república bolivariana de venezuela universidad del zulia ... - inicio
república bolivariana de venezuela universidad del zulia ... - inicio república bolivariana de venezuela universidad del zulia ... - inicio
74personal – establecer un hechodesconocido – la existencia de una relaciónde trabajo – salvo prueba en contrario, esdecir, cuando el patrono logre desvirtuar laexistencia de la relación por no cumplirsealguna de las condiciones para suexistencia.3.7. Ampliación de las Facultades probatorias del Juez, en pro degarantizar la consecución del los fines fundamentales del proceso.La Ley Orgánica Procesal del trabajo ha ampliadoformidablemente los poderes o facultades que en materia civilposeen los jueces; erigiendo a un rector del proceso, más proactivo,dotándolo con la autoridad de instar, dirigir, crear, sugerir, porejemplo, medios de auto composición procesal, de sanear el juicio,procurar el advenimiento de las partes, participar activamente en larecepción y evacuación de los medios probatorios, auxiliado por elprincipio de inmediación que le permite obtener una percepción masdirecta y clara de todo cuanto atañe a la cuestión o cuestionescontrovertidas por las partes en el litigio.Estas libertades y prerrogativas conferidas al operador de justicia,muy especialmente en materia probatoria, se han ajustado alcarácter tuitivo de las normas laborales, cuyo fin último es garantizarla protección de los derechos del trabajador, consagrados en todo elarticulado de la Ley Orgánica del trabajo, en normas de laConstitución de la República Bolivariana de Venezuela, especialmenteen la Disposición Transitoria Cuarta, así como en el artículo 1 de laLey procesal laboral. Además de estar inspiradas fundamentalmentepor el principio protector, buscando compensar o nivelar esadesigualdad material desfavorable al trabajador con una protecciónjurídica que le favorece.
75Dicho esto, es menester estudiar las facultades probatoriasotorgadas al juez, por disposición legal expresa. Así tenemos que elartículo 71 de la Ley Orgánica del Trabajo, materializa el principioinquisitivo de la obtención de la prueba al establecer:“Cuando los medios probatorios ofrecidospor las partes sean insuficientes paraformar convicción, el juez en decisiónmotivada e inimpugnable puede ordenar laevacuación de medios probatoriosadicionales, que considere convenientes. Elauto en que se ordene esta diligenciasfijara el termino para cumplirlas y contra elno se oirá recurso alguno”.Esta disposición concuerda con la contenida en el artículo 156 de lamisma Ley, según el cual:“El juez de juicio podrá ordenar a peticiónde parte o de oficio, la evacuación decualquier otra prueba, que considerenecesaria para el mejor esclarecimiento dela verdad; también podrá dar porterminados los actos de exámenes detestigos, cuando lo considere inoficiosos oimpertinentes”.En este sentido, es muy oportuno señalar el juicio emitido porel tratadista colombiano Devis Echandía, quien expresó:“Refutado el viejo conceptoprivatista del proceso civil, caen por subase los argumentos de quienes deseanmantener maniatado al juez ante eldebate probatorio. Porque si hay uninterés público en que el resultado delproceso sea justo y legal, el Estadodebe dotar al Juez de poderes parainvestigar la verdad de los hechos que
- Page 27 and 28: 23condicione la forma y complejidad
- Page 29 and 30: 25todas las alegaciones de las part
- Page 31 and 32: 27que ellas dicen o declaran en sus
- Page 33 and 34: 29Del mismo modo que la Disposició
- Page 35 and 36: 31dudas debía sentenciarse a favor
- Page 37 and 38: 33fundadas en la raza, el sexo, el
- Page 39 and 40: 35conducta de ellas. Y no es más q
- Page 41 and 42: 37El principio de publicidad se enc
- Page 43 and 44: 39de la prueba, el cual, consiste e
- Page 46 and 47: 42Las pruebas del juicio laboral de
- Page 48 and 49: 44extender (…)”.En este orden d
- Page 50 and 51: 46probatoria es maliciosa, esto es,
- Page 52 and 53: 48que significa que es transcendent
- Page 54 and 55: 50de los cargos por los cuales se l
- Page 56 and 57: 52Ahora bien, la Fase de Pruebas de
- Page 58 and 59: 54Culminada la etapa de promoción,
- Page 60 and 61: 563.3.1. Promoción de Pruebas.Reza
- Page 62 and 63: 58Por su parte el doctor Henríquez
- Page 64 and 65: 60en la contestación de la demanda
- Page 66 and 67: 62pronuncia sobre la legalidad, per
- Page 68 and 69: 64Superior del Trabajo del Circuito
- Page 70 and 71: 66“...el recurso extraordinario d
- Page 72 and 73: 68que les benefician y que han soli
- Page 74 and 75: 70Disposición esta que, es de nece
- Page 76 and 77: 72a la empresa probar la no existen
- Page 80 and 81: 76las partes afirman en oposición,
- Page 82 and 83: 78convicción respecto al asunto so
- Page 84 and 85: 80de 2004, por el Juzgado Primero d
- Page 86 and 87: 82Continuando con las facultades pr
- Page 88 and 89: 84Otra libertad que delega el orden
- Page 90 and 91: 86otro que alcanzar la justicia.Y c
- Page 92 and 93: 88Articulo 401 CPC:Concluido el lap
- Page 94 and 95: 90derechos y beneficios laborales y
- Page 96 and 97: 92siendo criterio de la Sala que la
- Page 98 and 99: 94razones de Orden Publico deberá
- Page 100 and 101: 96proveer, dentro de los límites e
- Page 102 and 103: 98comprobar la veracidad de los dic
- Page 104 and 105: 100“Es un procedimiento para la f
- Page 106 and 107: 102conocimiento al respecto, vale d
- Page 108 and 109: 104seguridad, las debidas advertenc
- Page 110 and 111: 106probatorio, el profesor Rivera M
- Page 112 and 113: 108de la audiencia de juicio, de ma
- Page 114 and 115: 110contraviene la disposición lega
- Page 116 and 117: 112y el tercero lo designan de com
- Page 118 and 119: 114declaraciones de los testigos, t
- Page 120 and 121: 116puesto que con la tacha se ataca
- Page 122 and 123: 118esta posibilidad de disponer de
- Page 124 and 125: 120Entrando en materia, vemos como
- Page 126 and 127: 122La tacha de documentos públicos
75Dicho esto, es menester estudiar las faculta<strong>de</strong>s probatoriasotorgadas al juez, por disposición legal expresa. Así tenemos que elartículo 71 <strong>de</strong> la Ley Orgánica <strong>de</strong>l Trabajo, materializa el principioinquisitivo <strong>de</strong> la obtención <strong>de</strong> la prueba al establecer:“Cuando los medios probatorios ofrecidospor las partes sean insuficientes paraformar convicción, el juez en <strong>de</strong>cisiónmotivada e inimpugnable pue<strong>de</strong> or<strong>de</strong>nar laevacuación <strong>de</strong> medios probatoriosadicionales, que consi<strong>de</strong>re convenientes. Elauto en que se or<strong>de</strong>ne esta diligenciasfijara el termino para cumplirlas y contra elno se oirá recurso alguno”.Esta disposición concuerda con la contenida en el artículo 156 <strong>de</strong> lamisma Ley, según el cual:“El juez <strong>de</strong> juicio podrá or<strong>de</strong>nar a petición<strong>de</strong> parte o <strong>de</strong> oficio, la evacuación <strong>de</strong>cualquier otra prueba, que consi<strong>de</strong>renecesaria para el mejor esclarecimiento <strong>de</strong>la verdad; también podrá dar porterminados los actos <strong>de</strong> exámenes <strong>de</strong>testigos, cuando lo consi<strong>de</strong>re inoficiosos oimpertinentes”.En este sentido, es muy oportuno señalar el juicio emitido porel tratadista colombiano Devis Echandía, quien expresó:“Refutado el viejo conceptoprivatista <strong>de</strong>l proceso civil, caen por subase los argumentos <strong>de</strong> quienes <strong>de</strong>seanmantener maniatado al juez ante el<strong>de</strong>bate probatorio. Porque si hay uninterés público en que el resultado <strong>de</strong>lproceso sea justo y legal, el Estado<strong>de</strong>be dotar al Juez <strong>de</strong> po<strong>de</strong>res parainvestigar la verdad <strong>de</strong> los hechos que