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república bolivariana de venezuela universidad del zulia ... - inicio

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31dudas <strong>de</strong>bía sentenciarse a favor <strong>de</strong>l <strong>de</strong>mandado o lo que es lomismo emplear el principio in dubio pro reo.Este precepto se ve consagrado por primera vez en nuestroor<strong>de</strong>namiento jurídico, en el articulo 59 <strong>de</strong> la Ley Orgánica <strong>de</strong>lTrabajo promulgada en el año 1.990, el cual, establece que encaso <strong>de</strong> dudas en la aplicación <strong>de</strong> varias normas vigentes, o enla interpretación <strong>de</strong> una <strong>de</strong>terminada norma, se aplicará la masfavorable al trabajador; criterio que favorece al trabajador seacual sea la situación que ocupe en el juicio, es <strong>de</strong>cir, sea comoactor o bien como <strong>de</strong>mandado.Posteriormente, al dictarse el reglamento <strong>de</strong> la Ley Orgánica<strong>de</strong>l Trabajo en el año 1.999 el artículo 8 <strong>de</strong>sarrolló los principiosfundamentales <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho <strong>de</strong>l Trabajo entre los que mencionaen primer lugar al principio protector <strong>de</strong> los trabajadores. Delmismo modo la vigente Constitución <strong>de</strong> la Republica Bolivariana<strong>de</strong> Venezuela aprobada a finales <strong>de</strong> 1.999, vino a consagrarconstitucionalmente algunos principios, ya previstos en losor<strong>de</strong>namientos laborales, para garantizar mediante su aplicaciónla protección <strong>de</strong>l trabajo como hecho social; así el articulo 89ordinal 3º, establece el principio en estudio.En la nueva Ley Orgánica Procesal <strong>de</strong>l Trabajo, tambiéninstituye el in dubio pro operario, en su articulo 9, añadiéndoselea<strong>de</strong>más en su parte in fine ciertas menciones referidas a lasdudas sobres los hechos o las pruebas en el proceso laboral, asaber:“Cuando hubiere duda acerca <strong>de</strong> la aplicación o lainterpretación <strong>de</strong> una norma legal o en caso <strong>de</strong>colisión entre varias normas aplicables al mismoasunto, se aplicara la más favorable al trabajador.En caso <strong>de</strong> duda sobre la apreciación <strong>de</strong> loshechos o <strong>de</strong> las pruebas se aplicara igualmente laque mas favorezca al trabajador. La norma

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