, se establecían algunos supuestos en base a los cualesexcepcionalmente se permitía al donante o a sus herederos ejercer 121 accióri derevxación.En materia de revocación de donaciones señalábamos que las jcnacic~r,esrevocables podían ser de tres clases:a) .4quellas que son siempre revocables, sin imputar el fundammto de la-evocación y por lo tanto dependían de la exclusiva voluntad del donar1.e ,siendo este un principio de excepción y cuyo único caso en nuestra legisla(:iÓresta referido a las donaciones entre cónyuges (artículo 1.451 del C;Ódigo Civil;isiendo paradojico que es precisamente en la institución del matriríonio do idese permite este acto cuya consecuencia será siempre la de romper e' equili~rioconyugal en ese aspecto, pero que además de haber sido hecha 12 dona;lóncon los bienes comunes, el cónyuge donatario siempre tendría el derecho 21 50% del bien.b> Aquellas que, solamente mediante causas taxativas establecid2 en la Lry yprevio el cumplimientode ciertas formalidades, pueden ser n?vocad:~:; enatención al desequilibrio patrimonial que se causarían a los herederos deldonante o a faltas morales y éticas del donante. En el primer caso estariamozhablando de la revocatoria de la donación por supeweniencia de hijos y en e'