EL CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO
el contrato de donación en el código civil venezolano - inicio
el contrato de donación en el código civil venezolano - inicio
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
Articulo 1.452: - Cuando el donante se hayareservado la facultad de disponer de algún objetocomprendido en la donación, o de una cantitia3determinada sobre los bienes donados, y muriere sinhaber dispuesto nada, el objeto o la cantidadpertenecerán a sus herederos, no obstante cualqu eracláusula o estipulación en contrario.Allí se establece que la reserva no puede ser total sino de algiinos de losbienes, o de una cantidad determinada sobre dichos bienes , en caso de hacersela lonación bajo reserva total del bien donado o de todos los bienes donados estase-ía nula. Es honroso señalar que en la doctrina venezolana existe el esti diomiis completo realizado sobre la donación con reserva dc! dispo,iercorrespondiendo ese mérito al Profesor Angel Cristóbal Montes (20).